Boletín 153/2019
30 de agosto de 2019
En días recientes, el Congreso de Oaxaca aprobó modificaciones a varios artículos del Código Civil local que favorecen el ejercicio del derecho a la identidad de género de las personas que ahora pueden modificar su acta de nacimiento por la vía administrativa.
Oaxaca es la octava entidad federativa en contar con este procedimiento administrativo, sin embargo, es la primera en el país en abrirlo para que accedan a éste niñas, niños y adolescentes.
La posibilidad de que las personas, de cualquier edad, puedan acceder a un procedimiento asequible, sencillo y breve para contar con un acta de nacimiento que reconozca su identidad de género es una condición mínima para evitar la discriminación consecutiva hacia las personas trans en el ejercicio de cualquier otro derecho como el de salud, educación, trabajo, entre otros.
Tales medidas son congruentes con los altos estándares de derechos humanos establecidos tanto por el Sistema Universal de Derechos Humanos como por el Sistema Interamericano que, a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como organismo no jurisdiccional y de la Corte Interamericana (CoIDH) como organismo jurisdiccional, han señalado enfáticamente la necesidad de prevenir y eliminar la discriminación hacia personas de la población LGBTTTIQAP+.
Por lo anterior, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) se congratula de la modificación al Código Civil que elimina la discriminación, por razón de edad, en el ejercicio del derecho a la identidad y hace un llamado para que más entidades federativas realicen las modificaciones normativas necesarias para el ejercicio pleno de derechos de niñas, niños y adolescentes trans en el país.
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