sábado , 11 enero 2025

CDHCM celebra publicación de reformas legislativas que fortalecen las medidas u órdenes de protección otorgadas a mujeres, adolescentes, niñas y niños víctimas de violencia

Boletín 135/2024
29 de diciembre de 2024

El 16 de diciembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) diversas modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de medidas u órdenes de protección.

Entre las adiciones más relevantes se encuentra la creación del Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, cuya administración y coordinación estará a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

El propósito del Registro es establecer un mecanismo de coordinación y colaboración entre los tres órdenes de gobierno, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones de la Ciudad de México, con el fin de verificar la trazabilidad, el cumplimiento y el seguimiento de las medidas otorgadas, con independencia del lugar donde se encuentre la persona protegida.

Se espera que esta medida contribuya a eliminar las deficiencias en la coordinación entre las autoridades, un obstáculo persistente para la debida diligencia en la protección de las víctimas, documentado por esta Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) en su Informe sobre las violencias de género en la procuración de justicia en la Ciudad de México (2019), así como en la Recomendación General 01/2022 sobre las órdenes y medidas de protección como mecanismo de acceso a la justicia de las niñas, adolescentes.

El Registro formará parte del Sistema Nacional de Información regido por su propia Ley General, por lo que se articulará con otros datos que se generen por autoridades administrativas, fiscalías, poderes judiciales federales y locales a fin de garantizar la continuidad, efectividad y no interrupción de las medidas u órdenes de protección.

Sumado a ello, las modificaciones publicadas adicionan la obligación de las autoridades de implementar directa e inmediatamente las medidas u órdenes necesarias, sin condicionarlas a la presentación de una denuncia o querella, lo que contribuirá a salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las víctimas.

Un acierto más de las modificaciones legislativas es la asignación a la nueva Secretaría de las Mujeres de la obligación de cumplir requisitos específicos en el diseño de indicadores para garantizar el funcionamiento, eficiencia y efectividad del Registro.

En suma, este Organismo Público de Derechos Humanos reconoce que la creación del Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños contribuirá a garantizar la coordinación entre las diversas autoridades para asegurar la correcta aplicación y seguimiento de las medidas u órdenes de protección en favor de las víctimas.

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