- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Falta o deficiencia en la fundamentación o motivación, obstaculización u omisión de observar la ley o normatividad aplicable, obstaculización, negación o injerencias arbitrarias en el derecho al trabajo y obstaculización, injerencias arbitrarias o ataques a la propiedad privada |
Derechos humanos violados | Derecho a la seguridad jurídica Derecho al trabajo Derecho a la propiedad privada |
Emisión | 02/03/2006 |
Autoridades recomendadas | Delegación Gustavo A. Madero |
1.1. El 21 de junio de 2005, esta Comisión recibió la queja del señor Alberto Ventura Tolentino, a la que se le asignó el expediente citado al rubro y en la que refirió que: En el año 2002 ocupaba un espacio en la Plaza Comercial Ferro, ubicada en las calles de A. Herrera entre 5 de febrero e Hidalgo, Colonia Aragón La Villa, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07000. Es el caso que en ese año, las autoridades delegacionales realizaron la ampliación del atrio de la Basílica de Guadalupe, la cual dio origen a la Plaza Mariana y a la construcción de un nuevo mercado público. Por tal motivo, el día 11 de febrero de 2002, celebró por escrito un convenio con el ingeniero Joel Ortega Cuevas, entonces Jefe Delegacional del Distrito Federal en Gustavo A. Madero, mediante el cual lo reubicaron de manera provisional en los espacios libres, ubicados dentro de los locales A. Herrera, entre las calles de Hidalgo y Aquiles Serdán, o bien con las propuestas presentadas por los comerciantes y de común acuerdo con las autoridades delegacionales, comprometiéndose éstas que una vez terminadas dichas obras serían considerados para la adquisición de un local comercial; sin embargo, las actuales autoridades no quieren reconocer dicho convenio y cada vez que acude para saber el trámite en que se encuentra, solamente le dan excusas y no le proporcionan información al respecto. Por lo expuesto, actualmente vive en una situación apremiante ya que esa era su única fuente de ingresos.
En 2002 ocupaba un espacio en lo que fue Ferro Plaza, ubicada en las calles de A. Herrera entre 5 de Febrero e Hidalgo, Colonia Aragón La Villa, Delegación Gustavo A. Madero, código postal 07000; es decir, era un terreno abandonado. En virtud de que las autoridades delegacionales realizaron la ampliación del atrio de la Basílica de Guadalupe, se planeó la construcción de un Nuevo Mercado Público de Ferro Plaza, por lo que el 11 de febrero de 2002 se celebró por escrito un convenio entre el ingeniero Joel Ortega Cuevas, entonces Jefe Delegacional del Distrito Federal en Gustavo A. Madero, en el que se pactó de manera provisional que quedaría ubicado sobre la calle de Hidalgo, entre Alberto Herrera y Cuauhtémoc, colonia Aragón La Villa, en la banqueta donde colocó unas láminas de acero galvanizada para vivir y trabajar vendiendo refacciones electrónicas usadas; el carácter de provisional era por un término de 10 meses y se le dio una ayuda económica mensual de $2,000.00 por lo que recibió la cantidad de $20,000.00; sin embargo, en dicho lugar permaneció hasta el 15 de junio del presente año, fecha en la que fue desalojado y no fue reubicado por la autoridad delegacional como se estipuló en el convenio; por ello se dirigió a la oficina de Orientación Jurídica Zona Cinco de esa Demarcación pero no ha obtenido información alguna sobre su situación jurídica, ya que en las dos ocasiones que se ha presentado le han informado que no se encuentra el ingeniero Oscar Serna.
1.3. El peticionario aportó como prueba de su dicho copia simple de un convenio que a la letra señala lo siguiente:
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO
C O N V E N I O
Que suscriben por la Delegación Gustavo A. Madero el C. lng. Adolfo Joel Ortega Cuevas, Jefe Delegacional; el C. Andrés Lozano Lozano, Director General Jurídico y de Gobierno; el C. Octavio Flores Millán, Director General de Desarrollo Delegacional; el C. Rogelio Zamora Barradas, a quienes por su calidad de servidores públicos en lo sucesivo se les denominará «La Delegación», y por otra parte el C. Alberto Ventura Tolentino, en su calidad de oferente o comerciante del predio denominado Ferro Plaza, a quien en lo sucesivo se le denominará «oferente y/o comerciante» de acuerdo con los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
A N T E C E D E N T E S
El Jefe de Gobierno del Distrito Federal con fecha 9 de diciembre del año 2000 emitió el Bando Informativo número 3, mediante el cual se dan a conocer una serie de acciones relativas a dignificar la Basílica de Guadalupe y su entorno dentro del desarrollo del Proyecto Corredor Turístico Catedral-Basílica. La ampliación del atrio de la Basílica de Guadalupe dará origen a la creación de la Plaza Mariana y de un nuevo Mercado Público, la cual contará con todos los servicios requeridos por los visitantes en materia turística, gastronómica y comercial. La creación de la Plaza Mariana ha recibido el beneplácito de vecinos, comerciantes y visitantes, toda vez que se considera a dicho inmueble como un centro de culto de suma importancia histórica y religiosa, además de que su diseño arquitectónico permitirá en forma armónica la realización de la actividad comercial, religiosa y turística en un lugar moderno y seguro.
