Discurso 17/2022
22 de junio de 2022
Quiero primero saludar especialmente a Tere Pérez (trabajadora del espacio público en la CETRAM Tacubaya), y con ello también saludar a los compañeros que están ahí en la Comisión, me dicen que del CETRAM, acompañando la presentación de este estudio.
Agradecerle a Tania Espinosa, Consejera de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y Coordinadora para la Ciudad de México de Mujeres en Empleo Informal: Globalizando y Organizando (WIEGO, por sus siglas en inglés), por permitir que la Comisión presentara este estudio, fuera cómplice con ella para la presentación de este estudio, que como ella lo dice, y yo lo respaldo, es un estudio único. Es una aproximación no nada más novedosas, sino pertinente. Y, bueno, ya han hablado de esto quienes me antecedieron en la palabra, y ahora que yo comparta algunas cosas con ustedes voy a plantearles igual por qué.
Lo segundo es agradecer al Instituto de Política para el Transporte y el Desarrollo (ITDP, por su siglas en inglés), tanto la presentación con Berenice Pérez, pero también a Gonzalo Peón Carballo, darle la bienvenida nuevamente a la Comisión, y sí, tú lo señalas muy bien, esperemos que no tardemos 10 años otra vez en volver a sentarnos para avanzar sobre poner en la mesa la discusión, en este caso, de cómo hacer compatible el ejercicio de derechos sin que éstos entren en colisión.
Creo que, como tú lo dices, tanto en la agenda de movilidad como en cualquier otra agenda, la intención de la Comisión es establecer y poner las rutas para poder hacer incidencia en política pública. Y creo que en esa lógica también iremos con relación a lo que ahora nos convoca.
En nuestro país, el 55.2% de las personas económicamente activas trabajan en la economía informal. En la Ciudad de México, este porcentaje es de 51.3%. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la tasa de ocupación en el sector informal para el primer trimestre de este año es de 28.3, un nivel equivalente al tercer trimestre de 2013, año a partir del cual la tasa de ocupación en el sector informal descendió hasta llegar la pandemia en 2020, cuando otra vez empezó a incrementarse la tasa.
Un alto porcentaje de esta economía y ocupación en el sector informal desarrolla sus actividades en el espacio público, arena en la que se pone en juego el ejercicio de muchísimos derechos, entre ellos el de la movilidad y el trabajo, como refiere el estudio de caso que hoy estamos presentando.
En el espacio público… Decían por ahí, creo que lo mencionaba Gonzalo, hasta el amor se da cita en el espacio social, y dentro del amor hay conflicto y hay también…, por eso digo, y apelo, a la parte inherente de las relaciones sociales.
Para la Comisión de Derechos Humanos es un hecho que el trabajo en el espacio público, entendido mayoritariamente como el comercio de bienes y servicios, conlleva con frecuencia la colisión de derechos, en esto, al trabajo, como el derecho a la movilidad.
Ejemplo de lo anterior es que, de enero de 2018 a mayo de 2022, este Organismo Público de Protección de Derechos Humanos registra un total de 1,940 expedientes (4.8% del total de sus expedientes), en los que se registran quejas por la violación de derechos humanos en el contexto de dicha actividad económica en la vía pública.
En este sentido, para la Comisión resulta importante dar a conocer que quienes trabajan en el espacio público se exponen con frecuencia a la lesión de derechos tan importantes como lo es la integridad personal. De ello da cuenta que el 39% de las quejas relacionadas con el comercio en vía pública recaen en la Primera Visitaduría, y en su mayoría denuncian derechos de seguridad personal, e integridad personal.
Por su parte, el segundo derecho lesionado en los expedientes que concentra la Tercera Visitaduría sobre este tema es el derecho de petición a las autoridades; y la Quinta Visitaduría, encargada de derechos humanos laborales, cuenta con el 24% de los expedientes relacionados con comercio en la vía pública y la lesión al derecho al trabajo.
No solo concurren derechos y afectaciones a multiplicidad de éstos en la vía pública, sino que también concurren personas y con ellas, diversos titulares de derechos como niñas, niños, adolescentes, indígenas, afromexicanas, personas con discapacidad, entre muchas otras.
La Comisión registra todos aquellos casos cuyas presuntas víctimas pertenecen a algún grupo de atención prioritaria; y de enero de 2018 a la fecha, la quejas en las que se ven lesionadas principalmente sus derechos representan el 14% de los expedientes con la actividad comercial en espacio público.
Sumado a los expedientes, el 44% de los servicios proporcionados por la Comisión en asuntos vinculados al comercio informal público corresponde a servicios de protección y defensa, y es curioso mencionar que el año con más servicios, el 2021, fue el año con menos expedientes sobre comercio informal.
