viernes , 10 mayo 2024

Discurso de la Presidenta de la CDHCM, Nashieli Ramírez Hernández, en la presentación del Informe Temático “Derechos humanos de las personas en situación de calle de la Ciudad de México”

Discurso 01/2024
 12 de febrero de 2024 

Todos, todas y todes, sean bienvenidas, quienes están aquí presentes, en la Sala Digna Ochoa, en el primer evento de presentación del Informe de 2024; y a quienes nos están siguiendo en redes sociales.

De entrada, agradecer, naturalmente, a quienes me acompañan aquí, en la mesa, que estén acompañando a la Comisión; la intención de los Informes es esa: es, básicamente … No es como una Recomendación, donde generalmente las autoridades no están, sino nada más las víctimas, porque se está acreditando la violación a derechos humanos concretos.

No. Aquí estamos hablando de un Informe que, lo que intenta hacer es lo que muchos de ustedes saben y viven con la Comisión, y es colaborar, cooperar y estar ahí presentes, tratando de resolver, no nada más -en este caso-, naturalmente, la situación de las personas en situación de calle, sino -en general- de los que habitan y transitan en la Ciudad.

Entonces, muchísimas gracias, a quienes aquí nos acompañan, porque su presencia no es nada más -digamos- formal: es una presencia que lo que envía de mensaje -y eso es- es el trabajo coordinado, es poder avanzar de la mano –en lo que a cada uno nos compete-, para resolver y garantizar, en este caso, los derechos de las personas en situación de calle.

Y aquí, de la mano, aquí tenemos enfrente, también aquí participando, en el auditorio, naturalmente a servidores públicos de SIBISO y de, específicamente, de la IAP, que nos vemos, igual, luego de repente en las noches o tardes, de esta Ciudad; de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, con quien también tenemos ese tipo de coordinación; del DIF de la Ciudad de México, del IAPA, de a Fiscalía, del SeMujeres, entre otros.

Espero que no me haya faltado, pero si me faltó, pues bienvenidas y bienvenidos.

Y especialmente quiero darle la bienvenida a las Organizaciones de la Sociedad Civil, que están aquí, acompañándonos, en la presentación de este Informe, y quienes…

Hablemos claro: si alguien atendió, desde un inicio, a esta población, antes de estar en la discusión, de si eran poblaciones callejeras o no, básicamente son las Organizaciones, muchas de ellas, que están aquí presentes, trabajando -desde los 80- y transformándose: Fundación Renacimiento -mi Pepe: desde acá te estoy viendo-; la red… Miguel Ángel; Casa Alianza; El Caracol; EDNICA; San Igideo; La Carpa; Mujeres Unidas por la Libertad; Hogar Integral de Juventud; El Otro Lado de la Calle y Fundación En Acción…

Espero no haber omitido ninguna, pero muchas, muchísimas gracias por estar aquí con nosotros, acompañándonos; y ya vamos a tener, ahí, una sesión, igual, de trabajo, con ustedes. Les agradezco estar aquí, en la Comisión.

Las personas hacemos uso del espacio público de diferente manera: para unas, es lugar de trabajo; para otras, representa la posibilidad de esparcimiento; y para una gran mayoría, el espacio público es un área de tránsito y movilidad.

Es una realidad que compartimos y usufructuamos, como parte del ejercicio de nuestro Derecho a la Ciudad, y como todo espacio compartido, ese escenario de tensiones entre titulares de ese Derecho, y de derechos en sí.

El Informe Temático que se presenta este día pretende señalar aspectos de priorización para el respeto y garantía de los Derechos de las Personas en Situación de Calle, desde un enfoque integral y diferenciado de derechos humanos, entre los que quisiera enfatizar los siguientes.

En primer lugar, considero importante partir del reconocimiento de que las personas en situación de calle se enfrentan a factores sistémicos exógenos, que los ha llevado a una exclusión estructural, por la acumulación de obstáculos interrelacionados, para acceder a derechos humanos económicos, sociales y culturales, pero también civiles y políticos.

 Aunado a esos, enfrentan también otros factores individuales y endógenos que, en conjunto con los primeros, conforman un escenario propicio para habitar la calle.

A partir de ambas dimensiones, la Relatora Especial de la ONU para la Vivienda Adecuada ha señalado la pertinencia de aplicar un enfoque tridimensional, basado en los derechos humanos, para el abordaje de las estrategias en contra de la discriminación de las personas en situación de calle, a partir de los siguientes elementos comunes:

El primero: la ausencia de hogar, entendido como vivienda mínimamente adecuada, y también en su aspecto social; es decir, en tanto lugar seguro para establecer una familia, vivir en familia y participar de la vida en la comunidad. Vivir solo, también, si quieren, pero participar en comunidad. Eso es, de manera importante.

El otro aspecto es la falta de hogar, como una forma de discriminación sistémica y exclusión social, que reconoce que la privación de un hogar da lugar a una identidad social -abordaba eso en la discusión de poblaciones callejeras, el Diputado Royfid Torres-.

