- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Sobre violación al Derecho a la Salud y Violencia Obstétrica. |
Derechos humanos violados | Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia obstétrica. Derecho al disfrute del nivel más alto posible de salud, incluida la salud reproductiva. Derecho al disfrute del nivel más alto posible de salud de las niñas, niños y adolescentes. Derecho a la integridad personal. |
Emisión | 16 de mayo de 2022. |
Autoridades recomendadas | Secretaría de Salud de la Ciudad de México. |
Hechos en proceso.
Secretaría de Salud de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Primero. Realizará las acciones necesarias dentro de su competencia, para coadyuvar en la inscripción de las víctimas directas 1 y 2, así como de las víctimas indirectas 1 y 2, al Registro de Víctimas de la Ciudad de México. Una vez que la CEAVI genere los Planes de Reparación Integral correspondientes, en un plazo no mayor a los 180 días naturales posteriores, ejecutará todas las medidas contenidas en los mismos, bajo los principios de máxima protección, debida diligencia y no victimización secundaria. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Segundo. En un plazo que inicie a los 60 días naturales y que culmine a los 365 días naturales, después de aceptar la Recomendación, presentará un plan de acción para la prevención de la violencia obstétrica en los Hospitales Pediátricos y Materno Infantiles de la Red de Hospitales de la Ciudad de México. Dicho plan de acción deberá contemplar estrategias, con enfoque de progresividad para mejorar los servicios de salud reproductiva y la atención del parto; tratamientos respetuosos, dignos y basados en los derechos humanos; así como la dotación de equipamiento, insumos y personal para la atención oportuna de riesgo reproductivo, obstétrico y perinatal para cada embarazo. Al tratarse de una medida de satisfacción, dicha presentación deberá ser realizada en presencia de las víctimas y deberá ser pronunciada por persona servidora pública con nivel no inferior a Subsecretario. |
Aceptado | Cumplido |
Tercero. En un plazo no mayor a 365 días naturales después de aceptar la Recomendación, deberá elaborar e implementar un mecanismo para fortalecer la atención del embarazo conforme a la Norma Oficial Mexicana para la Atención de la Mujer Durante el Embarazo, Parto y Puerperio y de la Persona Recién Nacida (NOM-007-SSA-2016), con el objeto de contar con una valoración y diagnóstico adecuado por parte del personal de salud. | Aceptado | Cumplido |