- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Violencia institucionalizada de género: hostigamiento sexual, explotación de la prostitución ajena y trata de internas en el sistema penitenciario del Distrito Federal. |
Derechos humanos violados | Derecho a una vida libre de violencia. Derechos de las personas privadas de la libertad. Derecho al debido proceso. Derecho a la seguridad jurídica. |
Emisión | 07/09/2010 |
Autoridades recomendadas | Secretaria de Gobierno del Distrito Federal. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. |
El 21 de octubre de 2009 la persona agraviada (Interna 1), recluida en el Centro Femenil de Readaptación Social Santa Martha Acatitla, se comunicó vía telefónica con personal de esta Comisión, a quien señaló que:
A ella y a su esposo —interno en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente—, se les instruye proceso en un juzgado penal del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, y cada vez que es trasladada a ese lugar para desahogar sus diligencias, en el túnel es víctima de hostigamiento sexual por parte de los custodios que cuidan a su cónyuge, quienes le piden que tenga sexo con ellos, o de lo contrario amenazan con golpear a su marido. Asimismo, las custodias que la acompañan le han pedido que se prostituya en las instalaciones del túnel del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, situación a la que se negó; en represalia le restringieron su derecho a recibir visitas durante un mes y amenazan con golpearla en cualquier momento.
Secretaría de Gobierno del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Implementar en todos los Centros de Reclusión del Distrito Federal, un sistema confiable de registro de ingresos y egresos de internas e internos que son trasladados a juzgados, hospitales o a otras diligencias debidamente autorizadas. Dicho sistema debe ser auditable y registrar con claridad los datos generales de la interna o interno, el lugar a donde se le traslada, el documento que justifica el traslado, la hora en que ingresa y egresa y los datos del funcionario que autoriza. La Subsecretaría de Sistema Penitenciario debe ordenar a la Subdirección Jurídica del Centro de Reclusión que opera el traslado, un procedimiento de verificación aleatoria con el titular del juzgado que emita el pedimento, así como el cotejo mensual de los datos para verificar que coincidan con los documentos que los respaldan. | Aceptado |
Sujeto a seguimiento |
2. Modificar, en un plazo máximo de seis meses desde el momento en el que se acepte esta Recomendación, los procedimientos y requisitos para la autorización de las visitas familiar e íntima, —ésta última para parejas hetero y homosexuales— y hacerlo mediante la instalación de una mesa de trabajo constituida con especialistas en la materia (derechos de las personas privadas de libertad) procedentes de la academia, la sociedad civil y el Gobierno del Distrito Federal. | Aceptado |
Sujeto a seguimiento |
3. Instalar cámaras de vigilancia en lugares estratégicos (escaleras, acceso a baños, pasillos y toda área en donde haya la posibilidad de que converjan internas e internos) de los túneles de acceso a los juzgados y en las propias rejillas de prácticas de éstos para detectar cualquier anomalía y cuidar su adecuado funcionamiento y mantenimiento. | Aceptado |
Cumplido |
4. Destinar a personal experto en perspectiva de género para que apoye y oriente a las internas de los centros de reclusión femeninos, para que las capaciten en el reconocimiento y denuncia de actos de agresión, hostigamiento y acoso sexual. | Aceptado |
Sujeto a seguimiento |
5. Diseñar y aplicar un programa de capacitación permanente a las y los internos del sistema penitenciario de la Ciudad de México, y al personal de custodia de los mismos, sobre los alcances del derecho de las mujeres privadas de la libertad a una vida libre de violencia, así como de los actos que lo violan y de las consecuencias de su violación. | Aceptado |
Sujeto a seguimiento |
6. Iniciar los procedimientos administrativos contra el personal de seguridad y custodia, técnico o administrativo del que se tenga noticia, presente o futura, que está involucrado en hechos relacionados con explotación sexual y/o la trata de internas y, con independencia de estos procedimientos, denunciar ante las autoridades penales los hechos que presuntamente constituyan delitos. | Aceptado |
Sujeto a seguimiento |
7. Que se realice un padrón con la inscripción voluntaria de las internas de los centros femeniles para generar las oportunidades de trabajo necesarias. | Aceptado |
Cumplido |
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
8. Instaure un mecanismo de coordinación entre la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos, Delitos Sexuales y Homicidios para vincular la integración de las averiguaciones previas relacionadas de acuerdo con la hipótesis de trata de personas. | Aceptado |
Cumplido |
9. En cumplimiento con lo dispuesto por el Acuerdo A/001/2010 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, dé vista a la Contraloría Interna y a la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos, para que se investigue la responsabilidad administrativa o penal en que incurrieron las o los agentes del Ministerio Público, así como las y los Oficiales Secretarios que demoraron la integración de las averiguaciones previas, tramitadas con motivo de las denuncias que interpuso la interna 1. | Aceptado |
Cumplido |
10. Promueva la reforma del artículo 188 bis del Código Penal para el Distrito Federal, con la finalidad de armonizar el tipo penal de “trata de personas” con la descripción que del mismo hace el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. | Aceptado |
Cumplido |
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
11. Instruya por escrito a todos los juzgados penales, principalmente aquellos ubicados en los edificios anexos a Reclusorios Preventivos Varoniles del Distrito Federal, para que lleven un estricto control de los pedimentos judiciales, en el que se asienten los datos de la persona que elaboró, firmó y entregó el oficio. | Aceptado |
Cumplido |
12. Designe un área con personal suficiente para que, en coordinación con las subdirecciones jurídicas de los centros de reclusión, se encargue de auditar los traslados con motivo de pedimentos judiciales. | Aceptado |
Cumplido |
13. Haga del conocimiento inmediato de las autoridades administrativas y penales correspondientes, las faltas presuntamente imputables al señor Joaquín Omar Cedillo Luna, a la titular del Juzgado Quincuagésimo Sexto Penal y a quien resulte responsable dentro de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal. | Aceptado |
Cumplido |