- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Ejercicio indebido del servicio público, lesiones, abuso sexual, allanamiento de morada, robo, amenazas, detención arbitraria y falsa acusación |
Derechos humanos violados | Derecho a la seguridad jurídica Derecho al principio de legalidad Derecho a la presunción de inocencia Derecho a la integridad personal Derecho de protección a la honra Derechoa la propiedad privada Derecho a la protección de la infancia |
Emisión | 19/08/2004 |
Autoridades recomendadas | Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal |
Previo a la descripción de este rubro, es pertinente mencionar que de los datos estadísticos que registra este organismo, se desprende que del 6 de marzo de 2003 al 30 de abril de 2004, se asignaron a la Segunda Visitaduría 79 quejas contra los elementos de los Grupos Operativos Especiales y Fuerzas Especiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Por lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 bis del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, por ser estrictamente necesario para no dividir la investigación correspondiente, se procedió a la acumulación de las quejas. No obstante lo antes señalado, a fin de cumplir con lo establecido por la normatividad y para mayor precisión de los hechos denunciados en cada queja, será necesario consultar el anexo único de la presente Recomendación.
1.1. Expediente principal CDHDF/122/03/CUAUH/D2486.000, en el cual, el peticionario Oscar Pérez Fierro refirió que: “El 13 de junio de 2003, a las 11:00 horas, llegaron a su domicilio aproximadamente 30 elementos del Grupo Tigre, de la Secretaría de Seguridad Pública, quienes sin orden alguna lo detuvieron con su menor hijo Oscar Iván Pérez, procediendo a subirlos a un microbús de dicha Secretaría, donde les cubrieron el rostro. Además unos policías, ingresaron a su domicilio injustificadamente e intimidaron a su familia con armas de fuego, sustrajeron de éste varios objetos personales de valor, aparatos electrodomésticos y $15,000.00 en efectivo.”
1.2. A dicho expediente se acumularon las siguientes quejas del año
1.- CDHDF/122/03/CUAUH/N0980.000. Peticionaria: Sara Moreno Vargas, agraviados: Rosa María y Luis Alfredo Tepos Espinoza.
2.- CDHDF/121/03/IZTP/D1554.000. Peticionaria: Agustina Ávila González, agraviado: Manuel Zarco Ávila.
3.- CDHDF/121/03/CUAUH/D2820.000. Peticionario y agraviado: Carlos David Archundia Plancarte.
4.- CDHDF/121/03/CUAUH/D2828.000. Peticionario y agraviado: Israel Torres Molina.
5.- CDHDF/121/03/CUAUH/D2894.000. Peticionaria y agraviada: Viridiana Nayely García Rosas.
6.- CDHDF/122/03/XOCH/N3258.000. Peticionaria: Margarita Garduño Rivera, agraviados: Bertha Garduño Rivera y Mario Colchado Castro.
7.- CDHDF/122/03/MHGO/N3286.000. Peticionarios: Aurelio Valle Espejel e Irma Espejel Viuda de Valle, agraviados: Daniel Valle Gutiérrez, Adan Pasuengo Valle, Arturo y María Concepción de apellidos Valle Espejel y Carlos Alberto Ayala Meneses.
8.- CDHDF/122/03/AZCAP/D3478.000. Peticionaria: María de Jesús Ortiz Castillo, agraviados: Ismael Sánchez Juárez, Norma Angélica, Oswaldo Gonzalo, Ismael Mario y Vicente Erubey todos de apellidos Sánchez Ortiz.
9.- CDHDF/122/03/AO/D3490.000. Peticionaria: María Guadalupe Sánchez Carvajal, agraviados: Lucía Carvajal Martínez, Leticia Sánchez Carvajal, Paola Lomelí Sánchez, Silvia Arriaga Rivas, Andrea e Ilse “N” Flores y Daniel Raúl Lomelí Sánchez.
10.- CDHDF/122/03/CUAUH/D3566.000. Peticionaria: Claudia Viridiana Rosas Flores, agraviado: Marco Antonio Flores Flores.
