Boletín 180/2019
6 de octubre de 2019
El pasado 3 de octubre, la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en México dio a conocer que el Comité que da seguimiento a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad emitió la primera determinación sobre la responsabilidad internacional dirigida a México por la violación de los derechos humanos de Arturo Medina Vela, joven con discapacidad intelectual y psicosocial, procesado por robo de un vehículo en 2011. El caso fue acompañado por Documenta, A.C., Organización de la Sociedad Civil (OSC).
Arturo tuvo que atravesar un largo proceso judicial ya que las autoridades le negaron la posibilidad de ejercer su capacidad jurídica para declarar, designar a su defensa y aportar e impugnar pruebas, derechos básicos para cualquier persona sujeta a un proceso penal.
Lo anterior sucedió a pesar de la obligación que tiene el Estado de garantizar el acceso de las personas con discapacidad a un sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones.
El Comité señaló que diversas instituciones de impartición de justicia violaron los derechos de Arturo a la igualdad, la no discriminación; accesibilidad; libertad y seguridad; debido proceso, acceso a la justicia; entre otros, ya que fue declarado inimputable y, por ello, sancionado con una medida de seguridad consistente en permanecer cuatro años en el Centro Varonil de Readaptación Psicosocial (CEVAREPSI), sin que Arturo tuviera oportunidad de recurrir el fallo. Para ello, las autoridades se basaron únicamente en los certificados médicos y en su condición de persona con discapacidad.
Estos hechos llevaron al Comité a recomendar a las autoridades mexicanas que se proporcione una reparación efectiva a Arturo, el reembolso de costos judiciales, una indemnización; y el reconocimiento público de la violación a sus derechos humanos, así como la publicación del dictamen en formato accesible.
En su determinación, el Comité solicitó a México adoptar medidas para evitar que otras personas con discapacidad pasen lo mismo, tales como reformar en las legislaciones de todo el país la figura de inimputabilidad, las relacionadas con el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
También recomendó revisar la aplicación de medidas de seguridad y el cumplimiento de la obligación de brindar acceso a un sistema de apoyos y salvaguardias, implementar medidas especiales, ajustes razonables para que las personas con discapacidad ejerzan su capacidad jurídica ante los tribunales -todo ello previa consulta informada y participación de este grupo de atención prioritaria.
Sumado a lo anterior, es necesario reforzar las estrategias de formación y capacitación de personas servidoras públicas sobre el contenido de la Convención y su Protocolo Facultativo para la satisfacción de las obligaciones dispuestas en ambos instrumentos y aplicables para diferentes ámbitos de ejercicio de derechos.
Por lo anterior, esta Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) celebra la determinación del Comité y hace un llamado a las autoridades locales para atender dichas recomendaciones que garantizan la no repetición de los hechos que motivaron el dictamen de responsabilidad internacional de México. Asimismo, alienta a las autoridades a avanzar hacia la generación de políticas públicas acordes con los principios tanto de la Convención como de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para la elaboración de política pública con perspectiva de derechos humanos.
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