Boletín 139/2023
9 de octubre de 2023
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La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, destacó que la labor de defensa de los derechos humanos tiene que ir de la mano con la conciliación y la mediación, mecanismos que en el caso de la violencia contra las mujeres se tiene que tener mucho cuidado, porque se están utilizando como justificación y revictimización, lo cual no se puede permitir.
Al participar de manera virtual en el Primer Encuentro de Mujeres: “Nuevos Paradigmas de los Derechos de las Mujeres en la Esfera Internacional”, organizado por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tabasco, se pronunció por transformar los mecanismos de conciliación y mediación.
“Tenemos que reinventar, y eso es una de las agendas pendientes para todos los Organismos Públicos Defensores de Derechos Humanos, cómo reinventamos y se le da sentido, sin revictimizar, sin impunidad, al uso de los mecanismos de justicia restaurativa”, subrayó.
La Ombudsperson capitalina expresó la importancia y necesidad de la justicia restaurativa en la defensa de los derechos de las personas. “Pero no necesitamos de una conciliación y una mediación hecha desde el patriarcado, y desde lógicas que permiten la impunidad”, manifestó.
En el panel virtual “Del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) a Belém Do Pará”, hizo hincapié en que ambos instrumentos internaciones de protección de los derechos de las mujeres se intercalan y son interdependientes.
Esto tiene que ver -dijo- con entender que, si bien no todas las violencias son discriminación, lo que sí es verdad es que todas las discriminaciones son violencia.
No es posible hablar desde el marco de los derechos humanos de las mujeres, dijo, sino se hace referencia al CEDAW y a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
Ramírez Hernández expresó que la importancia de ambos instrumentos en la actualidad es que reconocen factores estructurales entre la violencia y la discriminación contra las mujeres, y en conjunto otorgan un marco amplio de actuación estatal.
Recordó que México firmó la CEDAW el 17 de julio del 1980 y la ratificó el 23 de marzo de 1981; y la Convención Belém Do Pará la signó en 1995 y se revalidó el 19 de junio de 1998.
Sobre la importancia de la CEDAW, resaltó que ésta reconoce por primera vez que la cultura, las tradiciones, la religión, entre otros, son factores que pueden afectar el ejercicio de derechos de las mujeres.
Así como que los Estados tienen la obligación de modificar los patrones culturales con miras a alcanzar la eliminación de prejuicios y prácticas que impliquen la idea de inferioridad de las mujeres.
“Y es la primera Convención que incluye un análisis más allá de lo jurídico, y considera aspectos sociales, antropológicos, y otros, desde una perspectiva feminista, para dar respuesta necesaria a las desigualdades entre hombres y mujeres”, puntualizó.
Sobre la Convención de Belém Do Pará, señaló que ésta reconoce por primera vez el derecho a una vida libre de violencia en razón de género de las mujeres, y que los Estados tienen la obligación de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en el ámbito público y privado.