Y el reconocimiento de las personas sin hogar como titulares de derechos, que son resilientes en la lucha por la supervivencia y la dignidad.

Los elementos anteriores implican que no se puede pensar la calle únicamente como un lugar físico, inmerso en un contexto urbano, pues ello implica la invisibilización de procesos sociales en los que participan y construyen las personas que se desarrollan, desenvuelven y viven ahí.

Este planteamiento ha evolucionado y ha sido desarrollado por este Organismo, desde 1995, fecha a partir de la cual ha emitido 10 instrumentos recomendatorios sobre violaciones a derechos humanos de la población en situación de calle; y una Recomendación General, la 01/2021, sobre la Inclusión Social y su Derecho a la Unidad Familiar.

Como segundo aspecto importante de plantear, es que, en tanto las personas en situación de calle conforman un grupo diverso y plural -ya hacía alusión de esto Elí Evangelista, en su participación-, como cualquier otro grupo de personas, las estrategias de atención deben enfocarse en las características específicas de cada una; por lo que no es suficiente un abordaje diferencial para el diseño de políticas y acciones para la protección de sus derechos, sino un análisis interseccional para la comprensión integral de las necesidades.

Es importante que la respuesta institucional hacia las personas en situación de calle atienda a dicho análisis, que responde a la acumulación de factores de exclusión, que conforman realidades particulares que deben atenderse, caso por caso.

Un tercer elemento que es valioso anticipar, corresponde al hecho de que en el espacio público coinciden una multiplicidad, tanto de Titulares de Derechos -vecinos, autoridades, personas que trabajan, personas en situación de calle, transeúntes, personas que ejercen su Derecho a la Protesta, entre muchas otras-, como de Derechos a ser ejercidos.

Esta gran matriz de sujetos y derechos debe de ser abordada desde el reconocimiento, tanto de la horizontalidad y equidad entre las personas, como de la legitimidad de los derechos a ejercer por parte de las y los titulares.

Atender la colisión de derechos y la tensión entre las personas, requiere de habilidades analíticas y pragmáticas que se traduzcan en intervenciones respetuosas de los derechos humanos.

En la experiencia de la CDHCM, los principales derechos señalados como lesionados de las personas en situación de calle, tienen que ver con el Derecho a la Seguridad Jurídica, relacionada con los procedimientos a los que son sometidos por autoridades y que, con frecuencia, generan daño en sus pertenencias, o bien, que les impulsan a desplazarse de zona, sin mayor explicación o formalidad.

A ese derecho, le sigue el Derecho a un Nivel de Vida Adecuada y, en tercer lugar, el Derecho a la Salud.

Lo anterior se desprende de 2 mil 802 servicios registrados, del 1 de enero de 2015 al 31 de octubre de 2023, por este Organismo.

En el mismo periodo de tiempo, la CDHCM registró 595 expedientes de queja, por posibles violaciones a derechos humanos en perjuicio de personas en situación de calle, de las cuales, la mayoría se resolvieron durante el trámite, exactamente en el sentido de colaboración con las autoridades, específica y muy particularmente, con la SIBISO.

Finalmente, resulta de la mayor relevancia hacer referencia al Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México, cuya publicación, en 2016, fue resultado del cumplimiento de la Recomendación 7/2015; y sus adecuaciones -en 2020- mostraron un compromiso de las autoridades.

Es cierto que dicho Protocolo ha sido un punto de inflexión, respecto a la actuación integral y la articulación de las autoridades en torno a sus atribuciones diferenciadas, para el respeto, garantía, protección y promoción de los derechos humanos de las personas en situación de calle, pues ha favorecido la coordinación y distribución de competencias.

A la par, es cierto que, a unos años de su puesta en práctica, se identifican aún importantes posibilidades de mejora, por lo que se alienta a las autoridades a promoverlas; y quisiera enlistar algunas de éstas, como la necesidad de insistir en que, en los hechos, se deja la responsabilidad en SIBISO/IAPP, de atender la problemática, aún cuando el Protocolo establece con claridad que su función es la coordinación de los esfuerzos, en congruencia con la necesidad de integralidad en la respuesta a las personas en situación de calle.

Por ello, la función de coordinación debe ajustarse al ánimo mismo de la atención integral, sin que se concentre en una sola dependencia, la totalidad (de la actuación)…

También, ya el Diputado Royfid hacía referencia, exactamente a algunas cosas señaladas en el Informe, con relación a esta falta de coordinación, que está señalada en Protocolo, y que deja solas a algunas instancias, y aquí tenemos a dos de las que más participan, de la mano, que son SIBISO y la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

Un segundo elemento de mejora, que se observa como necesario, es que varias de las dependencias enlistadas en el Protocolo se asumen como colaboradoras -aún cuando realmente son corresponsables-, por lo que se hace un llamado a asumir la función asignada.

Como tercer aspecto, cabe mencionar, que es preciso explicitar la designación de las Alcaldías como responsables de la aplicación del Protocolo -y no como meras corresponsables-, de modo que no se releve a las demarcaciones territoriales de las obligaciones que le son conferidas por el propio texto constitucional de la Ciudad, en cuanto a la regulación del espacio público, que es donde se genera la mayoría de las problemáticas asociadas con las personas en situación de calle.

