domingo , 19 mayo 2024

Acción de Inconstitucionalidad, Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down en la CDMX

[34] Cfr. SCJN, Tesis 1a./J. 100/2017 (10a.), “Discriminación indirecta o por resultados. Elementos que la configuran”, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, t. I, noviembre de 2017, p. 225.

[35] SCJN, Sentencia dictada por el Tribunal Pleno en la Acción de Inconstitucionalidad 8/2014, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de noviembre de 2015.

[36] Comité Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Observación General Número 5 sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, 2017. http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRPD%2fC%2fGC%2f5&Lang=en

[37] Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, CRPD/C/MEX/CO/1 Observaciones finales sobre el informe inicial de México, 27 de octubre de 2014, párrafo 44, inciso b). http://www.hchr.org.mx/images/doc_pub/G1419180.pdf.

[38] Comité Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Observación General Número 1 sobre el derecho de las personas con discapacidad a ser iguales ante la ley, 2014. https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G14/031/23/PDF/G1403123.pdf?OpenElement

[39] T.A. 1a. CCXXI/2016 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, t. 1, septiembre de 2016, p. 509. “Reinserción social. Alcances de este principio establecido en el artículo 18, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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