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Cada 29 de octubre se celebrará el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo

Boletín 97/2023
25 de julio de 2023

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El día de ayer, 24 de julio, la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) aprobó la propuesta elaborada por 13 países, entre ellos México, para celebrar de manera oficial el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo cada 29 de octubre.

Lo anterior contribuye a terminar con la invisibilidad de un trabajo indispensable para el desarrollo social y económico global que ha sido asumido principalmente por mujeres y niñas, la mayoría sin remuneración o reconocimiento alguno a pesar de su relevancia.

Todas las personas necesitamos cuidados y apoyos en algún momento de nuestras vidas o bien a lo largo de ésta, lo cual es parte natural del ciclo vital de los seres humanos. El reconocimiento del valor de los servicios de cuidado en la esfera doméstica para la economía es relativamente reciente y su aporte al Producto Interno Bruto (PIB) de las naciones no hubiera sido tasado de no ser por las demandas de los feminismos.

Así como hace tiempo la violencia familiar fue arrojada al centro de la discusión por estos movimientos para llamar la atención del Estado como un asunto de interés público y no meramente particular o doméstico, los cuidados y apoyos deben de trascender ese cerco para ser protegidos como derechos cuya puesta en práctica constituyen un eje fundamental para el ejercicio de otros derechos humanos, para la igualdad entre los géneros y la corresponsabilidad del Estado y otros actores en el desarrollo de sociedades sostenibles.

En ese sentido, la agenda para la garantía del derecho de las personas a cuidar, ser cuidadas y al auto cuidado tiene retos significativos que van desde el reconocimiento constitucional de estos derechos hasta la creación de sistemas de cuidados y apoyos que cuenten con al menos cuatro criterios elementales.

El primero de éstos implica la creación de sistemas sólidos y responsivos a los grupos de atención prioritaria, sobre todo niñez, personas con discapacidad y personas mayores. Para ello se requiere que su diseño parta de un enfoque diferencial y del análisis interseccional que permita garantizar los derechos de las personas en su diversidad y situación vital, misma que imprime diferencias relevantes en función de condiciones como la migración, la identidad cultural, la privación de la libertad, entre muchos otros factores.

Como segundo elemento necesario, los sistemas de cuidado deben de responder a la matriz de derechos específicos asociados a esos grupos de atención prioritaria en conjunción con los derechos a cuidar, ser cuidado y al autocuidado. Por ejemplo, en lo que toca a las personas con discapacidad, el sistema de cuidados debe de partir del reconocimiento del derecho a la vida independiente y participación en la comunidad. Por su parte, al tratarse de niñez, el sistema debe de reconocer el interés superior de niñas, niños y adolescentes (NNyA) como derecho, principio y norma de procedimiento.

Un tercer elemento de los sistemas de cuidado es que deben de ser accesibles, pertinentes culturalmente y sensibles al género. Al respecto, cualquier diseño debe de respetar los esquemas comunitarios de cuidado, así como también se requiere reconocer la feminización tradicional de los cuidados para mudar hacia esquemas de participación equitativa entre los géneros en estos trabajos.

Finalmente, la protección del trabajo remunerado de cuidados debe de avanzar de forma paralela al desarrollo de los sistemas que los garanticen.

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) identifica en la resolución de la Asamblea General de la ONU para celebrar el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo cada 29 de octubre, una ruta para la visibilidad de ese trabajo, tanto remunerado como no remunerado, así como para la valorización de estas actividades como esenciales para el desarrollo sostenible de las sociedades y economías.

En función de lo anterior, esta Comisión reconoce la gran oportunidad que tiene nuestra capital, en tanto es la única entidad federativa cuya Constitución reconoce los derechos a cuidar, ser cuidado y al auto cuidado. Por ello, este Organismo hace un llamado a las autoridades locales para concretar el mandato constitucional pendiente y así cumplir con la obligación de implementar un sistema de cuidados para la Ciudad de México.

Asimismo, la CDHCM reitera dicho llamado al Congreso de la Unión para que continúe cuanto antes con los procesos legislativos pendientes en torno a una modificación de los Artículos 4° y 73 de la Constitución Política Federal para la creación de un Sistema Nacional de Cuidados.

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