- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Violencia y abuso sexual cometidos por policía preventivo |
Derechos humanos violados | Derecho a la honra y a la dignidad Derecho a la integridad personal Derechos de las víctimas o de la persona ofendida |
Emisión | 20/09/1999 |
Autoridades recomendadas | Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal |
1. El 28 de junio del año en curso se recibió en esta Comisión el escrito de queja de una señora cuyo nombre se omite con fundamento en el artículo 60 del Reglamento Interno de este Organismo, a la que se asignó el expediente CDHDF/121/99/AO/D3339.000 y en el que manifestó que:
El 16 de junio del año en curso, Felipe Neri Ramírez Salinas, policía preventivo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, le propinó una patada en el abdomen porque le reclamó al sorprenderlo orinando frente a la entrada de su casa.
El mismo día acudió a una Agencia del Ministerio Público de la Delegación Álvaro Obregón, pero se negaron a iniciar la averiguación previa argumentando que sus lesiones no eran graves. El 21 de junio del año en curso insistió en que se investigaran los hechos, ya que tenía molestias y un moretón en el estómago. Se inició la averiguación previa 45/2320/99-06 contra Felipe Neri Ramírez Salinas por el delito de lesiones. Felipe Neri le dijo que por su calidad de servidor público no le iban a poder hacer nada. Finalmente, indicó que el presunto responsable la intimidaba con patrullas que rondaban su casa.
2. El 3 de septiembre último, esta Comisión inició de oficio el expediente CDHDF/121/99/AO/D4788.000, con motivo de un boletín informativo que se dio a conocer en el programa Hoy de Televisa, en el que se señaló que:
El 29 de agosto último, los policías preventivos Felipe Neri Ramírez Salinas y Rubén Ramírez Mendoza intentaron violar a una adolescente de 14 años de edad. Los policías subieron a la menor a la patrulla 13828 de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal y, bajo amenazas, la obligaron a desvestirse.
Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que dadas las graves características del caso, sin perjuicio de sus legítimos derechos laborales, se suspenda de inmediato a Felipe Neri Ramírez Salinas en sus funciones estrictamente policiales, en tanto se determinan sus responsabilidades administrativa y penal. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que de inmediato se resuelvan los procedimientos ED-1192/99 -contra Felipe Neri Ramírez Salinas por las lesiones cometidas en agravio de la primera ofendida- y Q-1540/99 -contra Felipe Neri Ramírez Salinas y Rubén Ramírez Mendoza por el abuso sexual cometido en agravio de la menor. | Aceptado |
Cumplido |
3. Que inmediatamente se tomen las medidas adecuadas y suficientes para que los probables responsables o cualquier otro agente de esa Secretaría se abstengan de causar actos de molestia injustificados o de amenazar a las ofendidas o a sus familiares. | Aceptado |
Cumplido |
4. Que, con fundamento en la Regla Vigesimosegunda para la Aplicación de Correctivos Disciplinarios en la Policía del Distrito Federal, se ponga de inmediato a disposición del Ministerio Público a Felipe Neri Ramírez Salinas -probable responsable en las averiguaciones previas 45/2320/99-06 y 46/DS/008/99-08. | Aceptado |
Cumplido |