- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Expropiación de seis lotes de un particular desde 1970 sin que mediara el pago correspondiente |
Derechos humanos violados | Derecho a la propiedad privada Derecho a la seguridad jurídica |
Emisión | 19/05/1997 |
Autoridades recomendadas | Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal |
1. El 13 de junio te 1994, recibimos escrito de queja de Gregoria Arana Avilez. En él nos refirió que:
Mediante decreto presidencial publicado el 4 de julio de 1970 en el Diario Oficial de la Federación, le fueron expropiados sus terrenos. Desde entonces, ha solicitado a las autoridades del Departamento del Distrito Federal el pago de la indemnización correspondiente, pero no ha obtenido resultados favorables. El 10 de diciembre de 1992, mediante un escrito, expuso el problema al Jefe del Departamento del Distrito Federal y, debido a ello, el 8 de enero de 1993 recibió un citatorio de la Dirección Genera/ Jurídica y de Estudios Legislativos del Departamento del Distrito Federal, instancia a la que ha proporcionado la información y documentación que le ha sido requerida, pero su problema aún no se resuelve.
Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
0. |
|
|
1. Que de inmediato se resuelva la procedencia de pago de indemnización en favor de Gregoria Arana Avilez, respecto de los lotes 3, manzana 21; 7, manzana 13, y 1, 2, 3 y 4, manzana 7, ubicados en el predio denominado Rancho de Montserrat, actualmente colonia Ajusco Huayamilpas, Delegación Coyoacán, incluyendo, además, la compensación que legalmente corresponda por el tiempo transcurrido desde la expropiación. | Aceptado |
Cumplido |