DECLARACIONES
1.- De la Delegación.
1.1 Se ubica en el ámbito orgánico de la administración pública desconcentrada, con autonomía funcional y competencia, en su demarcación territorial, en las materias de gobierno, obras, servicios, actividades sociales, protección civil y seguridad pública, según lo disponen los artículos 87, párrafo tercero, 104, párrafo primero y 117, párrafo primero del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 2°, párrafo tercero, 3° fracción II, 10, fracción VII, 11, párrafo séptimo y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
1.2 Que el C. Jefe Delegacional en Gustavo A. Madero cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento de conformidad con los artículos 105 y 117, fracciones VI y VIII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 38 y 39, fracciones VI y XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, 19, 26, 27, 32, 33, 46, 63, 65, 77, 80, 97 y 101 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal; 1, 2, 16, 20, 112 y demás relativos y aplicables de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del Distrito Federal.
2. Del Oferente o Comerciante
2.1. El Oferente o Comerciante que ocupa desde hace más de tres años un espacio en la Plaza comercial Ferro Plaza, ubicada en las Calles de A. Herrera entre 5 de Febrero e Hidalgo, en la Colonia Aragón La Villa, de esta Delegación.
3. Las Partes manifiestan:
3.1 Que la Delegación señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en 5 de Febrero y Vicente Villada, colonia Villa Gustavo A. Madero, D. F., C. P. 07050 y por el Comerciante, el lugar en que será ubicado de manera, provisional por esta Delegación.
CLAUSULAS
PRIMERA.- De conformidad con el padrón elaborado por «la Delegación» y los «Oferentes o Comerciantes» se reconocerá a quienes aparezcan en él y que a la fecha mantengan la actividad comercial en el espacio reconocido o asignado.
SEGUNDA.- El oferente o comerciante será reubicado en los espacios libres, ubicados dentro de los locales ubicados en A. Herrera, entre la Calle de Hidalgo y Aquiles Serdán, o bien en las propuestas presentadas por comerciantes y de común acuerdo con la Delegación.
TERCERA.- La «Delegación» informa que se tiene programado la demolición de los locales actuales a partir del lunes 11 de Febrero del Presente año, por lo que el «comerciante» se compromete a reubicar sus artículos de venta y propiedades ese mismo día por la mañana, reubicación que será apoyada, si es necesario, con personal de la Delegación.
CUARTA.- El comerciante que cuente con documentación fehaciente a juicio de la Delegación, podrán solicitar la consideración de otro espacio comercial dentro del nuevo mercado que será construido.
QUINTA.- El traslado de los enseres y demás elementos de trabajo que resulten de la demolición, será trasladado al domicilio que marque el interesado en camiones de la Delegación sin costo para el comerciante.
SEXTA.- Respecto al Nuevo Mercado Público de Ferro Plaza tendrá el carácter de Mercado Público de Zona, Estará ubicado en: Alberto Herrera entre 5 de Febrero y Aquiles Serdán, y los comerciantes que firman este convenio tendrán derecho a que se les reinstale de manera gratuita y de forma definitiva. Los locales no tendrán ningún costo para los locatarios y a solicitud de los mismos no se autorizarán transferencias de locales y derechos durante cinco años.
SEPTIMA.- La Delegación apoyará la seguridad pública en el interior del mercado mediante la contratación de Policía Auxiliar y establecerá con la concurrencia de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal el mecanismo para la realización de los operativos que inhiban la práctica de conductas delictivas que afecten tanto a comerciantes como a los clientes o consumidores.
OCTAVA.- La Delegación instrumentará un programa de capacitación para los locatarios en materia de contabilidad, ventas, calidad total en el servicio, protección civil, higiene y manejo de alimentos que les permita estar en mejores condiciones de competencia y de oferta de sus servicios y productos.
NOVENA.- Las partes coinciden en que el desbordamiento del comercio ambulante en la zona ha propiciado históricamente el detrimento del comercio establecido en los mercados públicos. Que la presencia permanente de la Policía Federal Preventiva en el atrio de la Basílica ha constituido la acción conjunta de gobierno fundamental para detener el deterioro e iniciar la reorganización y rescate de la zona. Durante el proceso de construcción de la Plaza Mariana deberá ser aprovechado para la reorganización del comercio en vía pública que permita mejorar el entorno y propiciar el respeto a la actividad comercial. Por lo anterior, ambas partes propondrán a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la emisión de un Decreto que prohíba el comercio en vía pública en la Basílica de Guadalupe y sus alrededores. Leído que fue el presente convenio y enteradas las partes de su fuerza y alcance legal, lo firman de conformidad por triplicado a los 11 días del mes de febrero de 2002.
