- Datos generales
- Hechos
- Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Sobre el derecho humano a la cultura de los barrios, en su relación con el derecho a la ciudad. |
Derechos humanos violados | Derecho Humano a la Cultura en relación con el Derecho a la Ciudad. |
Emisión | 23 de septiembre de 2024. |
Autoridades recomendadas | Alcaldía Cuauhtémoc. |
- Entre los meses de noviembre y diciembre de 2021, personal de la Alcaldía Cuauhtémoc, como parte del programa “Vivienda Bonita”, eliminó el mural denominado «Los Niños» de la autoría del artista Daniel Manrique ubicado en la Unidad Habitacional conocida como “Los Palomares”. La autoridad también eliminó la frase: «El arte nos enseña que todos los humanos somos iguales en nuestra diversidad; por esto los humanos debemos estar con todos, no contra todos”, concebida por la población del barrio de Tepito como un tributo y homenaje a la vida y obra del muralista Manrique con motivo de su deceso en 2010.
- En su lugar, la Alcaldía Cuauhtémoc colocó una obra elaborada con cemento, la cual se denominó “Tepiteños Ilustres en el Tiempo”, misma que fue inaugurada el 30 de noviembre de 2021.
- En enero de 2022, la Alcaldía Cuauhtémoc nuevamente realizó un trabajo de pintura blanca encima de dos expresiones culturales que formaban parte, desde el año 2016, de la fachada de las Unidades Habitacionales Plan Tepito (entre las que se encuentran los edificios conocidos como La Fortaleza y los Palomares). Ambos murales estaban dedicados en homenaje a Mayra Valenzuela y Lourdes Ruiz «La Reina del Albur»
- El Instituto de la Defensa de los Derechos Culturales de la Ciudad de México señaló que estas expresiones culturales, , que dictaban las frases «Los tepiteños crecemos como los bisteces, a putazos» y «México es el Tepito del mundo y Tepito es la síntesis de lo Mexicano»; frases atribuidas a Lourdes Ruiz, quien formara parte del grupo denominado «Las 7 Cabronas e Invisibles de Tepito», – -, representaban, tal como el barrio, una parte de la identidad cultural de las personas habitantes y visitantes de las Unidades Habitacionales “Plan Tepito” al encontrarse en un área común.
- El 30 de agosto de 2022, colectivos de arte y cultura de Tepito convocaron a muralistas para tratar de restaurar las expresiones culturales que previamente la Alcaldía Cuauhtémoc había borrado con pintura blanca en La Fortaleza, con la finalidad de fomentar el desarrollo de las diversas expresiones culturales de su comunidad; sin embargo, personal de la citada Alcaldía evitó la restauración de los murales de Mayra Valenzuela y Lourdes Ruiz, supuestamente porque se trataban de “trabajos de construcción sin autorización” y falta de conceso entre personas vecinas. De acuerdo con lo señalado por la autoridad se indicó a las personas que debían acudir a la Ventanilla única de la Alcaldía, para recibir orientación sobre los trámites que debían realizar antes de poder iniciar los trabajos de restauración. Cabe señalar que con motivo de esa convocatoria se solicitó la presencia de elementos de la policía auxiliar quienes en compañía del entonces Director General de Seguridad Ciudadana y Protección Civil de la Alcaldía Cuauhtémoc llegaron al lugar para resguardar los murales ubicados en la Calle Peñón entre Avenida del Trabajo, Toltecas y Olmecas, colonia Morelos.
- El 20 de septiembre de 2022, el Congreso de la Ciudad aprobó un punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que exhortó a la Titular de la Alcaldía Cuauhtémoc, para que permitiera la realización de los murales en la unidad la Fortaleza. Sin que se haya permitido, al momento de emitir el presente instrumento recomendatorio su realización por parte de las personas vecinas del Barrio.
- A pesar de que este organismo solicitó en diversas ocasiones que la Alcaldía permitiera la reposición de los murales dedicados en homenaje a Mayra Valenzuela y Lourdes Ruiz «La Reina del Albur», la autoridad requirió que se cumpliera con una serie de requisitos, tales como la presentación del proyecto de dichos murales, el cual debería contener los objetivos, población beneficiaria, materiales y técnicas a utilizar, calendario de actividades, participantes muralistas, boceto de los murales, así como las autorizaciones de los dueños de las viviendas a intervenir, a fin de que se “[…] se analice la propuesta y se otorgue el acompañamiento institucional por parte de esta Dirección General [de Cultura]” Lo anterior a pesar de que la unidad habitacional es propiedad privada.
