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La CDHCM emite tres Recomendaciones por 40 casos de tortura cometida con diversos fines

Boletín 229/2021
15 de diciembre de 2021

  • A lo largo de su historia, este Organismo ha emitido 76 instrumentos recomendatorios en los que se documenta este flagelo.   
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Ante la vigencia de la tortura y la persistencia de una cultura del uso abusivo de la fuerza por parte de personal de investigación, seguridad, guarda y custodia, es preciso enviar mensajes claros de que no habrá impunidad cuando se trata de esta grave violación a los derechos humanos.

Así lo destacó la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, durante la presentación de tres Recomendaciones emitidas por 40 casos documentados de tortura cometida por servidores públicos con diversos fines.

Explicó que el instrumento recomendatorio 15/2021 fue dirigido a la Fiscalía General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, ambas de la Ciudad de México, por la violación al derecho a la no autoincriminación mediante tortura en delitos de alto impacto social.

La Recomendación 16/2021, sobre tortura contra personas privadas de la libertad en condiciones de riesgo que ocurre en los traslados, fue emitida a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario.

En el caso de la 17/2021, sobre tortura como forma de castigo a personas privadas de la libertad, también se envió a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario.

La Ombudsperson capitalina indicó que se documentaron 40 casos en los que se identificaron 89 víctimas: 44 son directas de tortura y 45 indirectas. Siete de las 44 víctimas directas son mujeres y fueron agredidas con un patrón claro de violencia sexual, además de haber recibido golpes y violencia psicológica.

Apuntó que de los hechos ocurridos en los casos expuestos en las tres Recomendaciones, 8 de cada 10 se registraron entre 1997 y 2017.

Aseguró que la erradicación de la tortura y de los tratos crueles, inhumanos o degradantes como medio para obtener información, lograr la incriminación de personas o bien para castigar e imponer disciplina y orden, está lejos de erradicarse.

Ramírez Hernández dijo que actualmente 30 Recomendaciones por tortura están en seguimiento, la más antigua de 2008. Tan sólo de 2018 a la fecha, se han emitido 10 instrumentos de este tipo, mismos que constatan este flagelo en el contexto de la privación de la libertad.

Los 40 casos presentados este día dan cuenta de narraciones de hechos terribles que no sólo transgredieron el cuerpo y el espíritu de las personas víctimas, sino que modificaron el curso de vida de ellas y sus familias. Los daños, subrayó, han sido trascendentes en su honra, salud y patrimonio.

La Presidenta de la CDHCM enfatizó que es preciso contar con la posibilidad de aplicar los dictámenes médicos, psicológicos y jurídicos que, en su conjunto, permitan determinar sin duda alguna la comisión de tortura y así, fortalecer las investigaciones y sanciones.

Al respecto, destacó que este Organismo cuenta con un equipo de élite para esta dictaminación; sin embargo, es insuficiente para la magnitud del problema. Como parte del Sistema No Jurisdiccional de Protección de Derechos Humanos, hizo un llamado para que se cuente con el personal suficiente en el país a fin de contribuir con esta tarea.

Los tres instrumentos contemplan entre sus puntos recomendatorios la inscripción de las y los afectados en el Registro de Víctimas de la Ciudad de México y llevar a cabo una mesa de trabajo para la revisión de la situación jurídica de cada una de las indagatorias sobre la responsabilidad penal, iniciadas contra personas servidoras públicas involucradas en los actos de tortura.

También se recomendó a la Fiscalía General de Justicia elaborar y presentar una agenda de trabajo para la incorporación progresiva de los “Principios sobre Entrevistas Efectivas para la Investigación y Recopilación de Información” (Principios Méndez), al trabajo ministerial y de investigación.

De igual forma, se solicitó a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario modificar la normatividad interna y los protocolos de traslados de personas privadas de la libertad entre centros, con la finalidad de garantizar sus derechos y tener mecanismos de control de la actuación del personal de seguridad y custodia, así como médico.

Las Recomendaciones 15, 16 y 17 del 2021 se pueden consultar en la siguiente dirección:

 

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