miércoles , 15 mayo 2024

CDHCM celebra el rechazo contundente al PIN Parental expresado por la Comisión permanente del H. Congreso de la Unión y se une al exhorto hecho a los Congresos y Ejecutivos locales para evitar que prosigan la discusión parlamentaria y la publicación de las Reformas, respectivamente

Boletín 99/2020
6 de agosto de 2020

El día de ayer, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión aprobó en votación económica un punto de acuerdo por medio del cual rechaza las reformas aprobadas en diversas entidades federativas como Chihuahua y Aguascalientes, relativas al llamado PIN Parental.

El acuerdo aprobado también solicita a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que ejerza su facultad para interponer los recursos judiciales necesarios para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determine sobre la constitucionalidad de tales reformas contrarias al interés superior de niñas, niños y adolescentes e interprete el contenido del Artículo 3º Constitucional a la luz de la pretensión que motivó las reformas. El papel del sistema no jurisdiccional de los derechos humanos en este asunto es fundamental para echar a andar el sistema de pesos y contrapesos en un contexto de respeto al Estado constitucional y democrático de derecho.

Frente al llamado PIN parental, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes ha ejercido ya su facultad para interponer Acción de Inconstitucionalidad ante el máximo tribunal de la nación, por lo que al resolver varias impugnaciones sobre el mismo tema, se esperaría que la SCJN determinara la inconstitucionalidad de las reformas.

Al respecto, el pasado 5 de julio, el Poder Ejecutivo Federal reprobó el contenido de las reformas en comento por medio de un comunicado emitido por la Secretaría de Gobernación. Mediante la aprobación del punto de acuerdo, el Poder Legislativo Federal se pronuncia ahora en sintonía, al considerar que el llamado PIN parental contraviene los principios constitucionales.

Las reacciones de los Poderes del Estado son consecuencia de la publicación de las reformas a la Ley de Educación para el Estado de Aguascalientes que establecen la obligación de la autoridad educativa estatal de dar a conocer de manera previa a los padres de familia [sic] el contenido de los planes de estudio, programas, cursos, talleres o actividades análogas que tengan un contenido sobre moralidad, sexualidad o valores, de modo que quienes ejercen la patria potestad de niñas, niños y adolescentes puedan consentir si sus hijos e hijas asistirán a dichas actividades en la medida en que éstas sean congruentes con sus convicciones.

En los estados de Baja California, Querétaro y Guanajuato se han planteado reformas semejantes a las leyes en materia educativa que actualmente están en discusión parlamentaria, mientras que en Aguascalientes y Chihuahua, las reformas fueron aprobadas y están pendientes de publicación, por lo que el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión también exhorta a las entidades federativas tanto a abandonar el debate legislativo como a evitar la publicación de las reformas y a no proseguir con el esfuerzo para imponer el llamado PIN parental en ninguna entidad del país.

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) reconoce la importancia del punto de acuerdo votado el día de ayer por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión pues el llamado PIN parental transgrede los derechos de niñas, niños y adolescentes a que su interés superior sea considerado de manera primordial, así como a su derecho a la educación, información y salud integral de acuerdo con su autonomía progresiva.

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