- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Insuficiencia en la prevención y mitigación de riesgos a la vida y a la integridad personal, así como falta de información y certeza en torno a la reconstrucción y rehabilitación en el contexto del sismo del 19 de septiembre de 2017. |
Derechos humanos violados | Derecho a la vida y a la integridad personal en relación con el derecho a un nivel de vida adecuado y el derecho a una vivienda adecuada. Derecho a un nivel de vida adecuado y una vivienda adecuada en relación con los derechos a la seguridad jurídica y principio de legalidad, propiedad privada y acceso a la información. |
Emisión | 18 de septiembre de 2018. |
Autoridades recomendadas | Delegación Cuauhtémoc. Delegación Benito Juárez. Delegación Iztapalapa. Delegación Tláhuac. Delegación Iztacalco. Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México. |
Autoridades colaboradoras | Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México. Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México. Delegación Álvaro Obregon. Delegación Azcapotzalco. Delegación Coyoacán. Delegación Cuajimalpa de Morelos. Delegación Gustavo A. Madero. Delegación Magdalena Contreras. Delegación Miguel Hidalgo. Delegación Milpa Alta. Delegación Tlalpan Delegación Venustiano Carranza Delegación Xochimilco. |
Caso 1
Expediente CDHDF/III/122/CUAUH/18/D1900 y CDHDF/III/122/CUAUH/18/D4558
Víctimas directas: María Teresa Lira Infante (víctima 1), María Elena Sánchez Lira (víctima 2) y personas habitantes de la Delegación Cuauhtémoc
Víctima indirecta: Fernando Sánchez Lira (víctima indirecta 1)
41. El 19 de septiembre de 2017, con motivo del sismo en la Ciudad de México, se derrumbó el edificio ubicado en el número 168 de la calle Simón Bolívar, esquina Chimalpopoca, colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc, por lo que fallecieron quince personas, entre ellas, Ma Teresa Lira Infante y María Elena Sánchez Lira, quienes eran madre y hermana de la víctima indirecta 1, respectivamente.
Omisiones de supervisar la construcción y mitigar los riesgos a la vida
42. El 16 de agosto de 2001, la SEDUVI emitió un Certificado Único de Zonificación en el que señaló que la zonificación del inmueble era Habitacional con comercio en planta baja, 8 niveles máximos de construcción, y que estaba permitido el uso de estación repetidora de comunicación celular en una superficie de 24m². El 29 de octubre de 2001, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes autorizó a una empresa de telecomunicaciones la instalación de tres antenas en el inmueble de mérito. Asimismo, mediante licencia única de construcción, la Delegación Cuauhtémoc autorizó la instalación de 3 mástiles sobre azotea de construcción existente, así como una caseta prefabricada para equipo computarizado para telefonía celular.
43. En octubre de 2004, el CENAPRED evaluó el inmueble y dictaminó que el edificio ubicado en la calle Simón Bolívar, colonia Obrera presentaba un nivel de daño y recomendó al dueño del mismo, reportar una evaluación del nivel de seguridad estructural desarrollado por un DRO. El 27 de octubre de 2010, la SEDUVI cambió la zonificación a máximo 4 niveles de construcción, reiterada el 27 de septiembre de 2015 y se prohibió el uso de suelo para Estaciones repetidoras de comunicación celular y servicios satelitales de télex, y radiolocalización en general, estaciones proveedoras de servicios de internet.
44. Sin embargo, después de haber realizado tales modificaciones de ordenamiento urbano y uso de suelo, ni la Delegación, ni SEDUVI, ni INVEA realizaron visitas de verificación a efecto de constatar que el dueño del inmueble realizara las adecuaciones y cumpliera con los cambios normativos. Al interior del edificio se encontraba maquinaria de la industria textil y, a pesar de los cambios en la zonificación, el edificio contaba con 4 pisos, la construcción parcial de un quinto piso, tres antenas, un anuncio y una torre de telecomunicaciones.
45. Derivado del sismo de 7 de septiembre de 2017, el 14 de septiembre de 2017, personal de la Inmobiliaria […]. revisó el edificio y concluyó que el edificio estaba en condiciones normales de ocupación y operación total, pero era necesaria una evaluación de la seguridad estructural, misma que no se realizó.
46. Después del sismo, el 9 septiembre de 2017, se dio inicio a la carpeta de investigación […], por el delito de responsabilidad de Directores Responsables de Obra, la cual se encuentra en trámite en la Coordinación Territorial de Procuración de Justicia y Seguridad Pública CUH-7 de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.
47. El 26 de diciembre de 2017, en un dictamen técnico suscrito por el Ingeniero Arquitecto Miguel López Bringas, Director Responsable de Obra, se concluyó que la causa del colapso del inmueble fue el sobrepeso que generó la construcción excedente y que la cimentación y soportes de desplante en planta baja no podían soportar el sobrepeso del 3º y 4º piso, más la construcción parcial del 5º piso; además de que el inmueble no contaba con un programa interno de protección civil ni con la constancia de seguridad estructural y visto bueno de seguridad y operación.
Falta de accesibilidad de la información
48. Aunado a lo anterior, es preciso mencionar que desde diciembre de 2014, la Delegación Cuauhtémoc no ha actualizado el Atlas de Riesgos Naturales Delegacional, por lo que cuenta únicamente con un atlas para el periodo 2012-2015, el cual no es de acceso público, como constató esta CDHDF.
Caso 2
Expediente CDHDF/III/122/CUAUH/18/D1308
Víctima directa: Víctima 3
Víctima indirecta: Víctima indirecta 2
49. El 19 de septiembre de 2017, como consecuencia del sismo acaecido en la Ciudad de México, el edificio de oficinas, ubicado en la calle Álvaro Obregón 286, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, colapsó, causando la muerte de 49 personas, por aplastamiento, entre ellas la de la víctima 3, hijo de la víctima indirecta 2.
Omisiones de supervisar la construcción y mitigar los riesgos a la vida
50. El edificio fue construido con una autorización de autoridades del entonces Distrito Federal para 6 seis niveles, incluyendo la planta baja, de acuerdo a la Licencia de Construcción N. 1/2291/59 de fecha 14 de mayo de 1959, a la solicitud de Alineamiento Número Oficial de 30 de marzo de 1959, y a la Manifestación de 19 de diciembre de 1960. Sin embargo, los propietarios del inmueble, sin supervisión de la autoridad delegacional, realizaron modificaciones en la construcción, que conllevaron una ocupación mayor que la original y, por tanto, mayor peso que el considerado en el diseño y cálculo originales del edificio, así como en la autorización de zonificación y construcción. La Delegación Cuauhtémoc informó a esta CDHDF que no cuenta con autorizaciones de modificaciones estructurales al inmueble, ni información sobre los Directores Responsables de Obra o Corresponsables que avalaron los cambios realizados al inmueble.
51. El 4 de abril de 1997, el ingeniero Pedro Urzúa Rodríguez, Director de Estudios Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios del entonces Departamento del Distrito Federal (SOBSE) hizo de conocimiento de la Dirección de Administración de la Secretaría de Transporte y Vialidad del Departamento del Distrito Federal (ahora Secretaría de Movilidad, SEMOVI), que el edificio tenía ya construido 7 niveles, es decir, Planta Baja más seis niveles; además de estipular claramente el riesgo del inmueble, dado que desde entonces éste presentaba un asentamiento hacia el oriente de aproximadamente 15 cm lo que ocasionó un desplome del edificio originando que estuviera en contacto con el edificio marcado con el número 284 de la misma calle de Álvaro Obregón, por lo que señaló, explícitamente, que en esas condiciones existía peligro de que ambas estructuras chocaran ante la acción de un sismo intenso, recomendando no rentar dicha estructura. Sin embargo, el edificio era arrendado como oficinas, y ni SOBSE ni SEMOVI dieron vista a la autoridad competente respecto de los riesgos que presentaba el inmueble y que eran de su conocimiento.
