Boletín 25/2024
6 de marzo de 2024
La salud e higiene menstrual son parte esencial del derecho a la salud de las mujeres y las personas menstruantes. De forma particular, dicho derecho adquiere mayor relevancia durante la infancia y la adolescencia en tanto estas son etapas marcadas por el inicio del proceso menstrual que es importante considerar en la medida en que también ha significado un factor de desigualdad en el ejercicio de otros derechos como el deporte y la educación por cuestiones culturales asociadas al género.
En ese sentido, el derecho a la salud e higiene menstrual implica no sólo la disponibilidad de productos para su gestión como toallas sanitarias, tampones, copas menstruales y tratamientos para sobrellevar los dolores relacionados, sino que también reconoce la necesidad de garantizar otros factores determinantes de la salud tal como el acceso al agua y al saneamiento. Asimismo, implica otras dimensiones de la accesibilidad, como el hecho de que esos productos sean asequibles -que haya diversas opciones económicas para adquirirlos – así como contar con información libre de estereotipos, prejuicios y estigmas, con pertinencia cultural y sensibilidad al género para toda la población.
Al respecto, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la falta de información y de educación acerca de la menstruación provoca, por un lado, que las niñas y adolescentes no reciban seguimiento médico pues el dolor asociado a la menstruación está normalizado. De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Población, 4 de cada 10 niñas y adolescentes han dejado de asistir eventualmente a la escuela por motivos relacionados con la menstruación y sólo 16% de ellas cuenta con conocimientos precisos sobre este proceso vital.
Por su parte, la Encuesta sobre las Experiencias de Gestión Menstrual de Adolescencias y Juventudes en Entornos Escolares, en la Ciudad de México el 50% de las adolescentes ha escuchado bromas y burlas sobre la menstruación lo que constituye una forma de discriminación que impacta negativamente en la relación con sus cuerpos.
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) celebra las reformas y adiciones a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, publicadas el pasado 4 de marzo, en tanto establecen la obligación para las autoridades de eliminar estereotipos en torno a la menstruación, proporcionar asesoría y orientación gratuita sobre salud sexual, reproductiva y de gestión menstrual, así como establecer programas y medidas que promuevan el acceso a insumos para su gestión.
En suma, esta CDHCM reconoce esta medida legislativa como un paso hacia la eliminación de estigmas y tabúes con el objeto de que las niñas, adolescentes y juventudes quiten el peso negativo que por años se le ha dado al proceso de menstruar y, por el contrario, reconozcan el derecho a la gestión menstrual basada en la comodidad, el acceso a la información y la salud. Lo anterior contribuye también a la normalización tanto de la atención a la salud menstrual en el espacio laboral, entre otros ámbitos, como de la aproximación desde la salud pública de un asunto que se ha relegado al espacio doméstico y personal de las mujeres.