11.- CDHDF/122/03/CUAUH/D3612.000. Peticionario: José Luis Cervantes Segoviano, agraviados: Guadalupe Estrada Acosta, Isabel y Lizbeth ambas de apellidos Cervantes Estrada.
12.- CDHDF/122/03/VC/N3668.000. Peticionaria: Aurora Reyes Zamora, agraviados: Fabiola Angélica Sánchez Reyes e Iván Hernández Cuellar.
13.- CDHDF/122/03/AZCAP/N3794.000. Peticionario: Francisco Sánchez Hernández, agraviados: María de los Angeles Sánchez Azola, Pedro Godínez Escalante y Pedro Godínez Sánchez.
14.- CDHDF/122/03/AZCAP/N3838.000. Peticionaria: María Guadalupe Anzaldo Rendón, agraviados: la peticionaria, Anzaldo Rendón, Armando Javier Bravo Anzaldo, Andrea Ramos Rayo, Abigail Vázquez Anzaldo, Marcos Espinoza Anzaldo, Isidro Rayo Ramírez, Néstor Espinoza Anzaldo y Claudia Anzaldo Rendón.
15.- CDHDF/121/03/CUAUH/D3904.000. Peticionario y agraviado: José Ángel Martell Flores.
16.- CDHDF/121/03/CUAUH/D3912.000. Peticionario y agraviado: Juan Carlos Moreno Pineda.
17.- CDHDF/122/03/CUAUH/N4072.000. Peticionario: Guillermo Nájera Xalpa, agraviados: Miguel Ángel Nájera Ríos, Pilar Ríos Torres, David Nájera Gómez, Maribel Martínez, Juana Nájera Ríos y Omar “N”.
18.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4270.000. Peticionario: Arturo López De Nava Camacho, agraviados: Eric Ariel Osorio López de Nava y Juan Hernández Felipe y familia.
19.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4272.000. Peticionaria: Rocío Villafán Ríos, agraviadas: Sofía Ríos Martínez, Patricia Villafán Ríos y Rocío Villafán Ríos.
20.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4284.000. Peticionario y agraviado Justo Ríos Corona.
21.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4368.000. Se omite el nombre de la peticionaria y agraviados, en virtud de que no se tiene autorización para mencionarlos en el presente documento.
22.- CDHDF/122/03/CUAUH/N4410.000. Peticionario: Pedro Alfonso Ramírez Rosales, agraviados: María del Pilar Ramírez Rosales e Ignacio Duran Temol.
23.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4412.000. Peticionario y agraviado Luis González Elizarraras y familia.
24.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4450.000. Peticionario: Ignacio Atilano Rodríguez Mejía, agraviados: Enrique Rancel Díaz y su hija.
25.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4542.000 Peticionario y agraviado Raymundo Vázquez García.
26.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4544.000. Peticionario y agraviado Alejandro Vázquez García.
27.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4546.000. Se omite el nombre de la peticionaria y agraviada, en virtud de que no se tiene autorización para mencionarlas en el presente documento.
28.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4554.000. Peticionario: Enrique Herrera Flores, agraviados: Teresa Hernández Cornejo, Mayra Lucero y José Manuel Herrera Hernández y un vecino apodado el “Oso”.
29.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4562.000. Se omite el nombre del peticionario y de los agraviados por existir solicitud de reserva expresa de su parte.
30.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4576.000. Peticionaria: Elvira Romero Madrid, agraviados: Jaime Alberto Montejo Bohórquez y Pedro Cote.
31.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4588.000. Peticionario Ricardo Manjarrez Rodríguez, agraviada: Guadalupe Estela Rodríguez Maqueda.
32.- CDHDF/122/03/CUAUH/N4602.000. Peticionaria: Catalina Cruz Díaz, agraviados: María Otilia Espinosa Ramírez y Jorge Pedro Corona Espinoza.
33.- CDHDF/121/03/CUAUH/N4608.000. Peticionaria: Juana Elena Pacheco Malagón, agraviado: Jorge Castellanos Caballero.