52. En un dictamen técnico realizado por un arquitecto y un ingeniero civil, el 28 de noviembre de 2017, se determinó que, la construcción del séptimo nivel no fue calculada y que se realizó entre el 29 de junio de 1994 y abril de 1997, con lo cual se modificaron las condiciones de Seguridad y Estabilidad Estructural del Inmueble. También se concluyó que el edificio no estuvo diseñado para soportar una sobrecarga sísmica de un nivel adicional, más la sobrecarga propia de un uso de suelo (oficinas) con mayor carga viva que la otorgada originalmente (habitacional) y el cuarto de máquinas y tinacos en la azotea. Además, no existe ningún antecedente que se haya recalculado la estructura para verificar que soportara estas nuevas y mayores solicitaciones.
53. La falta de seguridad estructural, no supervisada por la autoridad, fue confirmada mediante un comunicado público realizado por la dueña de la Inmobiliaria […], con fecha 8 de noviembre de 2017 en donde se aseveró que “ […] el inmueble fue construido con una técnica de losas nervadas y casetones aligerados, columnas y trabes, “por lo que su diseño estructural no contaba ni requería muros de carga”, irregularidad que comprometió el colapso del inmueble y generó la pérdida de vida de 49 personas; aunado a las precisiones señaladas en la carpeta de investigación […], las cuales manifiestan que el edificio se cimbraba constantemente, con el paso de los camiones. Asimismo, se señaló que el grosor de las losas del inmueble era mayor al promedio de las construcciones, con lo cual se aumentó el peso del edificio.
Falta de información a las familias de las víctimas
54. Desde el 19 de septiembre se hicieron presentes en el inmueble de Álvaro Obregón, familiares de las víctimas, entre éstas la víctima indirecta 2, padre de la víctima 3 que falleció por el derrumbe del edificio, el cual señaló que al lugar acudió el servidor público Humberto Morgan Colón, quien en ese momento se identificó como Coordinador de Asesores de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, persona que emitió una serie de comunicados que generaron desinformación hacia los familiares respecto de las autoridades responsables encargadas de las actividades de rescate de personas y del manejo de cuerpos, aunado a la falta de información sobre la imposibilidad de que ingresara la brigada de los topos.
55. Las víctimas no tuvieron certeza sobre qué autoridades intervinieron en las operaciones de rescate, si éstas estuvieron a cargo del Director Ejecutivo del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas (ERUM), Lic. Guido Sánchez Cohello, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública de la ciudad de México, ni cuántos cuerpos habían sido encontrados, si habían sido entregados y a quién.
Caso 3
Expediente CDHDF/III/121/BJ/17/D8088
Víctima directa: Candelaria Tovilla Montoya (víctima 4)
Víctima indirecta: Carlos Tovilla Montoya (víctima indirecta 3)
56. Derivado del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, el edificio ubicado en la calle Saratoga #714, colonia Portales Sur, delegación Benito Juárez, colapsó y en el mismo quedó atrapada la víctima Candelaria Tovilla Montoya, mujer indígena que laboraba como trabajadora del hogar en uno de los departamentos de ese edificio, y era madre de la víctima indirecta 3.
Falta de información clara y confiable
57. Al tener conocimiento de la situación, en la noche de ese día, la víctima indirecta 3 acudió al inmueble. Las personas que ahí se encontraban le dijeron que su madre, víctima 4, continuaba atrapada en el edificio, y la víctima indirecta 3 refiere que escuchó gritos de auxilio. El lugar se encontraba resguardado por personal de SEDENA y estaban presentes algunos elementos de la SSP.
58. Entre las 2:00 y las 3:30 horas del 20 de septiembre, militares le comentaron a la víctima indirecta 3 que su madre continuaba con vida, mientras que el personal de las autoridades de la CDMX no le proporcionó información alguna.
59. Dicha servidora pública solicitó apoyo de diversas dependencias para que evaluaran el inmueble dañado, y a las 10:00 horas del 20 de septiembre, se presentó en el lugar el ingeniero José Alberto Islas Labastida, Director de Servicios y Mejoramiento Urbano de la Delegación Benito Juárez; únicamente manifestó que el inmueble se encontraba en riesgo alto, sin que se coordinara con las autoridades locales presentes ni le brindara información a la víctima indirecta 3.
60. A las 12:30 p.m., se presentó en el lugar personal del Sistema Nacional de Protección Civil, quienes evaluaron el lugar y mencionaron el peligro de los tanques de gas que se encontraban en dicho lugar, sin que esto le fuera informado de manera clara a la víctima indirecta 3 por parte de las autoridades locales. A su vez, llegó personal de la Secretaría de Protección Civil de la CDMX, como responsable Roberto Trejo Marrón, y realizó una inspección ocular. La servidora pública de la Secretaría de Gobierno les informó de la ubicación del tanque de gas y solicitó apoyo para mitigar ese riesgo con maquinaria.
61. A las 13:30 horas, llegó personal de la Secretaría de Seguridad Pública de la CDMX, al mando del Subsecretario Luis Rosales Gamboa, Subsecretario Fernando Badillo y el Director General de Agrupamientos Metropolitanos, para apoyar el acordonamiento con la SEDENA. Asimismo, personal de la Secretaría de Gobierno de la CDMX ingresó a una inspección ocular desde el predio adjunto y solicitó el apoyo de binomios caninos para la búsqueda de una persona atrapada. A las 14:00 horas, rescatistas ingresaron al inmueble para buscar personas atrapadas, y a las 14:30 pm, se iniciaron labores de mitigación de riesgo con maquinaria pesada, para bajar el tanque de gas.
62. Es hasta las 15:50 horas del 20 de septiembre que las autoridades locales le informaron a la víctima indirecta 3 que su familiar ya no se encontraba con vida. A las 16:10 horas, arribó al lugar un equipo de rescate de la Cruz Roja Nacional y Áreas Colapsadas, con aparatos de búsqueda y canes, que fueron enviados por el Director General del C5, el licenciado Indris Rodríguez Zapata, ya que se recibió una llamada al 911 reportando a una persona atrapada. El personal de la Cruz Roja ingresó al edificio colapsado y sus alrededores e informaron a Directora de Asuntos Sociales de la Secretaría de Gobierno, que la persona que se encontraba atrapada ya no tenía vida y que el área donde se encontraba era de alto riesgo, ya que la estructura del edificio estaba muy débil.
63. A las 17:00 horas del 20 de septiembre, volvió al lugar el Director de Servicios y Mejoramiento Urbano de la Delegación Benito Juárez, manifestó que había varias prioridades en la demarcación y se retiró del lugar junto con el personal que había permanecido en el sitio. A las 17:30 horas, personal de Protección Civil CDMX, SSP, y Secretaría de Gobierno, informaron a las personas que habitaban el inmueble el riesgo del mismo y que no existiría demolición hasta en tanto no fuera determinado por un DRO acreditado para la revisión estructural.