Aunado a ello, es de la mayor relevancia que su actuación y participación no sea unilateral, sino en cumplimiento del Protocolo.

Volvemos y reiteramos: coordinación, coordinación y más coordinación.

Un elemento más que debe actualizarse en el Protocolo, corresponde a la necesidad de insistir en que la institucionalización de personas en situación de calle -entendida como el acceso a albergues- debe permanecer como un esquema de último recurso, y temporal.

Por su parte, en los casos en que convergen la situación de calle con alguna discapacidad -sobre todo intelectual y psicosocial-, el Protocolo debe ajustarse a los estándares plasmados en la Ley General de Salud, que coincida con el uso de la institucionalización como último recurso, puesto que ésta debe erradicarse con consentimiento previo, información completa y accesible, y con el uso de los apoyos y asistencias necesarias para la comprensión de la situación.

Y aquí, la propuesta de la Diputada Ana Villagrán presenta en relación a la salud mental en general, pero que aquí toca a las personas en situación de calle, exactamente comprende esto que estoy señalando, y es de suma necesidad.

Muchísimas gracias, Diputada.

En adición, es dable reconocer los esfuerzos progresivos para contar con información demográfica y cualitativa de la población en situación de calle; sin embargo, es preciso robustecer su calidad y comparabilidad en el tiempo, así como la publicación oportuna de los resultados.

Aquí, ahorita les quiero decir, que Elí Evangelista nos está comentando que ya está a punto de hacer públicos los datos últimos, recientes, de los levantamientos y el diagnóstico que se tiene. Una buena noticia para dar el día de hoy.

En cuanto a los Centros de Asistencia Social (CAIS), autoridad relacionada con la mayor parte de los expedientes de queja, es un interés primordial la mejora continua, el mantenimiento, la vigilancia de los servicios médicos, de alimentación, entre otros; así como del trato que en ellos se brinda a las personas. Estos espacios temporales deben brindar servicios accesibles, pertinentes culturalmente; y constituirse como nodos de articulación para la atención integral de las personas.

Todas las autoridades que participan en la interacción con las personas en situación de calle, desde el ámbito de su competencia, deben recibir capacitación y formación constante, para asegurar la aplicación de un enfoque diferencial y de derechos humanos en sus funciones, respetuoso de la dignidad, la integridad y la prioridad que la Constitución asigna a ese grupo.

En lo que toca a la procuración de justicia, es importante que la Fiscalía de Investigación de Delitos Cometidos en Agravio de Grupos de Atención Prioritaria garantice que se aperturen las carpetas de investigación derivadas de denuncias de presuntos delitos en su agravio.

Sumado a ello, un elemento de la mayor importancia tiene que ver con los documentos de identidad, de estado civil, entre otros; por lo que se requiere facilitar mecanismos de acceso, y simplificarlos.

Finalmente, menciono dos elementos más.

En el marco de la consolidación de la federalización del sistema de salud para el bienestar, se sugiere fortalecer el enfoque diferencial para la población en situación de calle, en el modelo de salud comunitaria, destinada a prestar los servicios de salud preventiva que seguirá brindando dicha institución, lo que es pertinente que se incluya en el Protocolo.

Asimismo, se recomienda armonizar la legislación que regula la atención y protección de las personas en situación de calle, con el objetivo de homologar el concepto, y fortalecer los mecanismos que garanticen progresivamente los derechos que les son reconocidos, entre los que se encuentran la articulación entre las instancias con atribuciones legales para su protección y respeto.

Voy a finalizar, compartiéndoles una cita, del artículo del día de ayer, de Irene Vallejo -escritora que recomiendo-, y que dice así…

Y se relaciona mucho a lo que Marisela Zúñiga planteaba, en términos de que, no nada más cuando hablamos de que nos toca a todos, estamos hablando de que les toca todo lo institucional; sino que nos toca a todos, como sociedad, porque básicamente alimentamos la discriminación, alimentamos la conflictividad, exactamente con estas situaciones, y que requieren de una reflexión, también, en donde nos convoquen a todos, como sociedad, a hacerlo.

Es un artículo largo, que les recomiendo leer, salió publicado el día sábado, en El País, y es de libre acceso.

Y dice así: Como enseñan los cuentos infantiles de Aristóteles, el mito del triunfador hecho a sí mismo es irreal; todo avance solitario es en realidad solidario. De hecho, separarnos y enfrentarnos disminuye nuestra prosperidad. No es casualidad que las palabras Sólido, Salud y Solidario tengan el mismo origen lingüístico. Hemos construido sociedades sobre una paradoja; a la debilidad debemos nuestra fortaleza. La evolución cultural favoreció el crecimiento de las tribus, la cooperación, la armonía interna y la valentía para compartir riesgos. Lo que nos hizo diferentes, es no ser indiferentes a los demás.

Muchísimas gracias.

Inklusion
Loading