34.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4618.000. Peticionario: José Rodolfo Reyes Fernández, agraviada: Sarbelia Anais Lugo Nieto.
35.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4710.000. Peticionario y agraviado: Ricardo Hernández Romo.
36.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4774.000. Peticionario y agraviado: José Antonio Lozano Mares.
37.- CDHDF/122/03/CUAUH/N4824.000. Peticionaria: Eva García Bautista, agraviados: Martín García Butista, Jesús García Bautista, Teobaldo García Barrios, Miguel Angel Rodríguez “N”, Giovanny Vázquez García y Nayeli Castelán García.
38.- CDHDF/122/03/CUAUH/D4852.000. Peticionario: Jorge Zarate Godínez, agraviada: Guadalupe Bernal, Jérico González Lopéz, Blanca Olivia Godínez Bernal, Guillermo Zárate Godínez y otros.
39.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4874.000. Peticionaria: Nayeli Amparo Bermudez Vega, agraviado: Rogelio Valdez Caballero.
40.- CDHDF/121/03/CUAUH/D4986.000. Peticionaria: Edelmira Torres Cantú, agraviado: Fernando Torres Mena.
41.- CDHDF/122/03/IZTP/P5050.000. Peticionaria: Claudia Edith Colín Salas, agraviados: peticionaria y José Manuel Colín León.
42.- CDHDF/122/03/GAM/D5092.000. Peticionario y agraviado: Germán Reyes Rosas.
43.- CDHDF/122/03/GAM/D5094.000. Peticionaria: Iliana Grissel Rodríguez Armijo, agraviado: Javier Paz Eugenio, María Luisa Eugenio Alanis, Luis Enrique Paz Eugenio.
44.- CDHDF/122/03/CUAUH/N5098.000. Peticionario: Armando Velasco Bautista, agraviada: Leticia Palomares Guillen, Alberto Velasco Palomares, Ernesto Velasco Bautista, Rosario Gómez Hernández, Víctor Ortega Rodríguez y Edith Márquez.
45.- CDHDF/122/03/IZTP/D5176.000. Peticionaria: María del Carmen Huerta Fuentes, agraviadas: Ariadna Brisenda y Yerikendi del Carmen de apellidos Aguilar Huerta.
46.- CDHDF/122/03/VC/N5188.000. Peticionaria: Gloria Campos Caballero, agraviados: Wendi y Bruno de apellidos Vizuet Campos.
47.- CDHDF/122/03/VC/D5316.000. Peticionario: Francisco Javier Cocoletzi Alguera, agraviados: peticionario, Pilar Cocoletzi Brindis y Josefina Alguera Flores.
48.- CDHDF/122/03/CUAUH/N5358.000. Peticionario: Sabino Zúñiga Zúñiga, agraviados: Lina Nolasco Olivares y Fernando Casas González.
49.- CDHDF/122/03/CUAUH/D5396.000. Peticionaria: María Teresa Galindo Hernández, agraviados: Saúl y Valeny de apellidos Jesús Montoya y otros.
1.3. Asimismo, se acumularon las siguientes quejas del año 2004: 50.- CDHUO/121/04/CUAUH/D0078.000. Peticionaria: Adriana Casillas Pedroza, agraviado: Félix Zarate Mexica.
51.- CDHDF/121/04/IZTP/P0086.000. Peticionaria: Silvia Munguía Reyes, agraviado: Víctor Emmanuel Estrada Munguía.
52.- CDHDF/122/04/CUAUH/D0144.000. Peticionaria: Elba Juárez Buitrón, agraviado: Gerzón Hernández Solís.
53.- CDHDF/122/04/MHGO/D0238.000. Peticionaria: Reyna Martínez Martínez, agraviados: Juan Carlos Martínez López y Carlos Eduardo Arreola Sandoval.
54.- CDHDF/122/04/GAM/N0246.000. Peticionaria: Leonor Ramírez Rivas, agraviado: Clemente Pérez Aguilar.