POR LA DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO
Ing. Joel Ortega Cuevas Jefe Delegacional
C. Andrés Lozano Lozano, Director General Jurídico y de Gobierno
Lic. Octavio Flores Millán, Director General de Desarrollo Delegacional
C. Rogelio Zamora Barradas, Director Territorial Cinco
C. Alberto Ventura Tolentino, EL COMERCIANTE
1.4. Como consta en acta circunstanciada del día 24 de junio de 2005, el peticionario se comunicó con la visitadora adjunta responsable del trámite del expediente y expresó su incertidumbre sobre el destino de sus pertenencias ya que nuevamente acudió a las oficinas de Orientación Jurídica Zona 5 de la Delegación Gustavo A. Madero, donde el personal de la misma no le informa pues le piden mayores datos del desalojo los cuales no puede proporcionar ya que nunca le notificaron ni verbal ni por escrito que iba a ser desalojado, aclaró que él no estuvo presente, cuando llegó a su lugar no había nada y los locatarios le informaron llegaron los de la Delegación y se llevaron todas tus cosas, por lo que desconoce el destino de ellas.
Delegación Gustavo A. Madero
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Se realice de manera inmediata la investigación procedente para identificar a los servidores públicos que llevaron a cabo el ilegal desalojo del espacio que ocupaba el agraviado para el desarrollo de su actividad comercial, así como de sus bienes, propiedades y posesiones y con el resultado de la misma se de vista a la Contraloría Interna de la Delegación Gustavo A. Madero, a efecto de que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente, con los argumentos y pruebas que sirvieron a esta Comisión como medios de convicción para la emisión de la presente Recomendación, a fin de que, en el ámbito de su respectiva competencia los valore y tenga elementos en que sustentar, en su caso, su responsabilidad en los hechos que motivaron la queja. | Aceptado |
Cumplido |
2. Se proceda a la reparación de los daños causados al agraviado, en los términos descritos en el Apartado 5 de la presente Recomendación que comprende: A) Por concepto de indemnización la cantidad de $2,000.00 (Dos mil pesos) mensuales a partir del 15 de junio de 2005 hasta que el agraviado vuelva a ser reubicado en cualquiera de los espacios libres ubicados en A. Herrera, entre la calle de Miguel Hidalgo y Aquiles Serdán Colonia Aragón La Villa, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07000 donde pueda ejercer su actividad comercial y se le devuelvan sus bienes, propiedades y posesiones que le quitaron en el desalojo. B) Así como que ese órgano político administrativo realice las acciones necesarias para: 1) Respetar y cumplir cabalmente el citado convenio de fecha 11 de febrero de 2002. 2) De inmediato se reconozca de forma definitiva al agraviado su derecho a ocupar un local y/o espacio en el nuevo mercado público Ferro Plaza. 3) Terminada la construcción del mercado público Ferro Plaza, asignar al agraviado, de manera inmediata, un local dentro del mismo. 4) Devolverle sus enseres laborales y, en caso de imposibilidad material para ello, pagarle el importe de los mismos o darle otros de la misma calidad y cantidad. 5) La autoridad delegacional realice las acciones necesarias a efecto de evitar en lo futuro, que se repitan actos violatorios de derechos humanos como el del presente caso. | Aceptado |
Cumplido |
3. Se giren instrucciones en forma escrita, precisa y contundente a los servidores públicos adscritos a ese Órgano Político Administrativo, a efecto de que den estricto cumplimiento a las disposiciones de los artículos 47 fracción I y XXI de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; 59, 61, 62, 63, 64 y 65 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y se evite, con ello, casos como el de la presente Recomendación. | Aceptado |
Cumplido |
4. Se dé vista al órgano de control interno de esa Delegación, con motivo de las omisiones de los servidores públicos que no rindieron la respuesta a los múltiples requerimientos de solicitud de informe y recordatorios de este organismo público defensor de derechos humanos, con los argumentos y pruebas que sirvieron a esta Comisión como medios de convicción para la emisión de la presente Recomendación, a fin de que, en el ámbito de su respectiva competencia los valore y tenga elementos en que sustentar su responsabilidad en los hechos que motivaron la queja. | Aceptado |
Cumplido |
5. Se sirva instruir a quien corresponda para que a los servidores públicos adscritos a ese Órgano Delegacional se les impartan cursos de capacitación sobre Derechos Humanos y talleres de sensibilización en la materia. A efecto de dar cumplimiento a este punto recomendatorio, se propone que los citados cursos y talleres sean impartidos, en su caso, por el personal adscrito a la Dirección General de Educación y Promoción de los Derechos Humanos de esta Comisión, que es el área que cuenta con programas educativos que contribuyen al desarrollo de una cultura de vigencia y respeto de los derechos humanos. | Aceptado |
Cumplido |