- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Actos de tortura y negligencia profesional en perjuicio del interno William Flores Castro, quien murió por falta de atención oportuna |
Derechos humanos violados | Derecho a la integridad personal Derecho a la salud Derecho a la vida |
Emisión | 02/06/1997 |
Autoridades recomendadas | Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Departamento del Distrito Federal Dirección General de Servicios de Salud del Distrito Federal |
1. El pasado 11 de septiembre, recibimos la queja de José Trinidad Olvera Flores, interno de la Penitenciaría del Distrito Federal, a la que correspondió el expediente CDHDF/122/ 96/lZTP/P3973.000. Refirió que:
Ese día, los internos William Flores Castro y Julio Córdoba Mondragón, al regresar de la enfermería, fueron severamente golpeados por dos custodios, al parecer, en represalia por haber logrado que los llevaran al servicio médico ya que, horas antes los custodios se habían negado a ello. Así mismo, manifestaron que una doctora adscrita a la unidad del servicio médico de ese centro de reclusión (Margarita Magallanes del Moral) se negó en diversas ocasiones a prestarle atención al interno William Flores Castro.
Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Departamento del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que se formule denuncia ante el Ministerio Público contra los custodios Armando Bernal Cerezo, Concepción Alfredo López García y Gabriel Alejandro Martínez Velázquez por los actos probablemente constitutivos del delito de tortura que cometieron en agravio del interno William Flores Castro, independientemente del sentido de la resolución que la Contraloría General del Departamento del Distrito Federal dicte en el procedimiento administrativo a que se les sujetó. | Aceptado |
Cumplido |
Dirección General de Servicios de Salud del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
2. Que se dé vista a la Contraloría General del Departamento del Distrito Federal para que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente para determinar la responsabilidad de los doctores Margarita Magallanes del Moral, médica del hospital de la Penitenciaría, y del doctor Nicolás Anaya Molina, Director del mismo hospital, por la grave negligencia en que incurrieron respecto del interno William Flores Castro, en los términos señalados en el capítulo de «Observaciones». Si además les resulta probable responsabilidad penal, que se formulen contra ellos las denuncias correspondientes. | Aceptado |
Cumplido |
3. Que se dé vista a la propia Contraloría para que se determine la responsabilidad de los doctores Pablo Valencia Rodríguez, Jorge Mata Lezama, Martín Molina Munguía, Guillermo Vignón Flores, Manuel García, Luis Serna Arroyo, Óscar Fernández Imán, Óscar Fernández Imán y Salvador Escalante Calderón, todos del hospital de la Penitenciaría, para que se determine su responsabilidad por la negligencia en que incurrieron respecto del mismo interno. Así mismo si resulta procedente, que se formule contra ellos denuncia penal correspondiente. | Aceptado |
Cumplido |
4. Que se tomen inmediatamente las medidas conducentes a que los servicios médicos y hospitalarios de la Penitenciaría cuenten siempre con los recursos humanos, materiales y técnicos suficientes idóneos. En especial, para que los servicios de laboratorio y de diagnóstico, muy particularmente el de rayos X, estén siempre disponibles. | Aceptado |
Cumplido |