55.- CDHDF/122/04/CUAUH/D0266.000. Peticionaria: Rosalba Cruz Jiménez, agraviados: Francisco Daniel Gómez Cruz, Arturo y Alejandro de apellidos Salazar Obregón.
56.- CDHDF/122/04/CUAUH/N0314.000. Peticionaria: Reyna Díaz Rita, agraviada: María del Carmen Díaz López Gutierrez.
57.- CDHDF/122/04/IZTP/D0370.000. Peticionario: Amador Idel Ramírez Robledo, agraviados: peticionario y René Jiménez Hernández.
58.- CDHDF/122/04/CUAUH/N0418.000. Peticionaria: Deysi Muñoz Barrón, agraviados: Gerardo Raymundo Barrón, Alejandro García Negrete y Eduardo Bairón Ramírez y otro.
59.- CDHDF/122/04/CUAUH/D0450.000. Peticionaria: María del Carmen Acevedo, agraviados: Sergio Morales Acevedo, Teresa, Patricia y María de apellidos Mendoza, Pamela y Daniel Rubio Mendoza y otro.
60.- CDHDF/121/04/CUAUH/N0462.000. Peticionaria: Martha Báez Pérez, agraviada: Ana Silvia Báez Carranza y Jessica Guadalupe Cermeño Báez.
61.- CDHDF/122/04/CUAUH/D0590.000. Peticionaria: Adela Hernández Torres, agraviados: Carlos A. García Hernández, José Arturo García Hernández e Iván García Pérez.
62.- CDHDF/122/04/BJ/D0594.000. Peticionario y agraviado: Juan Pinal González.
63.- CDHDF/122/04/VC/D0608.000. Peticionario: Mauricio José Carranza González, agraviados: Marco Luis Montes González, Raymundo Reyes Alvarado, Juan Carlos Rivas Alvarado, Luis Gerardo Durán “N” y otro.
64.- CDHDF/122/04/MHGO/D0618.000. Peticionario y agraviado: Armando Martínez Díaz.
65.- CDHDF/122/04/AO/D0676.000. Peticionaria y agraviada: Josefina Salazar Corral y familia.
66.- CDHDF/122/04/CUAUH/N0694.000. Peticionario: Jacinto Reynaldo Ramos Sosa, agraviados: René Humberto Ramos Morán, Luz María Pérez Fernández y Jorge Nájera Hernández.
67.- CDHDF/122/04/CUAUH/D0734.000. Peticionaria: Gabriela Hernández García, agraviados: Agustín Hernández Ramírez y Leticia García Flores.
68.- CDHDF/121/04/IZTP/P1082.000. Peticionaria: Josefina Mendoza Pérez, agraviados: Nancy López Mendoza, Edgar Ulises y Ulises “N”.
69.- CDHDF/121/04/CUAUH/N1102.000. Peticionario: Alfonso Pérez Rodríguez, agraviado: José Antonio Pérez Rodríguez.
70.- CDHDF/122/04/IZTP/D1210.000. Peticionario: Juan Carlos Muñoz López, agraviados: Jorge Alberto Meza Roque, Jonathan Barrera Roque, Hugo Santiago Camaños Y Rocío Roque Rosas.
71.- CDHDF/122/04/CUAUH/N1268.000. Peticionaria: Irma García Gómez, agraviados: Ernesto García Gómez, Juan Carlos Gálvez García, Cruz García Jiménez y Adela Gómez Olmos.
72.- CDHDF/122/04/CUAUH/D1314.000. Peticionario: Silverio Solís Ramírez, agraviados: Ambrosio y Cristino Solís Ramírez.
73.- CDHDF/122/04/CUAUH/N1346.000. Peticionaria: Guadalupe Rodríguez Castro, agraviados: peticionaria y Antonio Rodríguez González.
74.- CDHDF/122/04/CUAUH/D1382.000. Peticionario y agraviado: Osvaldo Daniel Compagny Macías.
75.- CDHDF/122/04/IZTAC/D1416.000. Peticionaria y agraviada: Lucía Hernández Palomino.
