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Boletín 66/2022 CDHCM celebra la confirmación que hace la SCJN del derecho de adolescentes a decidir sobre su propio cuerpo en casos de violencia sexual

CDHCM celebra la confirmación que hace la SCJN del derecho de adolescentes a decidir sobre su propio cuerpo en casos de violencia sexual

Boletín 66/2022
24 de mayo de 2022

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El día de hoy, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió las Controversias Constitucionales 45/2016 y 53/2016 presentadas por el Poder Legislativo de Aguascalientes y el Poder Ejecutivo de Baja California, respectivamente, en contra de las modificaciones hechas en 2016 a la NOM-046-SSA2-2005 sobre Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.

Con lo anterior, el Máximo Tribunal reconoció la validez de las reformas realizadas en ese año, mismas que consistieron en eliminar tres requisitos que favorecen la autonomía de las niñas y adolescentes sobre su cuerpo cuando son víctimas de violencia sexual. Dicho de otro modo, las modificaciones de 2016 cancelaron las principales barreras por las que niñas y adolescentes entre 12 y 17 años agredidas sexualmente se ven obligadas a seguir con el curso de un embarazo. 

Sobre esta última cuestión, tanto la propia SCJN, como el Relator Especial contra la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) se han pronunciado por considerar el embarazo forzado producto de violencia sexual como una forma de tortura.

Si bien la Norma Oficial Mexicana (NOM) se encuentra vigente desde el 2009, las modificaciones significaron un avance en materia de derechos de niñas y adolescentes pues con ello se reconoció tanto la calidad de víctimas que tienen conforme la legislación en la materia, se marca una pauta de protección reforzada para salvaguardar el interés superior de la niñez como consideración primordial y se buscó garantizar los derechos a la libre autodeterminación y a ser escuchadas en los procedimientos que las involucren, tal como lo es el deseo de no continuar con un embarazo producto de una violación. 

Es de resaltar que, durante la discusión, el Máximo Tribunal recalcó la importancia de que los asuntos en los que se encuentren involucradas niñas y mujeres sean resueltos aplicando siempre la perspectiva de género, por lo que la votación fue mayoritaria respecto a la necesidad de incluir tal metodología jurídica en la sentencia expuesta. Con esto, se reitera el estándar a seguir para las y los juzgadores en el país. 

Por lo anterior, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) reconoce la decisión que la SCJN toma en protección a los derechos de niñas y adolescentes, al tiempo que hace un llamado enérgico para aplicar la perspectiva de género y el enfoque de derechos de la niñez en todos los asuntos concernientes a niñas y mujeres en el país.

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