64. Aproximadamente a las 11:15 horas del 21 de septiembre, se encontraba en el lugar personal de la unidad de Protección Civil de la Delegación Benito Juárez y personal de SSP, y llegaron al sitio rescatistas de la agrupación Topos Azteca. Aproximadamente a mediodía del 21 de septiembre del 2017, los rescatistas de la agrupación Topos Azteca ingresaron al edificio colapsado y comenzaron a realizar su labor de rescate, la cual culminó horas después con el rescate del cuerpo sin vida de la señora Candelaria Tovilla Montoya. Uno de los rescatistas le dijo a la víctima indirecta 3 que por su experiencia, su madre tenía poco tiempo de haber fallecido, sin que las autoridades locales le aclaran a la víctima indirecta 3 la divergencia en la información.
Caso 4
Expedientes CDHDF/III/122/TLAH/17/D6794
Víctimas directas: Mercedes García Ruiz (víctima 5), víctima 6, Carolina García Bernal (víctima 7), Ana María Martínez González (víctima 8), víctima 9, víctima 10, y personas habitantes de las Unidades Habitacionales Villa Centroamericana y del Caribe, Villa de los Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal y colonia Del Mar, Delegación Tláhuac
Omisión de garantizar que las viviendas sean construidas en suelo seguro
65. Derivado de los sismos ocurridos el 7 y 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México, aproximadamente el 80% de la Delegación Tláhuac sufrió afectaciones por la condición del suelo. Las viviendas ubicadas en las unidades habitacionales Villa Centroamericana, Villa de los Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal y colonia Del Mar, en la delegación Tláhuac, sufrieron diversos daños; en las avenidas, calles y andadores se generaron severos hundimientos y fracturas, pues las viviendas se encuentran en una zona con fallas y grietas geológicas, sin que la Delegación, ni la Secretaría de Protección Civil de la CDMX, ni SEDUVI evitaran la construcción de viviendas en una zona de riesgo geológico o adoptaran medidas de mitigación ante el tipo de suelo que se presentaba.
66. Después de ocurrido el sismo, las personas habitantes de las unidades habitacionales Villa Centroamericana, Villa de los Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal y de la colonia Del Mar, solicitaron a las autoridades capitalinas una visita urgente, y la práctica de estudios de mecánica de suelos, para tener certeza sobre si es seguro reconstruir sus viviendas en la zona. El 28 de septiembre de 2017, solicitaron por escrito al Jefe de Gobierno de la CDMX que se realicen estudios de levantamiento y cartografía estructural con enfoque de riesgo geológico, además de estudios geofísicos.
67. Personal de la Delegación Tláhuac y de la Secretaría de Protección Civil de la CDMX realizó el barrido censal en las viviendas de las unidades y colonias antes precisadas, para realizar evaluaciones rápidas post-sismos, cuyos resultados arrojaron: en la Colonia del Mar, 339 folios rojos (alto riesgo) y 459 folios amarillos (riesgo medio); en Villa Centroamericana, 21 folios rojos y 23 amarillos; en la Villa de los Trabajadores, 2 folios amarillos. Además, en las evaluaciones, 170 viviendas en la colonia del Mar fueron clasificadas como “seguridad incierta”, recomendando estudio del subsuelo; mientras que en la Villa Centroamericana, 11 viviendas fueron clasificadas de la misma forma, señalando que se requiere evaluación detallada, sin que a la fecha se hayan realizado tales evaluaciones.
68. El 16 de octubre de 2017, el Instituto de Geología de la UNAM emitió una opinión técnica preliminar, señalando que se detectaron agrietamientos y hundimientos, derivados de la sobreexplotación del acuífero, pero agravadas por el sismo, principalmente en las colonias Centroamericana y del Caribe, Del Mar, Trabajadores y Metropolitana Agrícola; observaron fracturas en viviendas, patios y calles, destrucción de viviendas y ruptura de tuberías. Se recomendaron estudios más detallados, entre otros, estudios geotécnicos, geohidrológicos y del entorno geológico-geofísico de la región, con la finalidad de conocer la dinámica de formación y generación de nuevos agrietamientos para determinar políticas de desarrollo urbano en la zona, y actualizar el atlas de riesgo.
69. El 31 de octubre de 2017, Antonio Rangel Lara, Director de Protección Civil, informó a Fausto Lugo García, Secretario de Protección Civil de la CDMX, que de acuerdo al atlas de riesgos se tenían identificadas diferentes grietas y fallas geológicas en esa zona, desde antes del sismo, y que derivado del mismo se presentaron grietas adyacentes y paralelas que afectaron a viviendas, y solicitó a esa Secretaría de Protección Civil de la CDMX que realizara un estudio geotécnico, a efecto de valorar la permanencia de las viviendas afectadas o alternativas de restauración o reconstrucción.
70. El 20 de junio de 2018, el Director de Protección Civil en la Delegación Tláhuac informó que solicitó la intervención del Instituto de Ingeniería de la UNAM para que realizara estudios geotécnicos y geofísicos en la zona, a efecto de establecer la vulnerabilidad y riesgos de dichos sitios derivado de las grietas; solicitud que se encuentra en proceso de atención, sin que la Delegación haya adoptado otras medidas para la emisión de los dictámenes requeridos para conocer el estado del subsuelo.
71. El 17 de agosto de 2018, la Delegación Tláhuac informó a esta CDHDF que el 2 de mayo de 2018 se solicitó a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, la autorización multianual para contratar los estudios geotécnicos, geofísicos y geológicos, misma que fue aprobada de manera excepcional el 29 de junio de 2018.
72. Sin embargo, a la fecha, ni la Delegación ni la Secretaría de Protección Civil, ni el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, han realizado los estudios correspondientes para que las víctimas tengan certeza sobre el grado de riesgo de sus viviendas, si podrán seguir habitándolas o reconstruirlas, mientras que las viviendas continúan deteriorándose, no han podido utilizar los materiales de construcción que algunos recibieron, y las víctimas siguen viviendo en sus inmuebles a pesar del riesgo incierto que representa vivir en una zona de agrietamiento del subsuelo y fallas geológicas.
Unidad Villa Centroamericana
73. La Delegación tenía antecedentes de riesgos en la Unidad Villa Centroamericana. La víctima Ana María Martínez González solicitó el 4 de marzo de 2015 la revisión de su vivienda ubicada en la Unidad Villa Centroamericana a la Dirección de Protección Civil de la Delegación Tláhuac, la cual realizó una inspección ocular de la vivienda y observó una fractura en el estacionamiento, sin embargo, concluyó que no generaba riesgo, opinión técnica reiterada el 4 de enero de 2017, a pesar de la existencia de nuevas fracturas. Ante la falta de explicación sobre el origen de las grietas, las condiciones del subsuelo y la habitabilidad de la zona, el 7 de marzo de 2017, mediante escrito recibido en la oficialía de partes de la delegación Tláhuac el 10 de abril de 2017, la víctima volvió a solicitar a la Delegación que emitiera un dictamen y que verificara que no hubiera fugas para evitar un socavón, sin que obre constancia de que se atendiera su solicitud. Después del sismo del 19 de septiembre de 2017, la Dirección de Protección Civil de la Delegación realizó una inspección post-sísmica del inmueble de la víctima, el 27 de septiembre de 2017, calificándolo como edificación insegura, por múltiples grietas en elementos estructurales y posible falla geológica, recomendando demolición.
74. Asimismo, en una nota informativa de peritos privados, elaborada el 20 de febrero de 2018, se asentó que las grietas que atraviesan la Unidad Villa Centroamericana se relacionan con la falla geológica que existe en la zona, afectando edificios, jardines, estacionamientos, arroyo vehicular, banquetas, campo de futbol y el hospital general.