76.- CDHDF/122/04/CUAUH/D1456.000 Se omite el nombre de la peticionaria, en virtud de que no se tiene autorización para mencionarla en el presente documento.
77.- CDHDF/122/04/CUAUH/D1458.000. Se omite el nombre de la peticionaria y agraviados, en virtud de que no se tiene autorización para mencionarlos en el presente documento.
78.- CDHDF/122/04/CUAUH/D2018.000. Peticionaria: Martha Torres Lozano, agraviados: la peticionaria, Juan y Andrea Alejandra Garibay Ayala, Maribel Garibay Torres, Susana Ayala García y otros.
1.4. Cabe señalar que como hechos denunciados en las quejas antes citadas –según el dicho de los peticionarios–, en forma sistemática se reiteró lo siguiente: Elementos de los Grupos Operativos Especiales (Tigre, Sagitario, Mantis, Gopes, Táctico I y II, Fuerza de Tarea, Cobra y Escorpión), y Fuerzas Especiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, vestidos de negro, encapuchados o pintados de la cara, con armas largas y cortas (pistolas y metralletas), sin exhibir orden de autoridad competente, entraron en forma violenta a sus domicilios y viviendas, rompiendo con mazos puertas y ventanas, causando destrozos en los inmuebles, preguntando en dónde estaba la droga o las armas. Dichos elementos amenazaron, amagaron, insultaron, golpearon y manosearon a las y los peticionarios, las y los agraviados y sus familiares incluyendo a menores de edad; también robaron joyas, celulares, dinero y se llevaron grabadoras, videocasseteras, aparatos de sonido, etc. Amenazaron a los peticionarios que si denunciaban les iría muy mal porque ya los conocen y saben en donde encontrarlos. Nota: los días, horarios y domicilios en que se realizaron los operativos fueron distintos en cada queja.
1.5. Por la gravedad del caso, se hace la transcripción de los hechos denunciados en la queja siguiente: CDHDF/121/04/IZTP/D1082.000 “El 17 de febrero de 2004, su hija Nancy López Mendoza, se encontraba en un vehículo, acompañada de su novio Edgar Ulises y un amigo de ellos de nombre Ulises, cuando fueron interceptados por varios elementos de la Secretaría de Seguridad Pública quienes hacían un operativo, dentro de las inmediaciones de la Delegación Miguel Hidalgo. Fueron golpeados, torturados severamente y amenazados que tenían que declarar sobre unos paquetes de droga. A Nancy la subieron a un camión blanco, donde la mantuvieron encerrada por más de 6 horas, metiéndole su cabeza a un bote con agua, a efecto de que aceptara todos los cargos que le imputaban e incluso fue objeto de abuso sexual y de insultos y fue amenazada de que si denunciaba a los policías tomarían represalias contra su familia.”
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal se abstenga de realizar operativos que no estén fundados ni motivados y no se contemplen en el marco jurídico que regula su actuación. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, cuando realice sus funciones de prevención del delito, lo haga de forma coordinada con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, tal y como lo establece el Programa Integral de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal. | Aceptado |
Cumplido |
3. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal se abstenga de implementar las Recomendaciones número 32 y 49 propuestas por el Grupo Giuliani Partners, si no existe soporte legal. | No aceptado |
No aceptado |
4. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal precise y adopte las medidas y acciones necesarias para supervisar que los elementos de los Grupos Operativos Especiales y Fuerzas Especiales o cualquier otro que en lo futuro pudiera crearse, en el ejercicio de sus funciones respeten irrestrictamente, en todo momento, los derechos humanos de los habitantes de esta Ciudad. | Aceptado |
Cumplido |
5. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, por la responsabilidad que le resulta por el actuar de sus servidores públicos, proceda a iniciar la investigación respectiva y, en su caso, el procedimiento administrativo correspondiente contra los elementos que en su momento constituyeron y constituyen los Grupos Operativos Especiales y Fuerzas Especiales que participaron en los casos materia de esta Recomendación, para lo cual se deberá de tomar en consideración las pruebas recabadas y los argumentos expresados por esta Comisión en el presente documento, debiéndose permitir a los agraviados el acceso a los álbumes fotográficos de los elementos de dichos Grupos para la identificación de los servidores públicos