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La CDHCM reconoce los avances de la Constitución Política de la Ciudad de México y llama a atender los pendientes existentes

Boletín 19/2021
5 de febrero de 2021

  •  Hoy se cumplen 4 años de su publicación en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal y en el Diario Oficial de la Federación.
  • La Carta Magna local posibilita el tránsito hacia un sistema centrado en la justicia restaurativa o en la satisfacción inmediata de las víctimas.

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) considera fundamental reflexionar sobre los avances alcanzados a partir de la publicación de la Constitución Política de la Ciudad de México (CPCM), como la ampliación del catálogo de derechos para quienes habitan y transitan por la capital del país, el reconocimiento de las desigualdades existentes que atañen a grupos de atención prioritaria, así como un nuevo andamiaje normativo.

De igual forma, este Organismo hace un llamado para que sean atendidos los pendientes existentes relacionados con la Carta Magna local, sobre todo en contexto como el de la emergencia sanitaria por COVID-19.

La CPCM es la primera constitución del ámbito local que se expide con posterioridad a la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos del año 2011. De ahí su importancia, pues fue hecha teniendo en cuenta el nuevo marco constitucional del país.

Más importante todavía,  la Constitución de la Ciudad fue más allá de lo establecido en el marco federal y contempló,  con el aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver diversas Acciones de Inconstitucionalidad, toda una serie de nuevos derechos para sus habitantes y quienes transiten por ella como son: la autodeterminación y libre desarrollo de la personalidad; la muerte digna; el reconocimiento de igualdad de derechos para todas las estructuras manifestaciones y formas de comunidad familiar; y la sexualidad.

Además promover y procurar la protección y realización de derechos humanos y las libertades fundamentales; la buena administración al recibir servicios públicos; la protesta social; el acceso al desarrollo científico y tecnológico; elegir la identidad cultural y que ésta se respete; el mínimo vital para asegurar una vida digna; una vida libre de violencia; el cuidado al acceso, la disposición y el saneamiento de agua potable; participar en un desarrollo económico social cultural y político; la ciudad; la movilidad, entre otros.

Para la CDHCM, también se suma el reconocimiento legal que por conducto de la CPCM se hizo a las desigualdades existentes y, en consecuencia, a lo que se denomina como grupos de atención prioritaria como son: mujeres, niñas, niños y adolescentes; jóvenes; personas mayores, personas con discapacidad; personas LGBTTTIQA+; migrantes; víctimas; personas privadas de su libertad y que residen en instituciones de asistencia social; afrodescendientes; personas de identidad indígena; y minorías religiosas.

Al respecto, se obliga a las autoridades de la Ciudad de México a eliminar progresivamente las barreras que impiden a estas personas y grupos el ejercicio pleno de sus derechos, a implementar medidas de nivelación con enfoque de atención diferencial. La Constitución de la Ciudad reconoce las distintas condiciones de existencia de las personas, las desigualdades que derivan de esto y exige a las autoridades a implementar medidas, acorde con lo anterior, para eliminar dichas diferencias.

Cabe resaltar que con base en la CPCM, a la fecha han sido expedidas toda una serie de nuevas leyes relacionadas con los derechos humanos tales como la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías, Ley Orgánica de la Comisión de Derechos Humanos, Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos, Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes, Ley del Secreto Profesional y la Cláusula de Conciencia para el Ejercicio Periodístico, Ley de Búsqueda de Personas y Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención.

Se trata de todo un andamiaje jurídico que coloca la Ciudad a la avanzada en materia de la institucionalidad encargada del sistema no jurisdiccional de derechos humanos, posibilitando el tránsito hacia un sistema centrado en la justicia restaurativa o en la satisfacción inmediata de las víctimas.

No obstante, existe también una serie de pendientes entre las que se encuentran las leyes de derechos y relaciones laborales entre las instituciones públicas de la Ciudad y sus trabajadores, educación, cuidados y de personas no asalariadas y prestadoras de servicios por cuenta propia.

La CDHCM considera que son un conjunto de nuevas leyes que deben expedirse próximamente, vigilando que cumplan con los estándares internacionales de derechos humanos, tomando en cuenta el nuevo contexto derivado de la pandemia y sus ineludibles repercusiones en términos de exacerbación de las desigualdades existentes en las relaciones laborales, el acceso a la educación, las labores de cuidado y el ejercicio del derecho al trabajo.

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