sábado , 23 agosto 2025

CDHCM reconoce la relevancia de fortalecer el contenido del Derecho Humano al Cuidado en la Constitución Política de la Ciudad de México

Boletín 80/2025
20 de agosto de 2025

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) observa de manera favorable la iniciativa de reforma constitucional presentada el pasado sábado 16 de agosto por el Poder Ejecutivo local y publicada el mismo día en la Gaceta Parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México.

Si bien el derecho al cuidado está presente en la Constitución Política de esta ciudad desde su publicación en 2017, la reciente emisión de la Opinión Consultiva 31 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) que confirma el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo abre la oportunidad para la armonización constitucional con ese alto estándar. 

En ese sentido, la incorporación de los siguientes tres aspectos presentes en la iniciativa responde a ello. En primer lugar, la incorporación del contenido tripartito del derecho humano al cuidado, es decir, derecho a cuidar, a recibir cuidado y al autocuidado. Sumado a ello, la propuesta fortalece el reconocimiento del cuidado como un trabajo tanto remunerado como no remunerado que genera valor económico y social fundamental para el desarrollo individual y colectivo. Como tercer elemento, con la propuesta se explicita que la distribución equitativa de ese trabajo entre los géneros es un elemento fundamental para la consolidación de la igualdad sustantiva. 

Este Organismo reconoce que la aprobación de dicha iniciativa por parte del Pleno del Congreso de la Ciudad de México en el próximo periodo ordinario de sesiones representaría la confirmación de la ruta para impulsar la puesta en marcha de un Sistema de Cuidados integral y articulado que funja como un mecanismo de garantía de ese derecho humano. 

Lo anterior se enfrenta, sin duda, a importantes desafíos puesto que el propio planteamiento del derecho al cuidado constituye un cambio de paradigma en relación con la política de asistencia social. Además, como todo derecho humano, guarda interdependencia con otros derechos como educación, trabajo, salud o movilidad, vida independiente, participación en la comunidad, interés superior de las infancias y adolescencias, igualdad y no discriminación, lo que le imprime un reto a cualquier política pública. Sumado a ello, su diseño y puesta en marcha debe de partir de un enfoque diferencial etario, de género, de discapacidad e infancias que no sólo contribuya a erradicar cualquier discriminación sino a potenciar modelos sociales de convivencia y desarrollo para todas las personas y de apoyo a las familias, tal como lo establece el Artículo 6 de la Constitución. 

En función de lo anterior, la CDHCM hace un llamado al Poder Legislativo para la aprobación de esta iniciativa que deberá de ir seguida de una Ley específica en la materia, así como a todos los sectores involucrados -público y privado- para la colaboración en este importante cambio social que implica adecuaciones en el entendimiento del modelo de desarrollo social y el respeto al proyecto de vida de las personas.

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