- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Calidad de los chalecos antibalas de los agentes policiacos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal |
Derechos humanos violados | Derecho a la vida Derecho de petición y pronta respuesta |
Emisión | 13/08/2001 |
Autoridades recomendadas | Jefatura de Gobierno del Distrito Federal |
El 3 de mayo de 2001, con motivo de diversas notas periodísticas, esta Comisión inició de oficio la queja CDHDF/122/01/CUAUH/D1868.000. En dichas notas se asentó que: a) El policía preventivo Eric Enríquez Ortiz perdió la vida al intentar frustrar un asalto en un restaurante ubicado en Calzada de Tlalpan y Taxqueña. A pesar de que portaba un chaleco antibalas, su muerte fue consecuencia de varios impactos de bala; b) Peritos en balística y criminología de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establecieron que los proyectiles que lesionaron de muerte al policía perforaron las zonas de las costuras del chaleco antibalas… que contaba con 22 capas de cubierta de tela entretejida. El primer orificio por proyectil de arma de fuego fue localizado en la parte anterior izquierda, por abajo del borde del cuello, que tiene una cubierta de cuero con una dimensión de 4 por 2 milímetros. El segundo orificio, de 12 por 6 milímetros, de forma semicircular fue localizado en el ala lateral derecha, al borde de la costura inferior, y c) El Servicio Médico Forense del Distrito Federal estableció que el uniformado recibió dos heridas mortales —en el abdomen y tórax— y los compañeros del policía fallecido comprobaron que el chaleco fue perforado por las balas en la zona de protección.
Jefatura de Gobierno del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que se lleven a cabo inmediatamente evaluaciones y pruebas balísticas idóneas en chalecos muestra de cada uno de los lotes con que cuenta la Secretaría de Seguridad Pública a fin de sustituir aquéllos que no brinden una protección adecuada. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que de inmediato se realice un estudio para determinar el grado de protección que requiere cada uno de los agrupamientos policiacos de esa Secretaría de acuerdo con las condiciones de riesgo que enfrentan en el cumplimiento de sus funciones. | Aceptado |
Cumplido |
3. Que, con base en ese estudio, se realicen a la brevedad posible las licitaciones correspondientes para adquirir chalecos antibalas que permitan a cada uno de los policías cumplir sus funciones con el menor riesgo posible. En dichas licitaciones deberá exigirse por lo menos la certificación que acredite que se llevaron a cabo pruebas específicas —en las mismas condiciones en las que un policía puede ser baleado— para cada uno de los niveles de protección que se requieran y una garantía que ampare cualquier falla. | Aceptado |
Cumplido |