¿Qué quiero resaltar con estos datos? Que partir de los cuatro principios que plantea el reporte para el diseño de estrategias de la garantía de los derechos al trabajo y movilidad, parece una ruta acertada para disminuir, a su vez, la lesión de otros derechos como la integridad personal, la seguridad jurídica, el nivel de vida adecuado, y otros particulares de grupos de atención prioritaria, sobre todo de la niñez y personas indígenas.
Respecto al primer principio, el de seguridad, quisiera, por tanto, sumarme al llamado de seguir las recomendaciones planteadas en el reporte en términos de que su implementación contribuya, a su vez, a la protección de las personas que ven afectados tales derechos, al tiempo que se enfatiza la importancia de intervenir desde una mirada más propia al paradigma de la seguridad humana y no de seguridad pública para la prevención de la conflictividad social.
Es decir, si entendemos que la conflictividad social está relacionada a la violación o falta de respeto y garantía de derechos, y analizamos los derechos “madre”, cuyo incumplimiento desencadenan violaciones mayores, entonces las autoridades pueden privilegiar medidas de satisfacción desde la óptica de derechos “iniciales” y no desde la óptica de la conflictividad social, somo sería reaccionar desde una mirada de seguridad pública.
Hagamos un diseño que permita la movilidad y el trabajo en lugar de introducir más policía para guardar el orden. Apostemos a la calidad regulatoria en el espacio público en lugar de la intervención policial cuando hay conflicto.
Es decir, el diseño del espacio para la convivencia de personas y actividades que nos aportan socialmente es relevante para la calidad de vida individual y colectiva, y es un medio de protección también de otros derechos.
En lo que toca al segundo principio, el de participación, quisiera resaltar que, sin ésta, los diseños no podrán considerar realmente las necesidades de las personas en su diversidad y, por tanto, no contribuirían a reducir la conflictividad. Son las personas quienes usamos el espacio quienes podemos dotar de información sobre las actividades y las necesidades que éstos deben de tener.
Sin la participación, no puede cumplirse con el tercer principio que es la distribución equitativa del espacio público, dando prioridad a las personas que pertenecen a grupos de atención prioritaria, tal como es el caso de las personas en situación de movilidad, de barrios y pueblos originarios y de niñas, niños y adolescentes, todas ellas titulares plenos de derechos.
Al respecto, el Informe Temático sobre la situación, por ejemplo, de los niños en el trabajo infantil que emitió la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad, habla sobre lo que ya nos aportaba tanto el reporte como Tere en lo que nos compartía: en el trabajo están los niños, las niñas. Hay una necesidad especial de tener esa atención. Los expedientes de quejas de la Comisión relacionados con trabajo en el espacio público tienen en un 5.5% relacionado a niñas, niños y adolescentes, y por lo tanto es importantísimo esta mirada y esta focalización.
Finalmente, el reporte parte de un cuarto principio: la flexibilidad en el uso del espacio público que hacen las personas trabajadoras y que debe ser reconocido como diverso, y por tanto debe ser flexible para adaptarse a las necesidades de todas, todos.
Es decir, es de suma relevancia mencionar que el trabajo en vía pública presenta distintos retos que las usuarias, organizaciones de la sociedad civil, organismos públicos y organismos internacionales han buscado nombrar para que de esta forma se generen las bases necesarias para que las personas tomadoras de decisiones encargadas de la regulación en el trabajo del espacio público y de garantizar el libre desplazamiento de personas, así como de la planeación de la ciudad y del propio diseño del espacio público, puedan generar dinámicas donde el derecho al trabajo y la movilidad puedan coexistir.
Sin duda, y ya lo mencionaba al inicio de esta presentación Tania, hay muchísimos mitos sobre todo que derribar. Mitos de los cuales no nada más se deriva una percepción pública adversa muchas veces al trabajo y a esta coexistencia que puede crearse a través exactamente de rutas, como lo que la caja de herramienta nos está derivando, sino también en términos que se generan políticas públicas y acciones desde el gobierno basados precisamente en estos mismos mitos.
Y este trabajo, este estudio, lo que nos permite es verdaderamente, como lo decías Tania, ir derribando estos mitos que mencionas, sin los cuales tendríamos y tenderíamos no nada más a perpetuar las relaciones a derechos humanos, como lo he compartido con ustedes en cuanto a los expedientes que tiene la Comisión que estamos estudiando, sino que también nos permite y nos limita en dos derechos fundamentales y éstos, los derivados después de eso, como derechos llave: el derecho a la movida y el derecho al trabajo.
Felicitamos entonces desde la Comisión este estudio, que esperamos y vamos a hacer promotores junto con ustedes de que esto se dé a conocer, que se tome en cuenta y se pueda repetir en otros muchos espacios.
Muchísimas gracias.