domingo , 24 noviembre 2024
Foro “Convención sobre los Derechos de las PcD: avances, perspectivas y desafíos”

Sistema no jurisdiccional de derechos humanos debe dar seguimiento independiente a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Boletín 120/2022
22 septiembre de 2022

Para garantizar mecanismos eficaces en el seguimiento a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es fundamental consultar a este grupo de población en su diversidad.

Así lo destacó la Ombudsperson capitalina, Nashieli Ramírez Hernández, durante el Foro “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: avances, perspectivas y desafíos”, organizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Enfatizó que los 33 Organismos que conforman el Sistema No Jurisdiccional de Derechos Humanos en nuestro país deben ejercer sus facultades y esfuerzos para ser verdaderos mecanismos independientes de seguimiento y supervisión de la Convención.

La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) y Presidenta de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), remarcó que el parámetro de actuación está ya fijado de manera muy clara: el contenido de la Convención, así como las recomendaciones y observaciones del Comité.

Ramírez Hernández indicó que en marzo de este año, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad dirigió observaciones finales a los Informes presentados por México, y algunas de las recomendaciones vertidas reiteraron la preocupación ya expresada desde hace ocho años (2014).

En primer lugar, dijo, el Comité recomendó al Estado mexicano que estableciera mecanismos regulares para convocar consultas con las organizaciones de personas con discapacidad, asegurando que sus opiniones reciban la consideración adecuada.

De igual forma, el Comité manifestó que, pese a la designación de un mecanismo de seguimiento independiente de la aplicación de la Convención en nuestro país, éste todavía no ha definido su estructura, funciones y actividades para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención en los planos federal y estatal.

Una tercera observación del Comité, sostuvo la Ombudsperson capitalina, es la disminución de mecanismos de consulta hacia las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, en lo referente al diseño y la aplicación de las leyes y políticas que les afectan en general.

Lo anterior, aseveró, ante modificaciones legislativas que aún se resisten a la implementación de un modelo social de la discapacidad, como el modelo asilar de la salud mental en la Ley General de Salud, la propuesta legislativa para sustituir la voluntad de este grupo de atención prioritaria en los actos jurídicos y la materialización del modelo de educación inclusiva.

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