Discurso 42/2018
7 de junio de 2018
Buenos días a todas y a todos, bienvenidos a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Todavía al hablar del Distrito Federal, ya en breve estaremos cambiando la denominación a Ciudad de México, aún no lo hacemos, estamos esperando la normatividad de cambio en la Constitución.
De entrada quiero devolver el agradecimiento al Centro Mexicano de Derecho Ambiental, en especial a Gustavo y a Margarita por haber escogido a la Comisión para presentar este estudio.
Creo que además, como…el sismo del 19 de septiembre del año pasado, hoy nos toca un contexto en el que parece que da cobijo exactamente a que discutamos que pongamos en la agenda pública la discusión que nos plantea exactamente este estudio sobre los combustibles y la calidad del aire en México, en la medida en que estamos en contingencia ambiental, la primera de 2018, que ya como “chilangos” nos recuerda esta crisis ambiental en 2016 en abril y mayo que fue terrible para todas y todos nosotros, esperemos que no pinte por ahí, aunque en el contexto de los análisis que no tienen que ver con la fe, sino con los datos, pues es muy poco probable que no, nos veamos afectados de manera cómo a veces lo naturalizamos los que vivimos en el Distrito Federal en este tipo de contingencias, que bueno fuera que nada más limitaran que sacáramos un automóvil o no, sino que como ya lo planteaba Gustavo Alanís, tiene que ver con poner en riesgo la garantía de muchísimos derechos humanos en términos de lo que representa.
Hace tres días, exactamente el lunes pasado el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) informó que para 2016 los costos por agotamiento y degradación ambiental fueron equivalentes al 4.6% del Producto Interno Bruto del país. Este costo deriva principalmente de las emisiones contaminantes al aire, provenientes de fuentes móviles como autos particulares, camiones de pasajeros, camiones de carga y taxis, entre otros.
En contraste, los gastos a favor del medio ambiente representaron el .7% del PIB, es decir, no llegamos ni al 1% del PIB. Del total de erogaciones realizadas un 35% de este .7% fueron dirigidas a la protección del aire, ambiente y clima, es decir de este porcentaje de menos 1%, solamente una tercera parte de los recursos se dirigieron a la protección del aire y del ambiente.
En este contexto resulta muy relevante el estudio que hoy nos presenta el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) sobre la calidad de los combustibles en México en el que se evidencia que el uso del etanol como oxigenante de las gasolinas, promueve la generación de compuestos orgánicos volátiles, óxidos de nitrógeno, material particulado y otros compuestos precursores de la formación de ozono que es uno de los contaminantes más dañinos para la salud de las personas y los ecosistemas, y que nos tiene hoy en esta contingencia ambiental.
La contaminación y ya lo recordaba Gustavo, es una violación, es una violación a los derechos humanos que se agrava si no se adoptan medidas eficaces y oportunas para reestablecer el equilibrio ecológico.
Aunque el derecho humano al medio ambiente sano no ha sido definido con precisión, de los instrumentos internacionales puede deducirse que se refiere a la existencia de un entorno favorable para el desarrollo de las personas que asegure su salud, su bienestar, su vida digna.
Debido a que el aire es uno de los elementos naturales del medio ambiente, es obligación del Estado proteger, preservar y mejorar su calidad, y prevenir y atender los daños causados por la contaminación, así como asegurar que las personas reciban información oportuna, clara y comprensible sobre la prevención de riesgos.
Desde los organismos públicos de derechos humanos se ha impulsado que se garantice el derecho al medio ambiente sano. A la fecha la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha emitido dos Recomendaciones al respecto, según el índice de tráfico Tom-Tom, esta Ciudad es la más congestionada del mundo, pues el tiempo de viaje se incrementa hasta en 66%, esto es, las personas invierten en promedio 59 minutos más de lo que harían en sus traslados, sin ese congestionamiento.
El marco jurídico del derecho al medio ambiente sano se ha modificado recientemente en 2012, y ya también lo planteaba Gustavo, se reconoció en el Artículo 4º Constitucional que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano lo que será garantizado por el Estado, aunado a lo anterior en esta Ciudad, la Constitución Política reconoce también este derecho y se instruye a adoptar las medidas necesarias para la prevención y restauración del equilibrio ecológico, además las autoridades quedan obligadas a establecer mecanismos de participación y consulta en las regulaciones y programas ambientales.