75. Posteriormente, en mayo de 2018, otro perito particular emitió un Primer Reporte Geotécnico, estudio de mecánica de suelos del Edificio 9-C de la Unidad Habitacional Villa Centroamericana, y señaló que antes de construir viviendas en la zona, se recomienda realizar en el terreno un tratamiento especial para mitigar el efecto de las grietas que existen y las que pudieran surgir; y señaló que se debe utilizar una losa de cimentación rigidizada con contra trabes, y evitar construir sobre las grietas.
Falta de certeza respecto de los riesgos de la vivienda
76. Las viviendas de diversas víctimas que habitan en Villa Centroamericana, Villa de los Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal y en la colonia Del Mar, en la delegación Tláhuac, fueron evaluadas por la Dirección de Protección Civil de la Delegación; sin embargo, en algunos casos no cuentan con dictamen de seguridad estructural o sus resultados son contradictorios, por lo que no tienen certeza sobre los daños que presenta su inmueble, el nivel de riesgo y las acciones a realizar.
77. El 9 de diciembre de 2017, y 2 de enero de 2018, personal de la Dirección de Protección Civil de la Delegación Tláhuac realizó una evaluación rápida post-sísmica de la vivienda de la víctima Mercedes García Ruiz, ubicada en la colonia del Mar, la clasificó como “edificación insegura” y recomendó el reforzamiento de las bardas y la reparación de la grieta en el patio y en la sala. Sin embargo, en la Plataforma CDMX, su inmueble aparece con riesgo en proceso.
78. De forma similar, el 20 de septiembre de 2017, la Dirección de Protección Civil de la Delegación Tláhuac realizó una evaluación rápida post-sísmica de la vivienda de la víctima 6, ubicada en la Colonia del Mar, en cuya ficha se asentó como clasificación global “cuidado”. Posteriormente, el 23 de octubre de 2017, SEDUVI le entregó un formato de Inspección Post sísmica, que clasifica su inmueble en amarillo y sugiere apuntalar sala y recámaras para hacer reparación de muros de carga.
79. Sin embargo, a la fecha, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, la Delegación Tláhuac, SEDUVI, la Secretaría de Protección Civil de la CDMX no han realizado el dictamen de seguridad estructural de las viviendas de las víctimas 5 y 6, para determinar con certeza el riesgo y las acciones a realizar.
80. También, el 20 de septiembre de 2017, la Dirección de Protección Civil de la Delegación Tláhuac realizó una inspección post-sísmica de la vivienda de la víctima 10, ubicada en la colonia del Mar, y la clasificó como “edificación insegura” que requiere evaluación detallada estructural. Tres días después en otra inspección post-sísmica, la Delegación Tláhuac la clasificó como “cuidado”, peligro de derrumbe por inmueble colindante dañado. Y actualmente, aparece en la Plataforma CDMX como riesgo medio.
81. Por su parte, el 3 de octubre de 2017, personal de protección civil de la Delegación Tláhuac realizó una inspección en la vivienda de la víctima Carolina García Bernal, ubicada en la Colonia del Mar, y la clasificó de manera global como edificación segura, que no requiere revisión futura. No obstante, en la evaluación rápida elaborada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el 9 de diciembre de 2017 clasificó el inmueble en color rojo y concluyó que era de riesgo alto, por hundimiento de piso y otros daños estructurales y que debía ser demolida. Posteriormente, el 11 de mayo de 2018, la vivienda fue nuevamente inspeccionada, ahora por SOBSE, y fue clasificada en código amarillo por daño estructural sin peligro de colapso, sin que la víctima tenga certeza sobre el verdadero grado de riesgo de su vivienda. El 16 de agosto de 2018, esta CDHDF consultó la Plataforma CDMX en donde el inmueble aparece clasificado en color rojo, propuesto para demolición, con base en una valoración post-sísmica elaborada por un DRO.
82. Asimismo, la Dirección de Protección Civil de la Delegación Tláhuac realizó una primera inspección post-sísmica del inmueble de la víctima Ana María Martínez González, en la Unidad Habitacional Villa Centroamericana y del Caribe, calificándolo como edificación insegura, por múltiples grietas en elementos estructurales y posible falla geológica, recomendando demolición. El 25 de septiembre de 2017, el personal de la misma Dirección realizó otra evaluación de la vivienda y la clasificó como edificación insegura, área insegura, cuidado, observando desprendimiento de losa y de trabes. Sin embargo, el 16 de octubre de 2017 y el 17 de noviembre de 2017, personal de la Secretaría de Protección Civil de la CDMX clasificó el inmueble como riesgo bajo. Pero el 16 de mayo de 2018, en otra inspección post-sísmica, realizada por la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la delegación Tláhuac su vivienda fue clasificada con riesgo alto (rojo), seguridad incierta, por inclinación derivada de las deformaciones del terreno a causa de fallas geológicas en la zona.
83. Derivado de lo anterior, el 20 de junio de 2018, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones informó al Comité de Emergencias de Protección Civil de la CDMX que el edificio se considera en alto riesgo de colapso, y que no podrá ser ocupado; ya que, a pesar de que ha recibido buen mantenimiento, presenta agrietamientos y un hundimiento importante del piso, producto de la aparición de una grieta de tensión en el subsuelo que atraviesa el predio, y a raíz de los sismos recientes, sufrió daños estructurales y agravamiento de las grietas, dejando al inmueble vulnerable ante cualquier sismo de magnitud importante; y recomendó que se realizara un estudio de mecánica de suelos y un estudio geofísico de la grieta, para poder determinar el futuro uso del predio. Por las contradicciones entre los diversos dictámenes emitidos, la víctima Ana María Martínez González carece de certeza sobre el grado de riesgo de su inmueble y las acciones a realizar y continúa viviendo en el inmueble, al no tener un lugar en dónde vivir, por lo que continúa viviendo en el inmueble a pesar del riesgo.
84. Asimismo, en el caso de la vivienda de la víctima 9, ubicada en la colonia del Mar, el 13 de octubre de 2017, personal de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, del Instituto para la Seguridad de las Construcciones, de la Secretaría de Protección Civil y de la Secretaría de Obras y Servicios realizó una inspección post-sísmica y clasificó el inmueble como “seguridad incierta”, por lo que se recomendó una evaluación más detallada por un Director Responsable de Obra, así como apuntalar su inmueble, ya que señaló que a la hora de revisión óptica se observó una severa inclinación en el inmueble, principalmente en primer nivel de losa. El 30 de mayo de 2018, la Secretaría de Desarrollo Social informó que el inmueble cuenta con un dictamen de un DRO, en el que se calificó con el color ámbar que indica que está en proceso de atención. Mientras que el 10 de agosto de 2018, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones calificó el inmueble como riesgo bajo.
85. Derivado de lo anterior, las víctimas 5, 6, 7, 8, 9 y 10 no tienen certeza sobre el riesgo que presenta su vivienda y las acciones a realizar.
Caso 5
Expedientes CDHDF/III/122/IZTP/18/D2226 y CDHDF/III/121/IZTP/18/D4465
Víctimas directas: Víctima 11 y personas habitantes de la Unidad Habitacional Cananea, Delegación Iztapalapa
Omisión de garantizar que las viviendas sean construidas en suelo seguro
86.Como consecuencia del sismo ocurrido en la Ciudad de México el 19 de septiembre del 2017, la Unidad Habitacional Cananea, ubicada en la Colonia el Molino, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México, resultó dañada en la infraestructura, presentando grietas en calles y viviendas. A pesar de que consta en el Atlas Delegacional de Riesgos que la Unidad se encuentra cercana a zonas de peligro por fracturas en el subsuelo, ni la Delegación ni la Secretaría de Protección Civil de la CDMX ni SEDUVI adoptaron medidas de prevención o mitigación de riesgos ante la construcción de viviendas en esta zona insegura.