- Hasta la fecha de la emisión de este instrumento, la Alcaldía Cuauhtémoc no ha permitido la reposición de los otros murales, a pesar de que, según señaló la persona peticionaria Arlen Rodríguez Sedano, se cuenta con la aprobación del Barrio e incluso se realizó una colecta para poder comprar los materiales para su reposición.
Alcaldía Cuauhtémoc
PUNTOS RECOMENDATORIOS | TIPO DE ACEPTACIÓN | ESTATUS |
Primero. En un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la aceptación de la Recomendación, ofrecerá una disculpa pública a las vecinas y los vecinos del Barrio de Tepito por la eliminación del mural “Los Niños” y las expresiones culturales referidas en este instrumento que se encontraban en la Unidad Habitacional Plan Tepito (La Fortaleza y los Palomares). | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Segundo. En un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la aceptación de la Recomendación, difundirá por vías comunitarias el reconocimiento de los hechos victimizantes y su compromiso con el respeto y garantía del derecho humano a la cultura del Barrio de Tepito. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Tercero. En un plazo que no exceda de 365 días naturales, contados a partir de la aceptación del presente instrumento, diseñará un proyecto cultural para la realización de un mural u otras expresiones artísticas gráficas en un espacio público (mercado, deportivo, centro cultural, etc.), que deberá contar con la consulta previa y amplia participación de la comunidad barrial de Tepito, específicamente con las personas habitantes de la Unidad Habitacional Plan Tepito. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Cuarto. En un plazo que no exceda de 180 días naturales, contados a partir de la aceptación de esta recomendación, organizará y celebrará un acto de difusión cultural, en el que se garantice la participación colectiva de la comunidad barrial de Tepito, con enfoque identitario de la cultura del barrio de Tepito y de la labor de las personas muralistas que han contribuido con la generación cultural de ese sitio. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Quinto. En un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la aceptación de la Recomendación, dará vista al Órgano Interno de Control de esa misma demarcación territorial para que se investigue la eliminación del mural “Los Niños” y de las expresiones culturales referidas en este instrumento, que se ubicaban en la Unidad Habitacional Plan Tepito, así como por la eliminación del mural “Mujer en diálogo con el progreso” antes ubicado en el Mercado Juárez; por la eliminación de los rótulos gráficos de los puestos fijos ubicados en diferentes puntos de la Alcaldía Cuauhtémoc, así como por la restricción de las actividades culturales de los sonideros en el Kiosco Morisco. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Sexto. En un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la aceptación del presente pronunciamiento, realizará un proceso de consulta vecinal con las personas habitantes de la Unidad Habitacional Plan Tepito, para conocer su opinión respecto del restablecimiento de los colores originales con que se encontraban pintados los edificios de los conjuntos “La Fortaleza” y “Los Palomares”. En caso favorable, ejecutará las acciones que estime pertinentes para restituir –con cargo a su presupuesto- los colores tradicionales de los edificios y áreas comunes que determinen las personas que allí habitan. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Séptimo. En un plazo que no exceda de 365 días naturales, contados a partir de la aceptación del presente instrumento, emitirá un instrumento normativo que deberá ser publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el que se establezcan los lineamientos a que deberán sujetarse los programas que impliquen la realización de obras de mejoramiento, remodelación o reconstrucción en espacios públicos o privados dentro de esa demarcación, en los que existan pinturas, murales o cualesquiera otras expresiones artísticas o culturales, garantizando información previa al inicio de los trabajos, el consentimiento de las personas interesadas y la preservación del patrimonio cultural material e inmaterial, evitando la reiteración de acciones como las suscitadas en la Unidad Habitacional Plan Tepito, en el Mercado Juárez, con rótulos de puestos fijos y/o con sonideros en el Kiosco Morisco. Para el diseño de contenidos del instrumento antes citado, la Alcaldía solicitará la asesoría técnica del Instituto de Cultura de la Ciudad de México. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Octavo. En un plazo que no exceda de 180 días naturales, contados a partir de la aceptación del presente instrumento, realizará un curso de capacitación para personas servidoras públicas de esa demarcación territorial –particularmente de las áreas de cultura, vía pública y coordinaciones territoriales- sobre el derecho humano a la cultura y su trascendencia, con especial énfasis en el respeto a la diversidad cultural. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |
Noveno. En un plazo que no exceda de 90 días naturales, contados a partir de la aceptación de esta recomendación, emitirá una circular en la que comunicará a las personas servidoras públicas de ese órgano político-administrativo, los hechos que motivaron el presente pronunciamiento y su compromiso institucional de no incurrir en la repetición de hechos similares. | Aceptado | Sujeto a seguimiento |