En este contexto, esta Comisión ha puesto especial énfasis en que la protección del derecho humano al medio ambiente, se una a la calidad del aire, después de esta participación estará aquí el Tercer Visitador de la CDHDF, porque esta Visitaduría se hace cargo entre otros derechos, de los derechos ambientales.
Zamir Guajardo, ahora lo van a conocer.
Hicimos hace 10 años un Informe Especial sobre el Derecho Humano a un Medio Ambiente Sano y a la calidad del aire en la Ciudad de México, en el cual se concluyó que el derecho humano a un medio ambiente sano, es un “derecho llave”, porque su satisfacción asegura que se protejan otros derechos.
Y podemos hablar de cosas tan simples como, que no tienen mucho que pensarse, como la salud, pero pensemos en la educación también, cuando tenemos altos niveles de contaminación hay problemas en la oxigenación de nuestro propio cerebro, hay problemas en cuanto si vas a la escuela, si haces ejercicio, si no lo haces, es decir, es verdaderamente un “derecho llave” para la satisfacción o la insatisfacción de otros derechos.
Entre el 2010 y el 2016 la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad, documentó la presentación de 32 quejas en las que se hizo referencia a afectaciones a la calidad del aire, algunos por el humo de incendios, la quema clandestina de plásticos o residuos sólidos, los malos olores de rastros clandestinos, o de la acumulación irregular de residuos, los polvos por la producción de material de construcción o por el uso de solventes en talleres o imprentas con manejos inadecuados de gases.
En el mismo periodo se registraron 37 quejas más, en las cuales las personas se inconformaron por la implementación de medidas que implicaron restricción de circulación o el cobro de impuestos.
Igualmente se interpusieron 7 quejas colectivas con alrededor de 1,200 personas y peticionarias ante la aplicación del Programa de Transporte Escolar Obligatorio.
En relación con el Programa de Verificación Vehicular y el Programa Hoy No Circula se abrieron 5 expedientes que conjuntaban a 900 personas.
Con base en el estudio de los expedientes de quejas, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal consideró que las personas no cuentan con información oportuna y de fácil acceso que les permita reconocer que las acciones del Estado para mejorar la calidad del aire no son aisladas y que responden a intenciones técnicamente sustentables.
Este Organismo ha realizado diferentes eventos entre los que destacan en el 2013 el foro “Ciudad Sustentable”, en el 2014 el Conversatorio sobre “Patrimonio Ambiental y Derechos Humanos”, en el 2016 el Conversatorio “Salud, Movilidad y Calidad del Aire en la Ciudad de México”.
La Comisión ha entrado al estudio de proyectos legislativos sobre la necesidad de contar con sistemas integrados de transporte, antes que por la construcción de nuevas vialidades y la importancia de reforestar, así como la necesidad de conservar y ampliar las áreas verdes pues generan mayores beneficios ecológicos que las azoteas y los muros verticales.
El año pasado la CDHDF publicó la Propuesta General 01/2016 sobre “Calidad del Aire y Derechos Humanos”, en la cual se explicita que la calidad del aire no solo tiene que ver con el medio ambiente, sino también con las personas y sus derechos. En dicha Propuesta se hizo referencia a los derechos sustantivos como el derecho a la salud, a un nivel de vida adecuado, a la movilidad, a los derechos procedimentales que favorecen la formulación de políticas públicas en la materia, su transparencia y el logro de resultados sostenibles y adecuados.
En la Propuesta General la CDHDF realizó diversas recomendaciones que van muy en tono a lo que ustedes van a oir el día de hoy y que son los exhortos que hace el Centro Mexicano de Derechos Ambiental en esta publicación.
Por tal motivo la CDHDF naturalmente se suma y ofrece al CEMDA, nuestras labores, no nada más de visibilización ante la problemática sino de incidencia en política pública para poder llegar a cuestiones completas que básicamente aseguren que el Derecho a un Medio Ambiente Sano, no sea más vulnerado en esta ciudad.
Muchísimas Gracias.