87. El 9 de enero de 2018, el Director de Protección Civil de la Delegación Iztapalapa informó que, de acuerdo con el Atlas Delegacional de Riesgos, desde antes del sismo, se tenía conocimiento que la Unidad Habitacional se localiza próxima a zonas de peligro por fracturas en el subsuelo, por lo que señaló la necesidad de realizar un estudio geológico por posible peligro geológico.
88. El 27 de julio de 2018, el ingeniero Edgar Oswaldo Tungui Rodríguez, Comisionado para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, solicitó al Presidente Ejecutivo del Centro Económico y Social de la Ciudad de México, la realización de un estudio geológico en la Unidad Habitacional Cananea, a fin de conocer la situación del suelo; no obstante se está en espera de su realización y las personas habitantes de la Unidad Habitacional Cananea continúan viviendo ahí, en incertidumbre sobre la habitabilidad de sus viviendas, las condiciones del subsuelo y la viabilidad de la reconstrucción.
Falta de accesibilidad de la información
89. Dentro de las viviendas afectadas en la Unidad Habitacional Cananea, se encuentra la de la víctima 11. El 9 de enero de 2018, su vivienda fue calificada por la Dirección de Protección Civil de la Delegación Iztapalapa, con un nivel de riesgo medio por vulnerabilidad estructural y peligro geológico, por lo que se recomendó reforzar la estructura y no utilizar el inmueble, hasta contar con un proyecto de mitigación de riesgos que garantice la estabilidad del inmueble.
90. Sin embargo, el personal de la Delegación Iztapalapa no explicó a la víctima el procedimiento a seguir para realizar la mitigación del riesgo geológico y rehabilitación de sus viviendas, ni le ha brindado certeza sobre el peligro de la zona. Incluso, a la víctima 11, el personal delegacional le dio algunos materiales para reparaciones pero omitieron proporcionar la información del proceso a seguir, señalando que necesitaba una opinión técnica de un DRO. Por lo tanto, ella solicitó a SEDUVI la visita de un especialista para revisar el inmueble, y el 14 de mayo de 2018 un DRO con número 1545 ante SEDUVI, volvió a evaluar su vivienda y la calificó en riesgo medio (amarillo), apta para rehabilitación mediante reforzamientos puntuales y condicionado al estudio geológico. Sin embargo, el 31 de julio de 2018, SEDUVI informó que el dictamen antes referido clasificó el inmueble en verde, acentuando la falta de información clara sobre el proceso de reconstrucción.
Caso 6
Expedientes CDHDF/III/122/IZTP/15/D4269
Víctimas directas: Personas habitantes de la colonia Santa Martha Acatitla, delegación Iztapalapa
Omisión de garantizar que las viviendas sean construidas en un suelo seguro
91. Personas habitantes de la colonia Santa Martha Acatitla, delegación Iztapalapa, Ciudad de México, se han visto afectadas por las distintas grietas y socavones que existen en su colonia, situación que se agravó con el sismo del 19 de septiembre de 2017.
92. Antes del sismo, en octubre de 2014, en el Foro “Grietas en Iztapalapa Actualización del Atlas de Riesgo”, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, las autoridades capitalinas tuvieron conocimiento de un diagnóstico que reveló mil 71 manifestaciones de grietas en la Delegación Iztapalapa, así como 15 mil viviendas afectadas por tales fracturas, en 40 colonias o unidades habitacionales de la demarcación, entre ellas, Santa Martha Acatitla Sur, Santa Martha Acatitla Norte y Pueblo de Santa Martha Acatitla. Durante el foro, diputadas y diputados señalaron que la Delegación había omitido alinear sus programas para mitigar los efectos del problema o en su defecto para gestionar la atención en otros niveles de gobierno.
93. Asimismo, en 2015, personas habitantes de la colonia Santa Martha Acatitla Sur solicitaron al entonces Jefe Delegacional en Iztapalapa detectar y analizar el riesgo de las calles Claudio Alcocer, Francisco Manríquez, Emilio Madero y Calzada Ignacio Zaragoza, en atención a las diversas grietas y hundimientos existentes en la colonia. Dicha solicitud fue canalizada a la Jefatura de Unidad Departamental de Seguimiento y Evaluación de Siniestros de la Delegación.
94. El 11 de junio de 2015, la Dirección de Protección Civil de la Delegación Iztapalapa emitió el resultado de la visita ocular realizada a una vivienda en la calle de Francisco Manriquez, señalando que se trata de una zona lacustre, de acuerdo al Atlas de Riesgos de la Delegación Iztapalapa, afectada principalmente por problemas de deformación del subsuelo que se manifiestan en desplazamiento de bloques volcánicos, hundimiento y fracturas, siendo entonces que la zona es afectada por una trayectoria de grietas en combinación con las fugas, las modificaciones y deficiencias constructivas y sismos, que afectan el sistema estructural de las viviendas. Incluso se concluyó que la vivienda dictaminada se encuentra en Alto Riesgo de carácter geológico constructivo, y se recomendó mejorar el terreno mediante un relleno de tepetate sano en toda la zona de afectación y colocar firmes. Sin embargo, no obra constancia de la aplicación de tales medidas por parte de tal autoridad para la mitigación de esos riesgos de la zona, que eran de conocimiento de la Delegación.
95. En enero y marzo de 2017, la Dirección de Protección Civil de la Delegación Iztapalapa, realizó visitas oculares en otras dos vivienda de la zona, y volvió a identificar que se trata de una zona de influencia de fracturas del subsuelo, deformación y subsidencia, y que el riesgo era inminente y de tipo geológico constructivo, recomendando el desazolve de la red interna de drenaje, así como un sondeo en forma inmediata y de manera constante al sistema hidrosanitario.
96. Derivado de tales evaluaciones, personas habitantes de la zona solicitaron a la Delegación que se realizaran trabajos de alineación de la calle, sin embargo la Delegación Iztapalapa no lo efectuó.
97. Después del sismo de 19 de septiembre de 2017, la problemática se acentuó, por el agravamiento o aparición de socavones y grietas que causaron fracturas en numerosas viviendas.
98. El 21 de diciembre de 2017, el Director de Protección Civil de la delegación Iztapalapa emitió una Opinión Técnica de Riesgo Geológico y concluyó que en la zona existen una serie de fracturas someras que se asocian a la deformación característica de la zona, y recomendó revisar el sistema hidráulico del lugar, sustituir la tubería de concreto por polietileno de alta densidad, aperturar las zanjas, rellenar la fractura y colocar tepetate sano humedecido.
99. No obstante, la Delegación no ha realizado tales acciones ni ha adoptado otras medidas de mitigación del riesgo que es de su conocimiento desde 2014 y que se agravó en septiembre de 2017, para brindar certeza tanto a las personas que habitan la zona, como a las personas que tienen negocios en la misma, así como verificar si el paso de vehículos pesados y el uso de suelo de compraventa de artículos y materiales de ferretería y construcción en la zona tienen un impacto negativo en el suelo y en la seguridad de las personas. Tampoco obra constancia de que la Secretaría de Obras y Servicios haya atendido las recomendaciones sobre el desazolve del drenaje y el sondeo del sistema hidrosanitario.
