- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Negligencia y la dilación excesivas en que incurrieron seis importantes funcionarios de la Delegación Coyoacán, incluido el Delegado, para atender una antigua solicitud de que se aplicaran las disposiciones del Reglamento de Construcción para el Distrito Federal al poseedor de una construcción vecina a la casa habitación del quejoso |
Derechos humanos violados | Derecho a la seguridad jurídica Derecho de petición y pronta respuesta |
Emisión | 01/11/1996 |
Autoridades recomendadas | Jefatura del Departamento del Distrito Federal |
1. EI 19 de julio de 1995, recibimos la queja de Juan Musule Jiménez. En ella refirió que:
El 19 de enero de 1995, a insistencia del quejoso, se clausuró una construcción ubicada en Ejido Isabel Tola No. 50, colonia San Francisco Culhuacán, Delegación Coyoacán, porque ilícitamente se estaba construyendo un taller de hojalatería y pintura dentro de una casa habitación de tres niveles, que afecta la estructura de la casa del quejoso. La construcción ilícita se encuentra en una zona clasificada como H-1, es decir, que es exclusiva para uso de suelo habitacional. Tiene conocimiento de que el propietario del predio donde se realiza la construcción presentó una convalidación de uso del suelo, otorgada por la Dirección General de Reordenamiento Urbano y Ecológico en 1986, a fin de que pudiera establecer el taller de hojalatería y pintura. Dicha convalidación es falsa y presume que fue obtenida por un arreglo económico. A principios de junio de 1995, el Contralor Interno de la Delegación Coyoacán apoyó y otorgó su anuencia no escrita para que se reiniciaran los trabajos de construcción de dicha obra.
Jefatura del Departamento del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Respecto de la propuesta de Conciliación emitida por esta Comisión el 30 de noviembre de 1995, mediante oficio 27589: 1. Que se inicie en la Contraloría General del Departamento del Distrito Federal, la investigación y, en su caso, el procedimiento para determinar la responsabilidad administrativa en que hayan incurrido los servidores públicos de la Delegación Coyoacán relacionados con los hechos motivo de la queja en los términos precisados en el capítulo de «observaciones» que todavía sean servidores públicos del Departamento del Distrito Federal o a quienes sea factible aplicar las sanciones que resultaron procedentes. Dichos servidores públicos fueron el arquitecto Héctor Manuel Durazo Montaño y el licenciado Juan Luis Salazar Gutiérrez, entonces Subdirector de Planificación y Subdirector Jurídico, respectivamente, y los que hayan expedido indebidamente el permiso para la construcción de la obra de Ejido Isabel Tola No. 50, colonia San Francisco Culhuacán; los que hayan permitido que dicha obra continuara y no hayan ejercido oportunamente las acciones legales procedentes por el quebrantamiento de los sellos de clausura, y los que no hayan aplicado a la obra irregular las disposiciones del citado Reglamento: 2. Que, en los mismos términos del punto anterior, la Contraloría General del Departamento del Distrito Federal inicie las investigaciones y, en su caso, los procedimientos administrativos para determinar la responsabilidad de los entonces servidores públicos de la Delegación Coyoacán que incurrieron en dilación en el cumplimiento del punto 3—aplicar el Reglamento de Construcciones al propietario o poseedor de la construcción ilícita—de la propuesta de Conciliación: 3. Que se regularice la tramitación del recurso de inconformidad interpuesto por Arturo Sánchez Hernández contra la resolución administrativa de demolición de la obra ubicada en Ejido Isabel Tola No. 50, colonia San Francisco Culhuacán, y que se emita la resolución que conforme a derecho proceda, lo más pronto posible, y 4. Que a la averiguación previa 22/00022/96-01, que se inició por el quebrantamiento de los sellos de clausura, se le dé el seguimiento correspondiente y se ofrezcan todas las pruebas que se requieran para su integración y determinación. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que de inmediato personal competente de esa Delegación lleve a cabo las acciones y los procedimientos legalmente previstos para que, si procede, se restituya el aprovechamiento de uso del suelo en el inmueble ubicado en Ejido Isabel Tola No. 50. colonia San Francisco Culhuacán, para que dicho predio ya no se use como taller mecánico y se le dé exclusivamente uso habitacional. | Aceptado |
Cumplido |
3. Que se sirva usted instruir por escrito a todos los Delegados Políticos del Departamento del Distrito Federal para que ellos y todos sus colaboradores atiendan siempre y estrictamente dentro de los plazos legales las solicitudes de información y los requerimientos que en forma fundada y motivada les formule esta Comislón. | Aceptado |
Cumplido |
4. Que asimismo. y para los mismos efectos del punto anterior, se sirva instruir por escrito al licenciado Alberto Díaz Carballeda, Director del Archivo General de Notarías del Distrito Federal. | Aceptado |
Cumplido |