Boletín 138/2021
31 de julio de 2021
Desde la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México observamos con preocupación la situación que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos en el país en general; y particularmente las que a partir de la desaparición de un familiar comprometen su vida asumiendo las labores de búsqueda, investigación y de exigencia de justicia.
La situación de riesgo que viven las personas defensoras de derechos humanos ha sido señalada desde tiempo atrás, de tal manera, México ha recibido al menos 425 recomendaciones realizadas por 27 organismos e instancias de derechos humanos del Sistema Universal y del Sistema Interamericano, relacionadas con la situación del ejercicio del derecho a defender derechos humanos y la libertad de expresión, muchas de estas relacionadas con el fortalecimiento de las capacidades del Estado para protegerlos.
No escapa a esta Comisión que recientemente la violencia se ha recrudecido en torno a las personas buscadoras de desaparecidos; las cuales son en su mayoría mujeres: madres, esposas, hermanas e hijas que solas o en colectivos rastrean cualquier indicio para encontrar a sus familiares; que enfrentan el dolor y la incertidumbre tomando en sus manos acciones que corresponde al Estado llevar a cabo y que les retribuye en amenazas, hostigamiento, criminalización y en su forma más violenta, con el homicidio.
En nuestro país, sólo durante el 2020 el Registro Nacional de Personas Desaparecidas de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas da cuenta de 6mil 957 personas reportadas como desaparecidas y no localizadas, 976 casos corresponden a la Ciudad de México. Los datos de la misma Comisión Nacional, indican que, en los últimos 18 años, son más de 80 mil las personas reportadas como desaparecidas; lo que ha traído consigo la existencia de 198 Organizaciones de la Sociedad Civil y colectivos de personas buscadoras en el país, y 11 en la Ciudad de México[i].
Las agresiones en contra de las personas buscadoras se dan incluso cuando estas son denunciadas públicamente y se solicita la protección de las distintas autoridades; por ello es indispensable garantizar la rapidez, flexibilidad y adaptación a las circunstancias de cada caso en la decisión e implementación de medidas de protección, pues las debilidades en las capacidades institucionales alimentan el círculo de impunidad y dolor en el que están inmersas cientos de familias.
Cabe señalar que las cifras globales señalan que, de diciembre de 2018 a julio de 2021, 68 personas defensoras de derechos humanos que trabajan en pro de diversas agendas fueron asesinadas[ii]; muchas de las cuales recibieron amenazas y que aun así culminaron con su muerte.
Al respecto, la CDHCM, se suma a los llamados que desde ONU – DH se han realizado para investigar con perspectiva de género y tomando en cuenta su labor como defensores de derechos humanos los homicidios de las personas buscadoras.
El derecho a defender derechos y la labor de las personas defensores de derechos humanos en la construcción de la democracia, implica la protección de su labor. Su contribución a la promoción, respeto y protección de los derechos y libertades fundamentales, alertando y documentando abusos, dando acompañamiento a las víctimas, señalando la impunidad; y, con todo ello, siendo un importante factor en la construcción de la paz en las comunidades y del Estado de Derecho.
[i] Fuente: http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=50062
[ii] Comunicado de la Secretaría de Gobernación; 12 de julio de 2021. https://www.gob.mx/segob/prensa/el-mecanismo-de-proteccion-para-personas-defensoras-de-derechos-humanos-y-periodistas-por-instruccion-presidencial-informa-lo-siguiente?idiom=es
Versión PDF