presuntamente responsables. Asimismo, con lo actuado e investigado por esta Comisión, se dé vista al Ministerio Público de la Fiscalía Central para Servidores Públicos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, para que determine la responsabilidad penal en que pudieron incurrir los servidores públicos integrantes de los Grupos Operativos Especiales y Fuerzas Especiales, con motivo de los actos posiblemente constitutivos de los delitos de robo, allanamiento de morada, lesiones, abuso sexual, abuso de autoridad y diversos y se coadyuve activamente en la integración de la averiguación previa respectiva, proporcionando con toda oportunidad la información que, en su caso, el agente del Ministerio Público requiera a esa Secretaría. | Aceptado |
Cumplido |
6. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal permita a los agraviados el acceso a los álbumes fotográficos de los elementos de los Grupos Operativos Especiales y Fuerzas Especiales que participaron en los casos materia de esta Recomendación, para la identificación de los servidores públicos presuntamente responsables, ya que es necesario para que se continúe con la integración e investigación de las diversas averiguaciones previas iniciadas por aquellos en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y coadyuve activamente en las mismas, proporcionando con toda oportunidad la información que, en su caso, el agente del Ministerio Público requiera a esa Secretaría. | Aceptado |
Cumplido |
7. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal acepte la responsabilidad de los servidores públicos adscritos a ella en los términos señalados en la presente Recomendación, realizando las acciones y medidas que estime pertinentes y necesarias para garantizar la no repetición de hechos similares. | Aceptado |
Cumplido |
8. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal instruya por escrito a quien corresponda, a fin de que los operativos que realizan los Grupos Operativos Especiales y Fuerzas Especiales o cualquier otro que en lo futuro pudiera crearse, se lleven conforme a derecho, para lo cual se propone: a) Que no actúen con el rostro cubierto o pintado; b) Que sus vehículos estén plenamente identificados; c) Que los bienes que son asegurados en los operativos sean inventariados al momento del aseguramiento y puestos a disposición de la autoridad competente, a fin de que los agraviados estén en posibilidades de recuperar los bienes que no se relacionen con un ilícito; d) Que los detenidos sean puestos inmediatamente a disposición de la autoridad competente. e) Se eviten actos intimidatorios o amenazantes hacia las personas que son detenidas y de sus familias. | Aceptado |
Cumplido |
9. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal a través de los mecanismos que considere viables, realice un análisis y revisión del funcionamiento del programa de incentivos a los policías de su adscripción, a fin de generar una política pública que permita estimular a los elementos que en el desarrollo de sus funciones cumplan y respeten los derechos fundamentales del gobernado, haciéndolo del conocimiento de todos los integrantes del Gabinete de Gobierno y Seguridad Pública del Distrito Federal, así como de la ciudadanía en general. | Aceptado |
Cumplido |
10. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal se abstenga de exhibir y presentar –o dar su anuencia para que otros lo hagan– ante los medios de comunicación –radio, prensa y televisión–, a las personas que son detenidas en los operativos que realiza. | No aceptado |
No aceptado |
11. Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal proceda a la reparación de los daños ocasionados, considerando los parámetros que se han propuesto en la presente Recomendación, consistentes en que: a) acepte lisa y llanamente las irregularidades a cargo de los servidores públicos que participaron en los hechos investigados, b) se realice una adecuada investigación de los hechos denunciados en los procedimientos administrativos disciplinarios correspondientes, a fin de evitar –con estricto apego a derecho- la impunidad de aquellos servidores públicos que, en su caso, hubiesen violado los derechos humanos de los agraviados, y c) Coadyuve de manera exhaustiva y brinde todas las pruebas a su cargo, entre ellas esta Recomendación, a fin de que se integren debidamente las averiguaciones previas que existen o pudieran existir en relación con los hechos materia de esta determinación. | Aceptado |
Cumplido |