- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Incumplimiento de uno de los sueños del Constituyente de Querétaro: «…que también los inculpados pobres tuvieran, desde el inicio del procedimiento, defensa jurídica, la que estaría a cargo, precisamente, del defensor de oficio.» |
Derechos humanos violados | Derecho a la seguridad jurídica Derecho al debido proceso, garantías judiciales |
Emisión | 22/04/1996 |
Autoridades recomendadas | Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal |
1. El 19 de enero de 1996, se recibió en esta Comisión escrito de queja de la señora Bertha Floria Marín Pareyón, en el que manifestó que:
El 20 de mayo de 1995, la señora Perla Guadalupe Ramírez Barrera la denunció por lesiones y daño en propiedad ajena. Por este motivo, el 24 de agosto, compareció ante la titular de la Mesa 3 de Trámite de la 20a. Agencia del Ministerio Público, licenciada Edith Senderovich Ramírez, quien no le permitió llamar por teléfono y le tomó declaración sin la asistencia de abogado o persona de su confianza. Fue detenida el 10 de enero de 1996, y posteriormente quedó libre bajo caución.
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que conforme a lo establecido en los artículos 53, 54, 56, y demás aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se inicie procedimiento administrativo contra la titular de la Mesa 3 de la 20a. Agencia Investigadora, licenciada Edith Senderovich Ramírez y, en su caso, se le impongan las sanciones que correspondan. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que se tomen las medidas adecuadas y suficientes para garantizar, en todas las averiguaciones previas, la estricta aplicación de la fracción II del artículo 20 constitucional y del inciso b de la fracción III del artículo 269 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. | Aceptado |
Cumplido |
Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que conforme a lo establecido en los artículos 53, 54, 56, y demás aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se inicie procedimiento administrativo contra el defensor de oficio adscrito a la 20a. Agencia Investigadora, licenciado Ricardo de la Cruz Ruiz y, en su caso, se le impongan las sanciones que correspondan. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que se tomen las medidas adecuadas y suficientes para garantizar, en todas las averiguaciones previas, la estricta aplicación de la fracción II del artículo 20 constitucional y del inciso b de la fracción III del artículo 269 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. | Aceptado |
Cumplido |