domingo , 24 noviembre 2024
Galería: Foro «Acceso al aborto legal y seguro: La objeción de conciencia y sus límites en la salud pública»

En materia de aborto legal y seguro, la objeción de conciencia no puede restringir el acceso al derecho a la salud

Boletín 134/2023
25 de septiembre de 2023

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No puede confundirse la decisión individual con la disposición institucional para garantizar que existan los medios humanos y materiales para garantizar el derecho a la salud, en todas sus dimensiones, en cualquier momento, advirtió la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández.

Lo anterior, al inaugurar el Foro Acceso al aborto legal y seguro: La objeción de conciencia y sus límites en la salud pública, convocado junto con la organización Católicas por el Derecho a Decidir (CDD México).

“Es necesario reconocer la libertad de conciencia en la Ley General de Salud y regularla, para dar certeza a las personas usuarias y al propio personal de salud, sobre los derechos a exigir -para las primeras- y las rutas para ejercer su libertad como objetores -para las segundas-, sin que el Estado incurra en responsabilidad”, señaló.

La Defensora dijo también que se cuenta con suficiente material empírico y estudios de caso para nutrir una regulación que cubra los supuestos posibles y no se generen condiciones adversas para la progresividad de los derechos humanos.

Se refirió así a la necesidad de regular desde el reconocimiento de los estándares sobre disponibilidad de los servicios de salud y accesibilidad, especialmente en su versión de no discriminación e información, así como de la satisfacción de la aceptabilidad del derecho a la salud, es decir, con pertinencia cultural y de género.

Ramírez Hernández subrayó que, para la CDHCM, la objeción de conciencia y el derecho al consentimiento informado en el acceso a la salud son núcleos duros que, en la medida en que puedan garantizarse en su más alto estándar, podrán significar una transformación cultural y en la garantía de derechos, ya que su omisión desencadena y agrava la violación de los derechos humanos de las personas.

“Esperamos que las Iniciativas pendientes en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados retomen los insumos que el Foro pueda aportar para hacer de la regulación de la objeción de conciencia una vía respetuosa de los derechos humanos, con un enfoque diferencial e interseccional, que asegure condiciones para el ejercicio de las libertades”, insistió.

Explicó que en el marco del traslado de personal, infraestructura y servicios médicos a la competencia federal, la CDHCM observa la posibilidad para centralizar, también, las disposiciones que aseguren una homogeneidad en los límites y garantías para el respeto de los derechos humanos de todas las personas, en particular de las mujeres.

Por su parte, la Co-Directora de CDD México, Aidé García Hernández, reiteró que la objeción de conciencia no puede restringir el acceso al derecho a la salud, ya que, al no ser absoluto, debe apegarse a límites claros que no comprometan la salud integral de las personas, particularmente de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Coincidió en señalar la necesidad de que el Congreso de la Unión retome y regule la objeción de conciencia, a partir de estándares de derechos humanos, garantizando la disponibilidad de servicios de aborto legal en todo momento.

Y es que, advirtió, en el marco del 28 de septiembre, Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, en los estados de la República Mexicana se invoca la figura de la objeción de conciencia para obstaculizar el aborto legal, violando los derechos de las mujeres, niñas, adolescentes, mujeres migrantes e indígenas.

En tanto, Vanesa González-Rizzo, de Derechos, Autonomías y Sexualidades (DAS, Quintana Roo), reconoció la apertura para escuchar las experiencias de otros puntos del país, toda vez que el trabajo de la sociedad civil redunda en la despenalización del aborto en 12 estados y que la SCJN lo haya despenalizado, vía judicial, en el Código Penal Federal.

Esto quiere decir que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a abortos en instituciones federales de salud. Advirtió.

En los estados, el reto es -agregó- que el contenido de los logros en las legislaciones locales y de las Sentencias de la SCJN lleguen a los servidores públicos, por lo que la construcción de estrategias para la incidencia resulta fundamental.

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