Caso 7
Expediente CDHDF/III/121/IZTP/18/D3836
Víctima directa: Ana María Solís González (víctima 12)
Omisión de garantizar que las viviendas sean construidas en suelo seguro
100. La víctima es una persona mayor que habita con su familia en una casa ubicada en la colonia Leyes de Reforma, tercera sección, delegación Iztapalapa. Desde el 2 de junio de 2016, la víctima Ana María Solís González solicitó a la Delegación Iztapalapa que realizara un estudio del subsuelo derivado de la existencia de grietas en su vivienda, patio, azotea, muros y calle, situación que se agravó con motivo del sismo ocurrido el 19 de septiembre del año anterior.
101. El 30 de junio de 2016, personal de Protección Civil de la Delegación Iztapalapa emitió una opinión técnica de riesgo en materia de protección civil respecto de la vivienda de la víctima, y determinó que el inmueble presentaba un nivel de riesgo alto de tipo geológico constructivo, y recomendó realizar reparaciones de las redes hidráulicas del inmueble para evitar fugas, hacer apuntalamientos y rellenos de grietas, y reestructurar para resistir las acciones de efectos sísmicos.
102. En mayo de 2016, después de fuertes lluvias, se amplió la grieta que atraviesa las recámaras, patio, barda y banqueta hasta la mitad de la calle, sin que la autoridad delegacional les explicara el riesgo geológico y adoptara medidas de mitigación. Posteriormente, con el sismo, la profundidad de la grieta y el hundimiento de su vivienda aumentaron.
103. El 9 de marzo de 2018, personal del Centro de Evaluación de Riesgos Geológicos de Protección Civil de la Delegación, realizó una visita señalando que un socavón se encontraba dañando parte de la infraestructura urbana así como la vivienda de la víctima, motivo por el que se realizó un estudio de georadar en la calle, determinando que la zona es lacustre, lo cual, aunado a la extracción de agua y al tránsito de vehículos pesados, se puede acelerar el proceso de hundimiento del terreno, socavones y fracturas ligadas a zonas de inundación. Como recomendaciones de dicho estudio se indicó reparar el socavón, mismo que se encuentra ahora cubierto con tierra, así como revisar el sistema hidráulico del lugar, a fin de identificar y/o descartar la presencia de fugas de agua, ya que parte del agua podría infiltrarse de manera directa hacia el subsuelo lo que provocaría un aumento en la velocidad de la subsidencia del terreno así como de la propagación del fracturamiento de la zona.
104. Sin embargo, hasta el momento la víctima no tiene certeza respecto de la seguridad de su inmueble, derivado de la zona en la que se encuentra, ya que la autoridad delegacional no le ha proporcionado información clara sobre la situación del riesgo geológico de la zona.
Caso 8
Expedientes CDHDF/III/122/IZTP/18/D2099 y CDHDF/III/122/IZTP/18/D2231
Víctimas directas: Víctima 13), víctima 25, víctima 26 y Personas habitantes de la colonia Paraje Zacatepec, Delegación Iztapalapa
Omisión de mitigar riesgos conocidos
105. En octubre de 2014, se celebró el Foro “Grietas en Iztapalapa Actualización del Atlas de Riesgo”, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y se presentó un diagnóstico que reveló mil 71 manifestaciones de grietas en la Delegación Iztapalapa, así como 15 mil viviendas afectadas por tales fracturas, en 40 colonias o unidades habitacionales de la demarcación, entre ellas, la colonia Paraje Zacatepec. Durante el foro, diputadas y diputados señalaron que a pesar de la existencia de un centro de monitoreo de riesgos en la Delegación y del Atlas de Riesgo Delegacional, la Delegación había omitido alinear sus programas para mitigar los efectos del problema o en su defecto, para gestionar la atención en otros niveles de gobierno, aunado a que la Delegación carecía de un programa de sustitución de la red de drenaje sistematizado en zonas de grietas y hundimientos diferenciales.
106. El 10 de septiembre de 2017, diputadas y diputados de la Asamblea Legislativa solicitaron a la Delegada en Iztapalapa que realizara una revisión y un diagnóstico de la red hidráulica de la demarcación, a efecto de prevenir y mitigar los riesgos asociados a la inestabilidad del suelo de esa zona, tales como la aparición de socavones.
107. Posteriormente, personas habitantes de la colonia Paraje Zacatepec en Ermita Iztapalapa solicitaron a la Delegación Iztapalapa que revisaran la zona por el fracturamiento del suelo derivado del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017. En atención a la solicitud, la Delegación Iztapalapa realizó un estudio geofísico de las colonias Chamizal, Cerrada Cerro de la Estrella, Cerro de la Estrella y Cerro Bonetes, en la colonia Paraje Zacatepec de la Dirección Territorial Ermita Zaragoza.
108. En el estudio se identificó que las características del subsuelo son propensas a seguir desarrollando afectaciones en la superficie, y se recomendaron obras de mitigación como reparación de banquetas y guarniciones afectadas por el fracturamiento, renivelación y reencarpetamiento de las calles para evitar la libre filtración de agua al subsuelo que podría provocar socavones mayores.
109. Sin embargo, no obra constancia de que la Delegación haya llevado a cabo ni antes ni después del sismo, medidas para mitigar los efectos de la problemática identificada en la zona, incluso a pesar de que desde 2014, era de conocimiento de las autoridades capitalinas que Paraje Zacatepec es una de las colonias afectadas por fracturas y socavones en la delegación Iztapalapa y que sus habitantes están en riesgo.
Información contradictoria sobre el riesgo de la vivienda
110. Derivado del sismo, la vivienda de las víctimas 25 y 26, ubicada en la colonia Paraje Zacatepec, resultó afectada. El 9 de febrero de 2018, personal de Protección Civil de la Delegación Iztapalapa realizó un dictamen técnico en materia de protección civil y clasificó la vivienda con un riesgo bajo por vulnerabilidad estructural y recomendó su reparación. Sin embargo, en la forma de inspección post-sísmica-evaluación rápida del 2 de marzo de 2018, un arquitecto clasificó la vivienda con “seguridad incierta-ámbar/requiere revisión DRO”. El 20 de abril de 2018, dos DRO, autorizados por la SEDUVI, emitieron dictamen de daño post-sísmico de la vivienda, pero la clasificaron en verde y asentaron que no era necesaria otra visita. Nuevamente el 30 de abril de 2018, otro DRO, autorizado por la SEDUVI, emitió otro dictamen de daño post-sísmico, en el que se clasificó la vivienda en riesgo medio para rehabilitación mediante proyecto estructural. Mientras que actualmente en la Plataforma CDMX, consultada en agosto de 2018, aparece como riesgo bajo. Derivado de toda la información contradictoria sobre el riesgo de su vivienda, la víctima no tiene certeza sobre las acciones a realizar para su rehabilitación.
Falta de accesibilidad de la información
111. Derivado del sismo del 19 de septiembre de 2017, el inmueble de la víctima 13, ubicado en la colonia Paraje Zacatepec, resultó afectado, presentando hundimientos diferenciales leves, agrietamiento causado por el sismo y la escasez de castillos.
