- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Detención arbitraria, incomunicación, abuso de autoridad y vicios en el procedimiento |
Derechos humanos violados | Derecho a la seguridad jurídica Derecho al debido proceso, garantías judiciales Derechos a la libertad y seguridad personales |
Emisión | 27/10/1994 |
Autoridades recomendadas | Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal |
1. El 1 de diciembre de 1993, la Comisión Nacional de Derechos Humanos remitió a esta Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, el escrito de queja del señor José Sánchez Gallardo en el que narra que:
a) El sábado 28 de agosto de 1993 acudió, junto con otras personas, a una cita que tenía con el Delegado en Venustiano Carranza.
b) Cuando llegó a la delegación, un grupo de personas lo detuvo a él y a la señora María de los Ángeles (Guerrero) Alcántara con lujo de violencia, y lo condujeron a la 17a. Agencia Investigadora. Ahí, le informaron que había una denuncia por el robo de unas herramientas, y que aun cuando no estaba detenido lo habían remitido a dicha Agencia para aclarar la denuncia
c) En las oficinas de la Policía Judicial le colocaron un paquete que contenía marihuana, acusándolo después de su posesión.
d) Posteriormente, lo llevaron a la Agencia del Ministerio Público de Topacio, donde lo condujeron a los sótanos y lo tuvieron incomunicado.
e) Sus familiares promovieron un juicio de amparo, y cuando el actuario acudió para verificar si se encontraba en la 51a. Agencia Investigadora, lo cambiaron de lugar para que no se pudiera demostrar su detención ilegal.
f) Fue puesto a disposición del titular de la 51a. Agencia Investigadora, quien consignó indebidamente ante el Juez 59o. Penal, por lo que se instruyó en su contra la causa penal 138/93 por el delito de robo.
g) No pudo leer su declaración ministerial porque le quitaron sus lentes. Así, una mujer le leyó un documento que coincidía en todo con lo que él había declarado, por lo que lo firmó. No obstante, cuando en el juzgado tuvo acceso a su declaración, se dio cuenta que ésta había sido cambiada.
h) No estuvo asistido por abogado defensor alguno en el momento de rendir su declaración ministerial.
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
PUNTO RECOMENDATORIO | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
1. Que se inicie investigación exhaustiva para determinar la responsabilidad, administrativa y penal, en que pudieron haber incurrido los licenciados Alejandro Rangel Arenas y Miguel Ángel Gutiérrez Aguilar, agentes del Ministerio Público de la 17a. Agencia Investigadora. | Aceptado |
Cumplido |
2. Que se inicie investigación exhaustiva para determinar la responsabilidad, administrativa y penal, en que pudieron haber incurrido los licenciados Ismael Frías Díaz, Vicente Nava Martínez y Arturo López López, agentes del Ministerio Público de la 51a. Agencia Investigadora. | Aceptado |
Cumplido |
3. Que se inicie investigación exhaustiva para determinar la responsabilidad, administrativa y penal, en que pudieron haber incurrido los agentes de la Policía Judicial, Rubén Gutiérrez Morales y Francisco Gómez Guerrero, José Luis Olvera Aguilar y Manuel y Javier Islas Rueda. | Aceptado |
Cumplido |
4. Que se inicie investigación exhaustiva para determinar la responsabilidad, administrativa y penal, en que pudo haber incurrido la defensora de oficio licenciada María del Carmen Toscano Bulloli. | Aceptado |
Cumplido |