- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Violación a los derechos procesales de un interno |
Derechos humanos violados | Derecho a la seguridad jurídica Derecho al debido proceso, garantías judiciales |
Emisión | 02/09/1996 |
Autoridades recomendadas | Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal |
1. El 15 de mayo de 1995, recibimos la queja de Felipe Edgardo Canseco Ruiz, cuyo registro se indica al rubro. En ella refirió que: El sentenciado Óscar Zamudio Peymbert se encuentra interno en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte. El 3 de mayo de 1995, en la causa 123/90, dicho interno solicitó al Juez Cuadragesimoprimero Penal del Distrito Federal la declaratoria de prescripción de la reparación del daño que se le había impuesto como pena. No obstante que ha transcurrido el plazo para dar respuesta a la petición, ésta no ha sido acordada.
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que, en los términos de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común vigentes cuando se cometieron las conductas, se lleve a cabo el procedimiento para determinar la probable responsabilidad administrativa del Juez Noveno Penal del Distrito Federal, licenciado Fernando Guerrero Zárate y de su Secretario de Acuerdos B, licenciado René Gerardo Breña Anduaga, por los actos precisados en el capítulo de Observaciones. De resultar además presuntas responsabilidades penales, que se formulen al Ministerio Público las denuncias correspondientes. | Aceptado |
Cumplido |
Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
2. Que se inicie la investigación y, en su caso, el procedimiento administrativo para determinar la responsabilidad administrativa en que haya incurrido la Defensora de Oficio Elizabeth Soto López por las conductas precisadas en el capítulo de Observaciones. Si además resultara presunta responsabilidad penal, que se formule la denuncia correspondiente al Ministerio Público. | Aceptado |
Cumplido |