112. El 17 de abril de 2018, un Director Responsable de Obra emitió una valoración post-sísmica del inmueble, en hoja membretada por las Secretarías de Protección Civil, Desarrollo Urbano y Vivienda, Obras y Servicios, y el Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la CDMX, y clasificó el riesgo como medio, por daños severos en elementos no estructurales, concluyendo la necesidad de una revisión estructural detallada para posible reestructuración. Sin embargo, ninguna de las tres autoridades emisoras del dictamen le informaron a la víctima 13, el procedimiento a seguir para la rehabilitación de su inmueble.
Caso 9
Expediente: CDHDF/III/122/IZTP/18/D1421
Víctimas directas: víctima 14 y personas habitantes de la Unidad Habitacional Ermita Zaragoza, Delegación Iztapalapa
113. La víctima 14 habita en la Unidad Habitacional Ermita Zaragoza, Delegación Iztapalapa, y su vivienda presenta daños derivado del sismo ocurrido el 19 de septiembre del 2017.
Omisión de garantizar que las viviendas sean construidas en suelo seguro
114. Consta en el Atlas de Riesgos Naturales de la Delegación Iztapalapa de 2011, que desde entonces, la Delegación Iztapalapa tiene conocimiento que la Unidad Habitacional Ermita Zaragoza se ubica en una zona de fracturas geológicas y que desde 2008, es uno de los 28 puntos de movimiento crítico por el registro de actividad importante de fracturamiento por la activación de fallas. Asimismo, en octubre de 2014, durante el Foro “Grietas en Iztapalapa Actualización del Atlas de Riesgo”, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, fue del conocimiento de las autoridades capitalinas que la colonia Unidad Habitacional Ermita Zaragoza era una de las afectadas por grietas y hundimientos en la Delegación Iztapalapa.
115. El 10 de septiembre de 2017, diputadas y diputados de la Asamblea Legislativa solicitaron a la Delegada en Iztapalapa que realizara una revisión y un diagnóstico de la red hidráulica de la demarcación, a efecto de prevenir y mitigar los riesgos asociados a la inestabilidad del suelo de esa zona, tales como la aparición de socavones.
116. No obstante, la Delegación, la Secretaría de Protección Civil de la CDMX y SEDUVI permitieron la construcción de viviendas en esa zona de riesgo geológico sin adoptar medidas de mitigación ante este riesgo conocido por la autoridad, que con el sismo generó daños en numerosas viviendas de la Unidad Habitacional.
Falta de dictamen de seguridad estructural
117. El 21 de febrero de 2018, mediante Evaluación Rápida Postsísmica enviada a esta CDHDF por la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México, el inmueble de la víctima 14 fue clasificado como “seguridad incierta” y en las observaciones se asentó que era urgente una revisión por parte de un Director Responsable de Obra y un geólogo, ya que en el interior de su vivienda pasa una grieta geológica que le ha generado daños estructurales.
118. Sin embargo, a la fecha, ni el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, ni SEDUVI, ni la Delegación Iztapalapa ni la Secretaría de Protección Civil de la CDMX han emitido dictamen de seguridad estructural de la vivienda de la víctima 14, a pesar de que se los ha solicitado.
Información contradictoria
119. Si bien en la Evaluación Rápida Postsísmica se asentó que el inmueble de la víctima 14 presentaba “seguridad incierta”, el 8 de marzo de 2018, la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México informó que en dicha evaluación el resultado fue “riesgo medio (Edificio y/o área incierta)”, mientras que en la Plataforma CDMX no aparece ninguna información de la vivienda.
Caso 10, expediente CDHDF/III/122/BJ/18/D3484
Víctimas directas: Personas habitantes del edificio Zapata 56 (Residencial San José), colonia Portales
120. Derivado del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México, el edificio ubicado en la calle Zapata 56, colonia Portales, delegación Benito Juárez, se derrumbó parcialmente, motivo por el cual sus habitantes tuvieron que desalojarlo.
Falta de medidas para proteger la propiedad privada
121. El 13 de noviembre de 2017, el licenciado Armando Ramírez Solórzano, Director General Jurídico y de Gobierno de la Delegación Benito Juárez ordenó a la Dirección General de Servicios Urbanos, Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y Dirección General de Prevención del Delito, de la misma Delegación, que llevaran a cabo la demolición del inmueble. El 16 de noviembre de 2017, personal de la delegación notificó a la víctimas y demás personas habitantes del inmueble que se realizaría la demolición del edificio y que sus pertenencias serían etiquetadas, guardadas y posteriormente podrían recogerlas en la Delegación. Sin embargo, a la fecha no les han sido entregadas.
122. A pesar de lo anterior, personal de la delegación negó a esta CDHDF haber sido la autoridad encargada de llevar a cabo los trabajos de demolición del edificio, que fueron realizados por un tercero. Sin embargo, la Delegación Benito Juárez fue la autoridad responsable de la demolición y estuvo presente al momento de su realización. Incluso en los videos de la demolición realizada el miércoles 15 de noviembre de 2017, se observa la presencia de personal de la Delegación; aunado a que las personas habitantes del inmueble refieren que el Jefe Delegacional estuvo presente en la demolición el inmueble.
Caso 11
Expediente CDHDF/III/121/IZTAC/18/D2879
Víctimas directas: Lina Morales González (víctima 15), niño víctima 16, niña víctima 17, niña víctima 18, niño víctima 19, niño víctima 20, niño víctima 21, niña víctima 22, niño víctima 23 y José González Rangel (persona mayor víctima 24)
123. Con motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017, resultó dañada la vivienda de la víctima Lina Morales González, en la colonia Gabriel Ramos Millán, Delegación Iztacalco, donde habita con su familia, conformada por cinco niños y tres niñas; y una persona mayor, José González Rangel.
Información contradictoria y poco accesible
124. El 3 de noviembre de 2017, el Jefe de Unidad Departamental de Prevención adscrito a la Dirección General Jurídica y de Gobierno y Protección Civil de la Delegación Iztacalco, con base en una cédula de evaluación post sísmica, emitió una opinión técnica de riesgo sobre el inmueble de la víctima Lina Morales y lo clasificó como riesgo alto, sujeta a reforzamiento.
125. Dicha información fue remitida al Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México, cuyo personal emitió otra evaluación del inmueble el 8 de noviembre de 2017, en la que lo clasificó como edificación insegura, riesgo alto, señalando que era necesario demoler la vivienda.
126. El 28 de noviembre de 2017, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones informó que el 20 de septiembre de 2017 realizó una inspección ocular estructural al inmueble de la víctima, y lo calificó con alto riesgo, señalando que no podría ser ocupado en razón de la magnitud de los daños reportados, poniendo en riesgo la vida de sus ocupantes ante una nueva eventualidad sísmica; y que el inmueble debería ser sometido a un proyecto de reforzamiento estructural avalado por Corresponsable en Seguridad Estructura.
127. En razón de lo anterior, la víctima solicitó a la Delegación Iztacalco apoyo para realizar las acciones que recomendó dicho Instituto; sin embargo, la víctima derivado de no ha recibido información clara sobre la autoridad a la que debe acudir y el proceso a seguir para el reforzamiento de su vivienda.
128. La Delegación Iztacalco le brindó a la víctima como apoyo una estufa, 3 colchonetas y 6 cobijas, y sólo le dijeron que debía apegarse a cumplir con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la Aplicación del Procedimiento para la Rehabilitación Estructural Reconstrucción de Vivienda Unifamiliar y Vivienda Plurifamiliar en Conjunto Horizontal, y en Tabuladores de Pago de Proyectos de Rehabilitación, Reconstrucción para Inmuebles afectados por el fenómeno sísmico de 19 de septiembre de 2017.
