- Datos generales
- Hechos
- Estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Sobre la inclusión social y el derecho a la unidad familiar de las personas en situación de calle. |
Derechos humanos violados | Derecho a la protección de la familia. Derecho a vivir de forma independiente. |
Emisión | 22 de julio de 2021. |
Autoridades recomendadas | 16 Alcaldías de la Ciudad de México. Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México. Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones de la Ciudad de México. Congreso de la Ciudad de México. |
Con motivo de la tramitación de sus expedientes de queja, esta Comisión ha documentado diversas omisiones por parte de distintas autoridades en contravención de la obligación de garantizar y respetar los derechos de las personas en situación de calle, particularmente en lo que respecta al derecho a inclusión a proteger a la familia y lograr la comunidad. Mediante dicha documentación, se identificó la falta de políticas públicas orientadas al cumplimiento de la obligación general de garantizar los derechos humanos y su progresividad.
En la presente Recomendación General esta Comisión examina las obligaciones de las autoridades de la Ciudad de México para asegurar que se garanticen los derechos a la protección a las familias e inclusión en la comunidad de las personas en situación de calle.
En la tramitación y documentación de expedientes de queja, esta Comisión ha observado una serie de obstáculos y restricciones que impiden a las personas en situación de calle el pleno goce y ejercicio de sus derechos ante la falta de un marco normativo y políticas públicas que definan claramente la intervención interinstitucional, con sus respectivos tramos de responsabilidad, así como los mecanismos que pueden ofrecerse a las personas en situación de calle en relación con todas las dimensiones del derecho a la protección de la familia e inclusión en la comunidad. Esos obstáculos se producen en un contexto estructural de discriminación y desigualdad, que constituyen violaciones persistentes de los derechos humanos de las personas en situación de calle y que impactan de manera diferenciada en las mujeres.
El ámbito de esta Recomendación General incluye la normatividad existente y aplicable en materia de atención e inclusión en la comunidad de las personas en situación de calle en la Ciudad de México, así como los aspectos relacionados con la protección de las familias.
Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Primero. Adoptará las medidas necesarias para fortalecer sus estrategias institucionales, a fin de que las acciones de atención a las personas que viven en situación de calle, se apeguen a la visión de integralidad prevista en el Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México, publicado el 5 de marzo de 2020, de tal forma que se eviten prácticas del anterior modelo basado en la asistencia social. | Sujeto a seguimiento |
Segundo. Conformará y coordinará un grupo interinstitucional de trabajo que diseñe un plan para fortalecer los núcleos familiares de las personas en situación de calle, el cual considere mecanismos de apoyo oportuno para madres, padres o personas cuidadoras, así como la previsión de espacios seguros para vivir de manera temporal, alimentos y acceso a servicios básicos. | Sujeto a seguimiento |
Tercero. En concordancia con lo planteado en la Recomendación 02/2020, «Sobre la vida Independiente de las personas con discapacidad» -en la que se solicitó a esa Secretaria la elaboración e implementación de una estrategia integral de cuidados- ampliará los alcances de dicho esquema de atención, de tal forma que no solo incluya a personas con discapacidad, sino también considere a personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria, entre ellos a personas que viven o estén en riesgo de situación de calle. Lo anterior con un enfoque de inclusión social e interseccionalidad. | Sujeto a seguimiento |
16 Alcaldías de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Cuarto. Las Alcaldías de la Ciudad de México se coordinarán con SIBISO para lograr una adecuada implementación de las etapas de intervención establecidas en el Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México, bajo enfoque de derechos humanos y máxima protección. | Sujeto a seguimiento |
Quinto. Las Alcaldías buscarán impulsar la creación de albergues para grupos de atención prioritaria en coordinación con la Secretaría de las Mujeres, para la atención de mujeres víctimas de violencia, y del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, en el caso de las familias en situación de precariedad o riesgo de situación de calle. | Sujeto a seguimiento |
Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Sexto. En seguimiento a lo dispuesto por la Estrategia de Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Gobierno de la Ciudad de México, realizará una propuesta de trabajo coordinado para la intervención interinstitucional y multidisciplinaria, focalizada y en atención a los procesos de reintegración social que se siguen con las personas en situación de calle. | Sujeto a seguimiento |
Congreso de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Séptimo. En el marco del trabajo legislativo relacionado con la problemática que aborda la presente Recomendación General, con base en el contenido de la misma, organizará un foro durante 2021, de cara a promover la consolidación de modificaciones legislativas y nuevas legislaciones sobre: a) Reconocimiento y reconceptualización de la figura de familia como una organización dinámica que se adapta a los cambios demográficos, sociales, económicos y culturales que, continuamente, se presentan en la sociedad, en la legislación local. Lo anterior, a partir del reconocimiento y protección que da la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México a todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar b) Revisión y actualización de la regulación de instituciones públicas y privadas que proporcionan servicios a personas en situación de calle, transitando de un modelo de atención asistencial a un modelo de atención integral con perspectiva de género y enfoque diferenciado. c) Revisión y actualización de la normatividad que enmarca la actuación de los Centros de Asistencia e Integración Social (CAIS), a fin de realizar las modificaciones que permitan el acompañamiento y fortalecimiento de los núcleos familiares de personas en situación de calle o con riesgo de vida en calle. Revisará también que el marco normativo y las políticas públicas que de él deriven garanticen que las instalaciones de los CAIS cuenten con espacios seguros e incluyentes para la atención de mujeres, niñas niños, adolescentes y otras personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria d) Establecimiento de un sistema de apoyos y cuidados para fortalecimiento de núcleos familiares, particularmente respecto de familias en contextos de vulnerabilidad. e) Revisión y armonización de los marcos normativos que se refieren a la separación de niñas, niños y adolescentes de sus núcleos familiares a fin de favorecer la reunificación, a través de mecanismo que reduzcan las cargas administrativas en el acceso al sistema de protección de la infancia. Considerando las aportaciones que pueden realizar desde su experiencia, podrá convocar a participar en el foro a dependencias u organizaciones especializadas o competentes en la temática. |
Sujeto a seguimiento |