129. A fecha, la víctima Lina Morales y su familia continúan viviendo en la edificación sin certeza del riesgo y habitabilidad de la misma.
Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Primero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 180, se presentará la actualización del Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. Dicho Atlas deberá contemplar de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológicos, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Cumplido |
Segundo. En un plazo de 15 días naturales, después de la presentación de la actualización del Atlas de Riesgo, éste deberá ser publicado en la página web de la Secretaría, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. | Aceptado | Cumplido |
Cuadragésimo. En un plazo que inicie a los 30 días naturales y culmine a los 30 días naturales, después de aceptada la Recomendación, la Secretaría de Gobierno, adoptará las medidas necesarias para coordinar con la Secretaría de Protección Civil, la Secretaría de Obras y Servicios, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Secretaria de Movilidad, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones y el Instituto de Verificación Administrativa; con el objetivo de llevar a cabo la realización de un acto de reconocimiento de responsabilidad en el que realice un posicionamiento, que considere como mínimo los siguientes puntos: a) Contexto de las violaciones a los derechos humanos contenidos en la presente Recomendación. b) Enfatice el compromiso de implementar medidas de prevención y mitigación para garantizar el derecho a la vida, a la integridad personal, a un nivel de vida adecuado y una vivienda adecuada de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México ante la magnitud de amenazas y riesgo por desastres naturales c) Reconozca la falta de coordinación e información para atender la emergencia, así como para dar certeza a la ciudadanía. |
Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Delegación Cuauhtémoc
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Tercero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimientos del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, con el objetivo de que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológicos, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como los grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Cuatro. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Trigésimo noveno. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 30 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, llevará a cabo una disculpa pública dirigida los habitantes de la demarcación territorial, a fin de reconocer la omisión en la que incurrieron al no garantizar, a través de las visitas de verificación, el derecho a la vida, a la integridad personal, a un nivel de vida adecuado y una vivienda adecuada de los habitantes. Haciendo mención a los edificios ubicados en la calle Simón Bolívar 168, esquina Chimalpopoca, colonia Obrera y Álvaro Obregón 286, colonia Roma. | Aceptado | Cumplido |
Delegación Benito Juárez
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Quinto. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimientos del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Sexto. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Iztapalapa
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Séptimo. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Octavo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Trigésimo quinto. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, a fin de garantizar el derecho a la vida, a la integridad personal, a un nivel de vida adecuado y una vivienda adecuada de los habitantes de la Delegación Iztapalapa, así como de las personas que transitan o laboran en dicha demarcación, llevará a cabo con carácter de urgente, de manera enunciativa y no limitativa, las gestiones necesarias para la implementación de los estudios de geología, geofísica, geotecnia y mecánica de suelo; así como de identificación de fallas, atención y tratamiento de grietas o cualquier otro estudio técnico, que permita identificar, entre otros, la magnitud de amenazas y riesgos en la Unidad Habitacional Cananea, Unidad Habitacional Ermita Zaragoza, en la colonia Santa Martha Acatitla, y la colonia Paraje Zacatepec. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Delegación Iztacalco
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Noveno. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Décimo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, en un plazo de 30 días naturales, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Tláhuac
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Décimo primero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Décimo segundo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Trigésimo sexto. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, a fin de garantizar el derecho a la vida, a la integridad personal, a un nivel de vida adecuado y una vivienda adecuada de los habitantes de la Delegación Tláhuac, así como de las personas que transitan o laboran en dicha demarcación, llevará a cabo con carácter de urgente, de manera enunciativa y no limitativa, las gestiones necesarias para la implementación de los estudios de geología, geofísica, geotecnia y mecánica de suelo; así como identificación de fallas, atención y tratamiento de grietas o cualquier otro estudio técnico, que permita identificar, entre otros, la magnitud de amenazas y riesgos en las Unidades Habitacionales Villa Centroamericana y del Caribe, Villa de los Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal y la colonia Del Mar. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Delegación Álvaro Obregón
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Décimo tercero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Décimo cuarto. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Azcapotzalco
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Décimo quinto. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, actualizará el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Décimo sexto. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México | Aceptado | Concluido |
Delegación Cuajimalpa de Morelos
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Décimo séptimo. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Décimo octavo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Coyoacán
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Décimo noveno. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Vigésimo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Guatavo A. Madero
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Vigésimo primero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación y, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Vigésimo segundo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Magdalena Contreras
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Vigésimo tercero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Vigésimo cuarto. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Miguel Hidalgo
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Vigésimo quinto. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Vigésimo sexto. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Milpa Alta
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Vigésimo séptimo. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enuncia pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Vigésimo octavo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Tlalpan
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Vigésimo noveno. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Trigésimo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Venustiano Carranza
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Trigésimo primero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Trigésimo segundo. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Delegación Xochimilco
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Trigésimo tercero. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a 365 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en virtud de los acontecimiento del terremoto del año 2017, deberá actualizar el Atlas de Riesgo Delegacional, que contemple, de manera enunciativa pero no limitativa, los fenómenos geológico, hidrometeorológicos u otros fenómenos naturales, así como las grados de vulnerabilidad social y física, para realizar medidas de prevención y/o mitigación de las emergencias y el impacto de los desastres naturales. | Aceptado | Concluido |
Trigésimo cuarto. En un plazo de 30 días naturales, después de la emisión de la actualización del Atlas de Riesgo Delegacional, éste deberá ser publicado en la página web de la Delegación, el cual deberá atender el pleno respeto al Derecho de Acceso a la Información Pública, conforme a los principios de máxima publicidad y pro persona, garantizando que su contenido sea en formato abierto, accesible, confiable, verificable, veraz, oportuno y permanente con el objetivo de que la ciudadanía conozca el entorno en el que habita. Asimismo, deberá establecer una liga que remita al Atlas de Riesgo de la Ciudad de México. | Aceptado | Concluido |
Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Trigésimo séptimo. En un plazo que inicie en 30 días naturales y que, de manera progresiva, culmine a los 180 días naturales después de la aceptación de la Recomendación, en relación con las víctimas directas del caso 4,Mercedes García Ruiz, víctima 6, Carolina García Bernal, Ana María Martínez González, víctima 9, víctima 10, Caso 5 Víctima 11, Caso 7 Ana María Solís González, Caso 8 Víctima 13, 25 y 26, Caso 9 víctima 14, Caso 11, Lina Morales González, en concordancia con la Ley para la Reconstrucción, recuperación y transformación de la Ciudad de México en una cada vez más resiliente, y demás disposiciones normativas en la materia, llevará a cabo los dictámenes de daño post-sísmico que clasifiquen las condiciones de la vivienda que habitan o habitaron las víctimas por su tipo de daño, con el objetivo de establecer las medidas que en cada una de ellas se deberá de implementar para su rehabilitación, informando de manera clara y comprensible a las personas afectadas por dichas construcciones, sobre las condiciones estructurales y el grado de riesgo en que éstas se encuentran. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de méxico
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Trigésimo octavo. Integrará y determinará las investigaciones sobre responsabilidad penal de las carpetas de investigación CI-FCH/CUH-8/UI-1S/D/3693/09-2017, CI-FBJ/BJ-2/UI-1C/D/1366/09-2017, CI-FBJ/BJ-2/UI-1 C/D/01370/09-2017 y CI-FCH/CUH-7/UI-2S/D/3409/09-2017, iniciadas a partir de los hechos acontecidos el 19 de septiembre de 2017 garantizando los derechos y la atención de las víctimas del delito. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |